Las elecciones generales españolas de 1891 se celebraron el domingo 1 de febrero y el domingo 15 de febrero de 1891, para elegir las V Cortes Restauradoras del Reino de España . Los 401 escaños en el Congreso de los Diputados estaban a elección, así como 180 de los 360 escaños en el Senado . [1] El electorado estaba formado por aproximadamente el 27,3% de la población del país. [2]
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Los 401 escaños en el Congreso de los Diputados y los 180 (de 360) escaños en el Senado 201 escaños necesarios para una mayoría en el Congreso de los Diputados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Registrado | 4.800.000 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Descripción general
Fondo
La Constitución española de 1876 consagró a España como una monarquía constitucional , otorgando al Rey el poder de nombrar senadores y derogar leyes, así como el título de comandante en jefe del ejército. El Rey también jugaría un papel clave en el sistema de El Turno Pacífico al nombrar y derrocar gobiernos y permitir que la oposición tomara el poder. Bajo este sistema, los partidos Conservador y Liberal alternaron en el poder mediante la manipulación electoral , que lograron a través del encasillado , utilizando los vínculos entre el Ministerio de Gobernación , los gobernadores civiles provinciales y los caciques locales para asegurar la victoria y excluir a los partidos menores del poder compartido. [3]
Sistema electoral
Las Cortes españolas se concibieron como "órganos colegisladores", basados en un bicameralismo casi perfecto . Tanto el Congreso de los Diputados como el Senado tenían funciones legislativas, de control y presupuestarias, compartiendo iguales poderes excepto en las leyes sobre contribuciones o crédito público, donde el Congreso tenía preeminencia. [4] [5] La votación de las Cortes se hizo por sufragio universal masculino , que comprendía a todos los varones nacionales mayores de veinticinco años, que tuvieran al menos dos años de residencia en un municipio y en pleno goce de sus derechos civiles. [6] [7] [a]
Para el Congreso de los Diputados, se eligieron 88 escaños mediante una votación en bloque parcial en 26 distritos electorales de varios miembros, y los 313 restantes se eligieron mediante un sistema de primera ronda de una sola ronda en distritos uninominales. Fueron elegidos los candidatos que obtuvieron una pluralidad en cada circunscripción. En los distritos electorales que eligen ocho escaños o más, los electores pueden votar por no más de tres candidatos menos que el número de escaños asignados; en los de más de cuatro asientos y hasta ocho, por no más de dos menos; en aquellos con más de un asiento y hasta cuatro, por no más de uno menos; y para un candidato en distritos uninominales. El Congreso tenía derecho a un diputado por cada 50.000 habitantes, asignándose a cada circunscripción plurinominal un número fijo de escaños: 8 para Madrid , 5 para Barcelona y Palma , 4 para Sevilla y 3 para Alicante , Almería , Badajoz , Burgos , Cádiz , Cartagena , Córdoba , Granada , Jaén , Jerez de la Frontera , La Coruña , Lugo , Málaga , Murcia , Oviedo , Pamplona , Santa Cruz de Tenerife , Santander , Tarragona , Valencia , Valladolid y Zaragoza . La ley también preveía elecciones parciales para llenar los escaños que quedaron vacantes en la legislatura. [4] [8] [9]
