Asamblea General de Uruguay


La Asamblea General de Uruguay ( español : Asamblea General de Uruguay ) es el poder legislativo del gobierno de Uruguay , y consta de dos cámaras : la Cámara de Senadores y la Cámara de Representantes . La Asamblea General tiene 130 miembros con derecho a voto: 99 diputados y 30 senadores, el Vicepresidente de la República , quien funge como Presidente de la Asamblea General, y el Senado tiene derecho a voto. La legislatura se reúne en el Palacio Legislativo de Montevideo . Tanto los senadores como los diputados son elegidos por representación proporcionalpor plazos de cinco años. [1]

La Asamblea General sesiona en la Cámara de Representantes del Palacio Legislativo. Durante el siglo XIX, la legislatura se reunía en el Cabildo de Montevideo .

En 1828, por iniciativa de Juan Antonio Lavalleja , se eligieron delegados a lo que sería el Parlamento de la Provincia Oriental del Río de la Plata. Como consecuencia del Tratado de Montevideo , dicha institución se convirtió en Asamblea General Constituyente y Legislativa del Estado, y tuvo entre otras tareas la redacción de la primera Constitución del país . [2]

La Asamblea era unicameral. Pero desde la promulgación de la Constitución en 1830, el Parlamento uruguayo pasó a ser bicameral, y así ha permanecido hasta el día de hoy. El sistema de votación de sus miembros también cambió: durante el siglo XIX, el voto estaba reservado a una minoría y los senadores representaban a los departamentos. Posteriormente se estableció el voto secreto y universal, y se reformuló la representatividad de los senadores, quienes son elegidos a nivel nacional. [3]

El período ordinario de sesiones es del 1 de marzo al 15 de diciembre, o hasta el 15 de septiembre en caso de que se celebren elecciones, ya que la nueva Asamblea debe iniciar sus sesiones el 15 de febrero del año siguiente. [4]

El artículo noventa de la Constitución uruguaya exige que los miembros de la Cámara de Representantes tengan al menos 25 años de edad y hayan sido ciudadanos de Uruguay durante cinco años. [5] Mientras que el artículo noventa y ocho exige que los miembros del Senado deben tener al menos 30 años de edad y haber sido ciudadanos uruguayos durante siete años. [6]


Biblioteca del Poder Legislativo.