La resolución 700 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada por unanimidad el 17 de junio de 1991, tras recordar las resoluciones 661 (1991), 665 (1991), 670 (1991) y 687 (1991), y tomando nota del informe del Secretario General solicitado, el Consejo, actuando en virtud del Capítulo VII , el Consejo aprobó la plena implementación de la Resolución 687 - el embargo de armas contra Irak .
Resolución 700 del Consejo de Seguridad de la ONU | |
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Tanques iraquíes de fabricación soviética (2003) | |
Fecha | 17 de junio de 1991 |
Reunión no. | 2,994 |
Código | S / RES / 700 ( documento ) |
Sujeto | Irak |
Resumen de votaciones |
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Resultado | Adoptado |
Composición del Consejo de Seguridad | |
Miembros permanentes | |
Miembros no permanentes |
El Consejo pidió a todos los estados y organizaciones internacionales que implementen estrictamente el embargo, solicitando a los estados que informen en un plazo de 45 días sobre las medidas que han tomado para implementarlo. También encomendó al Comité del Consejo de Seguridad establecido en la Resolución 661 (1990) vigilar las prohibiciones contra la venta o suministro de armas a Irak y las sanciones relacionadas. El comité presentaría cinco informes, a intervalos de 90 días, al consejo sobre la implementación de la resolución. [1]
Ver también
Referencias
enlaces externos
Trabajos relacionados con la Resolución 700 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en Wikisource
- Texto de la resolución en undocs.org