Para el Senado, se eligieron 180 escaños indirectamente , y los electores votaron por delegados en lugar de senadores. Delegados elegidos equivalente en número a una sexta parte de los concejales municipales en cada corporación sería entonces votar por senadores utilizando una escritura en , de dos rondas de votación por mayoría sistema. Las provincias de Álava , Albacete , Ávila , Vizcaya , Cuenca , Guadalajara , Guipúzcoa , Huelva , Logroño , Matanzas , Palencia , Pinar del Río , Puerto Príncipe , Santa Clara , Santander , Santiago de Cuba , Segovia , Soria , Teruel , Valladolid y Zamora se asignaron dos escaños cada una, mientras que a cada una de las provincias restantes se le asignaron tres escaños, para un total de 147. Los 33 restantes se asignaron a varias instituciones, eligiendo un escaño cada una: las Arquidiócesis de Burgos , Granada , Santiago de Compostela , Santiago de Cuba , Sevilla , Tarragona , Toledo , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; la Real Academia Española ; las Reales Academias de Historia , Bellas Artes , Ciencias , Ciencias Morales y Políticas y Medicina ; las Universidades de Madrid , Barcelona , Granada , La Habana , Oviedo , Salamanca , Santiago , Sevilla , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; y las Sociedades Económicas de Amigos del País de Madrid, Barcelona, Cuba - Puerto Rico , León , Sevilla y Valencia. Otros 180 escaños comprendían senadores por derecho propio: la descendencia del Monarca y el heredero aparente una vez que llegaba a la mayoría de edad ; Grandes de España de primera clase; Capitanes Generales del Ejército y Almirante de la Armada ; el Patriarca de Indias y arzobispos ; así como otras figuras estatales de alto rango y senadores vitalicios (que fueron nombrados por el Monarca). [10] [11] [12]
Fecha de elección
El mandato de cada Cámara de Cortes —el Congreso y la mitad de la parte electiva del Senado— expiraba a los cinco años de la fecha de su elección anterior, a menos que fueran disueltas antes. El Monarca tenía la prerrogativa de disolver ambas Cámaras en cualquier momento, ya sea en conjunto o por separado, y convocar elecciones anticipadas . [4] [8] [10]
Resultados
Congreso de los diputados
Partidos y coaliciones | Voto popular | Asientos | ||
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Votos | % | |||
Partido Liberal Conservador (Conservadores) | 260 | |||
Partido Liberal (Liberales) | 77 | |||
Republicanos (Republicanos) | 31 | |||
Partido Republicano Centralista (PRC) | 3 | |||
Partido Liberal Reformista (Romeristas) | 11 | |||
Martistas (Martistas) | 9 | |||
Carlistas (Carlistas) | 8 | |||
Tradicionalistas independientes (Trad.i) | 1 | |||
Independientes (Independientes) | 5 | |||
Total | 401 | |||
Votos emitidos / participación | ||||
Abstenciones | ||||
Votantes registrados | 4.800.000 | |||
Fuentes [13] [14] [2] [15] [16] [17] [18] |
Senado
Partidos y coaliciones | Asientos | |
---|---|---|
Partido Liberal Conservador (Conservadores) | 125 | |
Partido Liberal (Liberales) | 31 | |
Partido Liberal Reformista (Romeristas) | 7 | |
Martistas (Martistas) | 2 | |
Republicanos (Republicanos) | 1 | |
Carlistas (Carlistas) | 1 | |
Independientes (Independientes) | 3 | |
Arzobispos (Arzobispos) | 10 | |
Total de escaños electivos | 180 | |
Fuentes [19] [20] |
Cuba
Partidos y coaliciones | Voto popular | Asientos | ||
---|---|---|---|---|
Votos | % | |||
Partido Unión Constitucional | 30 | |||
Total | 30 | |||
Votos emitidos / participación | ||||
Abstenciones | ||||
Votantes registrados | ||||
Fuentes [21] |
Notas
- ^ La aprobación de una nueva ley electoral en 1890 restableció el sufragio universal en España, sin duda el que se deroga el sufragio censitario para todas las próximas elecciones y extender la franquicia de aproximadamente el 5% de la población a cerca de un 25%. Otros cambios incluyeron una simplificación del proceso electoral, así como la eliminación del sistema que permite que los diputados sean elegidos mediante votación acumulativa . [8]
Referencias
- ^ "Real decreto declarando disuelto el Consejo de los Diputados y la parte electiva del Senado, mandando reunir las Cortes el día 2 de Marzo próximo, y señalando los días en que habrán de verificar las elecciones de Diputados y Senadores" (PDF) . Gaceta de Madrid (en español). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (364): 997. 30 de diciembre de 1890.
- ↑ a b Caballero Domínguez 1999 , p. 50.
- ^ Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración". Revista de Estudios Políticos . Madrid: Centro de Estudios Constitucionales (96): 139-143 (146).
- ^ a b c " Constitución de 1876 ". Ley de 30 de junio de 1876 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "El Senado en la historia constitucional española" . Senado de España (en español) . Consultado el 26 de diciembre de 2016 .
- ^ García Muñoz 2002 , págs. 106-107.
- ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , p. 1077.
- ^ a b c "Ley electoral para Diputados a Cortes". Ley de 26 de junio de 1890 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Ley electoral de los Diputados a Cortes". Ley de 28 de diciembre de 1878 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ a b "Ley electoral de Senadores". Ley de 8 de febrero de 1877 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Ley dictando reglas para la elección de Senadores en las islas de Cuba y Puerto Rico". Ley de 9 de enero de 1879 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Real decreto determinando el número de Senadores que habrán de elegirse en cada una de las provincias con motivo de las próximas elecciones" (PDF) . Gaceta de Madrid (en español). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (184): 23. 3 de julio de 1881.
- ^ Martínez Ruiz, Maqueda Abreu y De Diego 1999 , p. 109.
- ↑ Fernández Almagro 1943 , p. 414.
- ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , p. 1093.
- ^ "Elecciones a Cortes 1 de febrero de 1891" . Historia Electoral.com (en español) . Consultado el 12 de diciembre de 2020 .
- ^ "Las elecciones" . Biblioteca Nacional de España (en español). El día. 2 de febrero de 1891 . Consultado el 13 de diciembre de 2020 .
- ^ "Última hora" . Biblioteca Nacional de España (en español). El Heraldo de Madrid. 3 de febrero de 1891 . Consultado el 13 de diciembre de 2020 .
- ^ "Notas de última hora" . Biblioteca Nacional de España (en español). La Época. 17 de febrero de 1891 . Consultado el 13 de diciembre de 2020 .
- ^ "Cuestión Ruiz Zorrilla" . Biblioteca Nacional de España (en español). La Dinastía. 17 de febrero de 1891 . Consultado el 13 de diciembre de 2020 .
- ^ Roldán de Montaud 1999 , págs. 269-275.
Bibliografía
- Fernández Almagro, Melchor (1943). "Las Cortes del siglo XIX y la práctica electoral" . Revista de Estudios Políticos (en español) (9–10): 383–419. ISSN 0048-7694 . Consultado el 16 de diciembre de 2020 .
- Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración" . Revista de Estudios Políticos (en español) (96): 137–161. ISSN 0048-7694 . Consultado el 13 de septiembre de 2020 .
- Martínez Ruiz, Enrique; Maqueda Abreu, Consuelo; De Diego, Emilio (1999). Atlas histórico de España (en español). 2 . Bilbao: Ediciones KAL. págs. 108-110. ISBN 9788470903502.
- Roldán de Montaud, Inés (1999). "Política y elecciones en Cuba durante la restauración" . Revista de Estudios Políticos (en español) (104): 245–287 . Consultado el 19 de diciembre de 2020 .
- Caballero Domínguez, Margarita (1999). "El derecho de representación: sufragio y leyes electorales" (PDF) . Ayer (en español) (34): 41–63 . Consultado el 12 de diciembre de 2020 .
- García Muñoz, Montserrat (2002). "La documentación electoral y el fichero histórico de diputados" . Revista General de Información y Documentación (en español). 12 (1): 93-137. ISSN 1132-1873 . Consultado el 13 de septiembre de 2020 .
- Carreras de Odriozola, Albert; Tafunell Sambola, Xavier (2005) [1989]. Estadísticas históricas de España, siglos XIX-XX (PDF ). 1 (II ed.). Bilbao: Fundación BBVA. págs. 1072–1097. ISBN 84-96515-00-1. Archivado desde el original (PDF) el 24 de septiembre de 2015.
enlaces externos
- Archivo histórico de diputados (1810-1977) . Congreso de los Diputados (en español).
- Elecciones en el sexenio revolucionario y la Restauración . Historia Electoral.com (en español).