Las elecciones generales españolas de 1920 se celebraron el domingo 19 de diciembre de 1920 y el domingo 2 de enero de 1921, para elegir las XIX Cortes Restauradoras del Reino de España . Los 409 escaños del Congreso de los Diputados estaban disponibles para elección, así como 180 de los 360 escaños del Senado . [1] [2]
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Los 409 escaños en el Congreso de los Diputados y los 180 (de 360) escaños en el Senado 205 escaños necesarios para una mayoría en el Congreso de los Diputados | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Descripción general
Fondo
La Constitución española de 1876 consagró a España como una monarquía constitucional , otorgando al Rey el poder de nombrar senadores y derogar leyes, así como el título de comandante en jefe del ejército. El Rey también jugaría un papel clave en el sistema de El Turno Pacífico al nombrar y derrocar gobiernos y permitir que la oposición tomara el poder. Bajo este sistema, los partidos Conservador y Liberal alternaron en el poder mediante el fraude electoral , que lograron a través del encasillado , utilizando los vínculos entre el Ministerio de Gobernación , los gobernadores civiles provinciales y los caciques locales para asegurar la victoria y excluir a los partidos menores del poder compartido. [3]
Sistema electoral
Las Cortes españolas se concibieron como "órganos colegisladores", basados en un bicameralismo casi perfecto . Tanto el Congreso de los Diputados como el Senado tenían funciones legislativas, de control y presupuestarias, compartiendo iguales poderes excepto en las leyes sobre contribuciones o crédito público, donde el Congreso tenía preeminencia. [4] [5] La votación a las Cortes se efectuó por sufragio universal masculino , que comprendía a todos los varones nacionales mayores de veinticinco años, que tuvieran al menos dos años de residencia en un municipio y en pleno goce de sus derechos civiles. La votación era obligatoria excepto para los mayores de 70 años, el clero, los jueces de primera instancia y los notarios públicos. [6]
Para el Congreso de los Diputados, se eligieron 173 escaños mediante una votación en bloque parcial en 44 distritos electorales de varios miembros, y los 236 restantes se eligieron mediante un sistema de primera ronda en los distritos uninominales. Fueron elegidos los candidatos que obtuvieron una pluralidad en cada circunscripción. En distritos electorales que eligen diez escaños o más, los electores pueden votar por no más de cuatro candidatos menos que el número de escaños que se les asignará; en los de más de ocho plazas y hasta diez, por no más de tres menos; en los de más de cuatro asientos y hasta ocho, por no más de dos menos; en aquellos con más de un asiento y hasta cuatro, por no más de uno menos; y para un candidato en distritos uninominales. Además, en los distritos uninominales donde los candidatos se presentaron sin oposición, así como en los distritos multinominales donde el número de candidatos era igual o menor que el número de escaños por cubrir, los candidatos debían ser proclamados automáticamente sin una elección. El Congreso tenía derecho a un diputado por cada 50.000 habitantes, y a cada circunscripción plurinominal se le asignaba un número fijo de escaños: 13 para Barcelona y Madrid , 6 para Valencia , 5 para La Coruña , Palma , Santander y Sevilla , 4 para Alicante. , Almería , Badajoz , Córdoba , Huelva , Jaén , Lugo , Málaga , Murcia y Oviedo y 3 para Alcázar de San Juan , Alcoy , Algeciras , Bilbao , Burgos , Cádiz , Cartagena , Castellón de la Plana , Ciudad Real , El Ferrol , Gijón , Granada , Jerez de la Frontera , Las Palmas , Lérida , Llerena , Lorca , Orense , Pamplona , Pontevedra , San Sebastián , Santa Cruz de Tenerife , Tarragona , Valladolid , Vera , Vigo y Zaragoza . La ley también preveía elecciones parciales para llenar los escaños que quedaron vacantes en la legislatura. [4] [7] [8] [9]
Para el Senado, se eligieron 180 escaños indirectamente , y los electores votaron por delegados en lugar de senadores. Delegados elegidos equivalente en número a una sexta parte de los concejales municipales en cada corporación sería entonces votar por senadores utilizando una escritura en , de dos rondas de votación por mayoría sistema. Las provincias de Barcelona, , Madrid y Valencia, se asignaron cuatro plazas cada uno, mientras que cada una de las provincias restantes se asignaron tres asientos, para un total de 150. Los restantes 30 fueron asignados a una serie de instituciones, la elección de un asiento cada uno, los Arquidiócesis de Burgos , Granada , Santiago de Compostela , Sevilla , Tarragona , Toledo , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; la Real Academia Española ; las Reales Academias de Historia , Bellas Artes , Ciencias , Ciencias Morales y Políticas y Medicina ; las Universidades de Madrid , Barcelona , Granada , Oviedo , Salamanca , Santiago , Sevilla , Valencia , Valladolid y Zaragoza ; y las Sociedades Económicas de Amigos del País de Madrid, Barcelona, León , Sevilla y Valencia. Otros 180 escaños comprendían senadores por derecho propio: la descendencia del Monarca y el heredero aparente una vez que llegaba a la mayoría de edad ; Grandes de España de primera clase; Capitanes Generales del Ejército y Almirante de la Armada ; el Patriarca de Indias y arzobispos ; así como otras figuras estatales de alto rango y senadores vitalicios (que fueron nombrados por el Monarca). [10] [11]
