Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007


El Convenio sobre el trabajo en la pesca (2007) C 188 , fue adoptado en la 96.a Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) de la Organización Internacional del Trabajo ( OIT ) en 2007. El objetivo del convenio es garantizar que los pescadores tengan condiciones de trabajo dignas a bordo de los buques pesqueros con respecto a los requisitos mínimos para el trabajo a bordo; condiciones de servicio; alojamiento y alimentación; protección de la seguridad y la salud en el trabajo; atención médica y seguridad social. Se aplica a todos los pescadores y buques pesqueros que se dedican a operaciones de pesca comercial . Reemplaza los antiguos convenios sobre pescadores.

Se abordan, entre otras, las siguientes áreas temáticas: las responsabilidades de los propietarios y patrones de los buques pesqueros por la seguridad de los pescadores a bordo y la seguridad de los buques; edad mínima para trabajar a bordo de buques pesqueros y para realizar determinados tipos de actividades; examen médico y certificación requeridos para trabajar en buques pesqueros, con la posibilidad de excepciones para buques más pequeños o aquellos en el mar por períodos cortos; dotación y horas de descanso; listas de tripulantes; convenios laborales de los pescadores; repatriación; contratación y colocación de pescadores y uso de agencias de empleo privadas; pago a pescadores; alojamiento y alimentación a bordo; atención médica en el mar; seguridad y salud ocupacional; seguridad Social; y protección en caso de enfermedad relacionada con el trabajo,lesiones o muerte (a través de un sistema de responsabilidad civil o seguro obligatorio de los propietarios de buques pesqueros, indemnización por accidentes de trabajo u otros planes).

El artículo 8 del convenio establecía la responsabilidad de los propietarios de los buques pesqueros. El propietario del barco pesquero tenía toda la responsabilidad de que el capitán poseyera los recursos y el equipo necesarios para cumplir con las obligaciones de la convención. [1]

La Recomendación sobre el trabajo en la pesca de 2007 (núm. 199) proporciona orientación adicional sobre los asuntos cubiertos por el Convenio.

La convención podría entrar en vigor 12 meses después de haber sido ratificada por 10 estados, ocho de los cuales debían ser países costeros. Tras la ratificación de la convención por parte de Lituania el 16 de noviembre de 2016, la convención entró en vigor el 17 de noviembre de 2017. En agosto de 2020, la convención ha sido ratificada por dieciocho estados: