Las elecciones generales españolas de 1879 se celebraron el domingo 20 de abril y el sábado 3 de mayo de 1879 para elegir las I Cortes Restauradoras del Reino de España . Los 392 escaños del Congreso de los Diputados estaban disponibles para elección, así como 180 de los 360 escaños del Senado . [1]
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Los 392 escaños en el Congreso de los Diputados y los 180 (de 360) escaños en el Senado 197 escaños necesarios para una mayoría en el Congreso de los Diputados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Registrado | 952.000 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Apagar | 621.436 (65,3%) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Esta fue la primera elección realizada bajo la Constitución española de 1876 y la nueva ley electoral de 1878, que restableció el sufragio censitario .
Descripción general
Fondo
La Constitución española de 1876 consagró a España como una monarquía constitucional , otorgando al Rey el poder de nombrar senadores y derogar leyes, así como el título de comandante en jefe del ejército. El Rey también jugaría un papel clave en el sistema de El Turno Pacífico al nombrar y derrocar gobiernos y permitir que la oposición tomara el poder. Bajo este sistema, los partidos Conservador y Liberal alternaron en el poder mediante el fraude electoral , que lograron a través del encasillado , utilizando los vínculos entre el Ministerio de Gobernación , los gobernadores civiles provinciales y los caciques locales para asegurar la victoria y excluir a los partidos menores del poder compartido. [2]
Sistema electoral
Las Cortes españolas se concibieron como "órganos colegisladores", basados en un bicameralismo casi perfecto . Tanto el Congreso de los Diputados como el Senado tenían funciones legislativas, de control y presupuestarias, compartiendo iguales poderes excepto en las leyes sobre contribuciones o crédito público, donde el Congreso tenía preeminencia. [3] [4] Las elecciones a las Cortes se votaban por sufragio censitario , en el que participaban los varones nacionales mayores de veinticinco años, siendo contribuyentes con una cuota mínima de veinticinco pesetas por aportación territorial o cincuenta por subvención industrial, así como estar inscrito en el denominado censo de capacidad (ya sea por criterios educativos o por motivos profesionales). [5] [6]
Para el Congreso de los Diputados, se eligieron 88 escaños mediante una votación en bloque parcial en 26 distritos electorales de varios miembros, y los 304 restantes se eligieron mediante un sistema de primera ronda de una sola ronda en distritos uninominales. Fueron elegidos los candidatos que obtuvieron una pluralidad en cada circunscripción. En distritos electorales que eligen ocho escaños, los electores pueden votar por hasta seis candidatos; en los de siete escaños, hasta cinco candidatos; en los de seis asientos, hasta cuatro; en los de cuatro o cinco escaños, hasta tres candidatos; y para un candidato en distritos uninominales. Además, se podrían elegir hasta diez diputados mediante votación acumulativa en varios distritos electorales de un solo miembro, siempre que obtuvieran más de 10,000 votos en total. El Congreso tenía derecho a un diputado por cada 50.000 habitantes, asignándose a cada circunscripción plurinominal un número fijo de escaños: 8 para Madrid , 5 para Barcelona y Palma , 4 para Sevilla y 3 para Alicante , Almería , Badajoz , Burgos , Cádiz , Cartagena , Córdoba , Granada , Jaén , Jerez de la Frontera , La Coruña , Lugo , Málaga , Murcia , Oviedo , Pamplona , Santa Cruz de Tenerife , Santander , Tarragona , Valencia , Valladolid y Zaragoza . La ley también preveía elecciones parciales para llenar los escaños que quedaron vacantes en la legislatura. [3] [7] [a]
Para el Senado, se eligieron 180 escaños indirectamente , y los electores votaron por delegados en lugar de senadores. Delegados elegidos equivalente en número a una sexta parte de los concejales municipales en cada corporación sería entonces votar por senadores utilizando una escritura en , de dos rondas de votación por mayoría sistema. Las provincias de Álava , Albacete , Ávila , Vizcaya , Canarias , Cuenca , Guadalajara , Guipúzcoa , Huelva , Logroño , Matanzas , Palencia , Pinar del Río , Puerto Príncipe , Santa Clara , Santander , Santiago de Cuba , Segovia , Soria , Teruel y Valladolid se asignaron dos escaños cada una, mientras que a cada una de las provincias restantes se le asignaron tres escaños, para un total de 147. Los 33 restantes se asignaron a varias instituciones, eligiendo un escaño cada una: las Arquidiócesis de Burgos , Granada , Santiago de Chile. Compostela , Santiago de Cuba , Sevilla , Tarragona , Toledo , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; la Real Academia Española ; las Reales Academias de Historia , Bellas Artes , Ciencias , Ciencias Morales y Políticas y Medicina ; las Universidades de Madrid , Barcelona , Granada , La Habana , Oviedo , Salamanca , Santiago , Sevilla , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; y las Sociedades Económicas de Amigos del País de Madrid, Barcelona, Cuba - Puerto Rico , León , Sevilla y Valencia. Otros 180 escaños comprendían senadores por derecho propio: la descendencia del Monarca y el heredero aparente una vez que llegaba a la mayoría de edad ; Grandes de España de primera clase; Capitanes Generales del Ejército y Almirante de la Armada ; el Patriarca de Indias y arzobispos ; así como otras figuras estatales de alto rango y senadores vitalicios (que fueron nombrados por el Monarca). [8] [10]