Fecha de elección
El mandato de cada Cámara de Cortes —el Congreso y la mitad de la parte electiva del Senado— expiraba a los cinco años de la fecha de su elección anterior, a menos que fueran disueltas antes. El Monarca tenía la prerrogativa de disolver ambas Cámaras en cualquier momento, ya sea en conjunto o por separado, y convocar elecciones anticipadas . [4] [8] [10]
Resultados
Congreso de los diputados
Partidos y coaliciones | Asientos | |||
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Asientos | +/− | |||
Partido Liberal Conservador ( Ministeriales ) (PLC) 1 2 | 174 | +80 | ||
Partido Maurista (PM) 1 | 24 | –44 | ||
Conservadores ciervistas (CC) | 23 | –9 | ||
Conservadores independientes (Cons.i) | 3 | +3 | ||
Conservadores totales | 224 | +30 | ||
Demócratas Liberales (LD) 1 | 45 | –7 | ||
Liberales ( Romanonistas ) (L) 1 | 34 | –12 | ||
Izquierda Liberal (IL) 1 2 | 28 | –2 | ||
Agrarios liberales (gassetistas) (Lib.agr) | 5 | ± 0 | ||
Liberales Nicetistas (Lib.nic) | 4 | ± 0 | ||
Liberales independientes (Lib.i) | 3 | ± 0 | ||
Liberales totales | 119 | –21 | ||
Partido Reformista (PR) | 9 | +3 | ||
Partido Republicano Radical (PRR) | 8 | –2 | ||
Republicanos (Rep) | 3 | –3 | ||
Partido Socialista Obrero Español (PSOE) | 4 | –2 | ||
Partido Republicano Catalán (PRC) | 2 | –3 | ||
Partido Unión Republicana Autonomista (PURA) | 2 | +1 | ||
Republicanos nacionalistas catalanes (Rep.nac.cat) | 2 | ± 0 | ||
Partido Republicano Demócrata (PRD) | 2 | +1 | ||
Republicanos independientes (Rep.i) | 2 | ± 0 | ||
Total de republicanos, socialistas y reformistas | 31 | –2 | ||
Liga Regionalista de Cataluña (LRC) | 14 | ± 0 | ||
Federación Monárquica Autonomista (FMA) | 3 | ± 0 | ||
Regionalistas (Reg) | 2 | ± 0 | ||
Comunión Nacionalista Vasca (CNV) | 1 | –4 | ||
Totalistas regionalistas y nacionalistas | 20 | –4 | ||
Comunión Tradicionalista ( Jaimistas ) (CT) | 4 | ± 0 | ||
Partido Católico Tradicionalista (PCT) | 2 | –1 | ||
Partido integrista (PI) | 1 | ± 0 | ||
Católicos independientes (Cató.i) | 1 | –3 | ||
Católicos carlistas (Cató.carl) | 0 | –1 | ||
Totalistas carlistas y tradicionalistas | 8 | –5 | ||
Dinástica Vasca (Din.v) 2 | 3 | +2 | ||
Agrarios (Agr) | 1 | –1 | ||
Independientes (Indep) | 3 | +1 | ||
Total | 409 | ± 0 | ||
Fuentes [12] [13] | ||||
Notas
- ^ a b c d e Incluye diputados elegidos en Cataluña bajo la etiqueta "Unión Nacional Monárquica".
Bibliografía
- Carreras de Odriozola, Albert; Tafunell Sambola, Xavier (2005) [1989]. Estadísticas históricas de España, siglos XIX-XX (PDF ). Volumen 1 (II ed.). Bilbao: Fundación BBVA. págs. 1072–1097. ISBN 84-96515-00-1. Archivado desde el original (PDF) el 24 de septiembre de 2015.
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Referencias
- ^ “Real Decreto por el que se declara disuelto el Congreso de los Diputados y la parte electiva del Senado”. Real Decreto de 2 de octubre de 1920 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 26 de julio de 2018 .
- ^ “Real Decreto por el que el 19 de diciembre próximo se celebrarán elecciones de Diputados a Cortes en todas las provincias del Reino; el 2 de enero, las de Senadores, y fijando el 4 de enero como fecha de reunión de las Cortes en Madrid”. Real Decreto de 27 de noviembre de 1920 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 26 de julio de 2018 .
- ^ Martorell Linares, Miguel Ángel (1997). "La crisis parlamentaria de 1913-1917. La quiebra del sistema de relaciones parlamentarias de la Restauración". Revista de Estudios Políticos . Madrid: Centro de Estudios Constitucionales (96): 139-143 (146).
- ^ a b c " Constitución Española de 1876 ". Ley de 30 de junio de 1876 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "El Senado en la historia constitucional española" . senado.es (en español). Senado de España . Consultado el 26 de diciembre de 2016 .
- ^ Carreras de Odriozola y Tafunell Sambola 2005 , págs.1077 .
- ^ "Ley Electoral de Diputados a Cortes de 1878". Ley electoral de 28 de diciembre de 1878 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ a b "Ley Electoral de 1907". Ley electoral de 8 de agosto de 1907 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 26 de diciembre de 2016 .
- ^ "Ley de División Electoral para las elecciones de diputados a Cortes de 1913". Ley de 23 de octubre de 1913 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 25 de julio de 2018 .
- ^ a b "Ley Electoral de Senadores de 1877". Ley electoral de 8 de febrero de 1877 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ “Real Decreto por el que se declara disuelto el Congreso de los Diputados y la parte electiva del Senado”. Real Decreto de 16 de marzo de 1899 (PDF) . Gaceta de Madrid (en español) . Consultado el 27 de diciembre de 2016 .
- ^ "Elecciones a Cortes 19 de diciembre de 1920" . historiaelectoral.com (en español). Historia electoral . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
- ^ "Gráficos y análisis: elecciones en el sexenio revolucionario y la Restauración 1869-1923" . historiaelectoral.com (en español). Historia electoral . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
enlaces externos
- Archivo histórico de diputados (1810-1977) de www.congreso.es , el portal web oficial del Congreso de los Diputados (en español)
- Elecciones en el Sexenio Revolucionario y la Restauración en www.historiaelectoral.com (en castellano / catalán)