Fecha de elección
El mandato de cada Cámara de Cortes —el Congreso y la mitad de la parte electiva del Senado— expiraba a los cinco años de la fecha de su elección anterior, a menos que fueran disueltas antes. El Monarca tenía la prerrogativa de disolver ambas Cámaras en cualquier momento, ya sea en conjunto o por separado, y convocar elecciones anticipadas . [3] [7] [8]
Resultados
Congreso de los diputados
Partidos y coaliciones | Voto popular | Asientos | ||
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Votos [b] | % | |||
Partido Liberal Conservador (Conservadores) | 402,357 | 64,75 | 288 | |
Coalición de Izquierda Liberal (Izquierda Liberal) | 139,314 | 22.42 | 64 | |
Partido Demócrata (PD) | 6 | |||
Centro Parlamentario (Centro Parlamentario) | 20,473 | 3,29 | 13 | |
Partido moderado ( moderados ) | 16.501 | 2,66 | 11 | |
Ultramontanistas (Ultramontanos) | 7,965 | 1,28 | 7 | |
Partido Fuerista de la Unión Vasca (PFUV) | 3.861 | 0,62 | 1 | |
Independientes (Independientes) | 22,729 | 3,66 | 6 | |
Otros candidatos / papeletas en blanco | 8.236 | 1,33 | 0 | |
Vacantes | - | - | 2 | |
Total | 621,436 | 392 | ||
Votos emitidos / participación | 621,436 | 65,28 | ||
Abstenciones | 330,564 | 34,72 | ||
Votantes registrados | 952.000 | |||
Fuentes [11] [12] [13] [14] |
Cuba
Partidos y coaliciones | Voto popular | Asientos | ||
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Votos | % | |||
Partido Unión Constitucional | 17 | |||
Partido Liberal (Liberal) | 7 | |||
Total | 17,734 | 24 | ||
Votos emitidos / participación | 17,734 | 56,16 | ||
Abstenciones | 13,844 | 43,84 | ||
Votantes registrados | 31.578 | |||
Fuentes [15] |
Notas
- ↑ Las enmiendas a la ley electoral a lo largo de 1877 habían visto la aprobación de leyes separadas para ambas cámaras, con una versión modificada de la ley electoral de 1865 que se restableció provisionalmente para el Congreso hasta que se aprobara una ley definitiva en 1878. [7] [8 ] [9]
- ^ En los distritos electorales de varios miembros, los votos se han asignado calculando el promedio aritmético de cada candidatura y sumándolo a los votos de los distritos electorales de un solo miembro.
Referencias
- ^ "Real decreto declarando disueltos el Congreso de los Diputados y la parte electiva del Senado y convocando nuevas elecciones" (pdf) . Gaceta de Madrid (en español). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (75): 759. 16 de marzo de 1879.
- ^ Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración". Revista de Estudios Políticos . Madrid: Centro de Estudios Constitucionales (96): 139-143 (146).
- ^ a b c " Constitución de 1876 ". Ley de 30 de junio de 1876 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "El Senado en la historia constitucional española" . Senado de España (en español) . Consultado el 26 de diciembre de 2016 .
- ^ García Muñoz 2002 , págs. 105-106.
- ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , p. 1077.
- ^ a b c "Ley electoral de los Diputados a Cortes". Ley de 28 de diciembre de 1878 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ a b c "Ley electoral de Senadores". Ley de 8 de febrero de 1877 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Ley reformando la electoral de Diputados a Cortes, y restableciendo la penal para los delitos electorales de 22 de junio de 1864". Ley de 20 de julio de 1877 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Ley dictando reglas para la elección de Senadores en las islas de Cuba y Puerto Rico". Ley de 9 de enero de 1879 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ Villa García 2013 , págs. 129-138.
- ^ Caballero Domínguez 1999 , p. 50.
- ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , p. 1093.
- ^ "Elecciones a Cortes 20 de abril de 1879" . Historia Electoral.com (en español) . Consultado el 12 de diciembre de 2020 .
- ^ Roldán de Montaud 1999 , págs. 251-254.
Bibliografía
- Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración" . Revista de Estudios Políticos (en español) (96): 137–161. ISSN 0048-7694 . Consultado el 13 de septiembre de 2020 .
- Roldán de Montaud, Inés (1999). "Política y elecciones en Cuba durante la restauración" . Revista de Estudios Políticos (en español) (104): 245–287 . Consultado el 19 de diciembre de 2020 .
- Caballero Domínguez, Margarita (1999). "El derecho de representación: sufragio y leyes electorales" (PDF) . Ayer (en español) (34): 41–63 . Consultado el 12 de diciembre de 2020 .
- García Muñoz, Montserrat (2002). "La documentación electoral y el fichero histórico de diputados" . Revista General de Información y Documentación (en español). 12 (1): 93-137. ISSN 1132-1873 . Consultado el 13 de septiembre de 2020 .
- Carreras de Odriozola, Albert; Tafunell Sambola, Xavier (2005) [1989]. Estadísticas históricas de España, siglos XIX-XX (PDF ). 1 (II ed.). Bilbao: Fundación BBVA. págs. 1072–1097. ISBN 84-96515-00-1. Archivado desde el original (PDF) el 24 de septiembre de 2015.
- Villa García, Roberto (2013). "Elecciones sin Turno: los comicios a diputado de 1879" . Historia Contemporánea (en español) (46): 111-142. ISSN 1130-2402 . Consultado el 12 de diciembre de 2020 .
enlaces externos
- Archivo histórico de diputados (1810-1977) . Congreso de los Diputados (en español).
- Elecciones en el sexenio revolucionario y la Restauración . Historia Electoral.com (en español).