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El domingo 26 de mayo de 1991 se celebraron las elecciones autonómicas madrileñas de 1991 para elegir la III Asamblea de la Comunidad de Madrid . Los 101 escaños de la Asamblea estaban disponibles para elección. La elección se celebró simultáneamente con las elecciones autonómicas en otras doce comunidades autónomas y las elecciones locales en toda España .

La elección vio el colapso electoral del Centro Democrático y Social (CDS), que cayó por debajo del umbral del 5% y perdió todos sus 17 escaños. Alberto Ruiz-Gallardón 's del Partido Popular (PP) emergió como el partido más grande en la comunidad por primera vez, [1] pero fue incapaz de formar un gobierno debido a la falta de aliados como resultado de CDS expulsión de la Asamblea. En consecuencia, Joaquín Leguina del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) fue reelegido presidente para un tercer mandato gracias al apoyo de Izquierda Unida (IU).

Resumen

Sistema electoral

La Asamblea de Madrid se la delega , legislativo unicameral de la Comunidad Autónoma de Madrid , que tiene poder legislativo en asuntos regionales definidas por la Constitución Española y el Estatuto madrileño de Autonomía , así como la capacidad de voto de confianza en o retirarla de una presidente regional . [2]

La votación de la Asamblea se efectuó por sufragio universal , en el que participaron todos los nacionales mayores de dieciocho años, inscritos en la Comunidad de Madrid y en pleno goce de sus derechos políticos. Todos los miembros de la Asamblea de Madrid fueron elegidos mediante el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , con un umbral electoral del cinco por ciento de los votos válidos, que incluían papeletas en blanco, aplicándose regionalmente. La Asamblea tenía derecho a un miembro por cada 50.000 habitantes o fracción mayor de 25.000. [2] [3]

Fecha de elección

El mandato de la Asamblea de Madrid expiraba cuatro años después de la fecha de su anterior elección. Las enmiendas legales a principios de 1991 establecieron que las elecciones a la Asamblea se fijarían para el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. La elección anterior se celebró el 10 de junio de 1987, fijando la fecha de elección de la Asamblea el domingo 26 de mayo de 1991. [2] [3] [4]

Tras las reformas legales de 1990, se concedió al presidente la prerrogativa de disolver la Asamblea de Madrid y convocar elecciones anticipadas , siempre que no estuviera en trámite ninguna moción de censura y que la disolución no se produjera antes de transcurrido un año desde la anterior. [5] En caso de que un proceso de investidura no eligiera un presidente regional dentro de un período de dos meses a partir de la primera votación, la Asamblea se disolvería automáticamente y se convocaría una nueva elección. Cualquier elección anticipada celebrada como resultado de estas circunstancias no alteraría el período hasta la próxima elección ordinaria, con diputados electos simplemente cumpliendo lo que quedaba de sus mandatos de cuatro años. [2]

Antecedentes

Las elecciones de 1987 habían resultado en un estancamiento parlamentario . El bloque opositor de Alianza Popular (AP) y el CDS ostentaron 49 escaños contra 47 del PSOE e IU. El PSOE gobernante pudo inicialmente mantenerse en el poder y hacer que Joaquín Leguina fuera reelegido presidente gracias a la abstención del CDS, pero no obstante, la mayoría del gobierno seguía siendo precaria.

En 1988, un diputado de AP, Nicolás Piñeiro Cuesta, renunció al partido por diferencias ideológicas con el líder de AP de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón . Piñeiro lanzó su propio partido, el Partido Autonómico Madrileño Independiente (PRIM), poco después. Posteriormente, en enero de 1989, AP junto con otros partidos se fusionaron en el recién creado Partido Popular (PP).

En el primer semestre de 1989, el PP y el CDS llegaron a un acuerdo de cooperación en la Asamblea de Madrid, que dio lugar a una moción de censura contra el gobierno de Leguina en junio de 1989, en un intento de sustituirlo por una administración del PP-CDS encabezada por Ruiz-Gallardón como presidente de Madrid. Para tener éxito, la moción necesitaba el apoyo de una mayoría de miembros, lo que significa que se necesitaban 49 votos. Con el PP y el CDS con 48 miembros, era necesario el apoyo de Piñeiro. Sin embargo, se abstuvo y los miembros de Izquierda Unida bloquearon la moción junto con el PSOE, lo que provocó el fracaso de la votación. [6]

Partidos y candidatos

La ley electoral permitió que los partidos y federaciones inscritos en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presentaran listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendieran formar una coalición antes de las elecciones debían informar a la Comisión Electoral correspondiente en un plazo de diez días a partir de la convocatoria electoral, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos el 0,5 por ciento del electorado en la Comunidad de Madrid. , impidiendo que los electores firmen por más de una lista de candidatos. [3] [4]

A continuación se muestra una lista de los principales partidos y alianzas electorales que se opusieron a la elección:

Encuestas de opinión

La siguiente tabla enumera las estimaciones de la intención de voto en orden cronológico inverso, mostrando las más recientes primero y utilizando las fechas en las que se realizó el trabajo de campo de la encuesta, en lugar de la fecha de publicación. Cuando se desconocen las fechas del trabajo de campo, en su lugar se proporciona la fecha de publicación. La cifra porcentual más alta en cada encuesta electoral se muestra con su fondo sombreado con el color del partido líder. Si se produce un empate, se aplica a las cifras con los porcentajes más altos. La columna "Lead" a la derecha muestra la diferencia de puntos porcentuales entre las partes con los porcentajes más altos en una encuesta determinada. Cuando están disponibles, las proyecciones de asientos también se muestran debajo de las estimaciones de votación en una fuente más pequeña. Se requerían 51 escaños para la mayoría absoluta en la Asamblea de Madrid.

Resultados

Consecuencias

Los procesos de investidura para elegir al presidente de la Comunidad de Madrid requerían la mayoría absoluta —más de la mitad de los votos emitidos— en la primera votación. Si no tiene éxito, se realizaría una nueva votación 48 horas después, requiriendo una mayoría simple, más votos afirmativos que negativos, para tener éxito. Si no se lograra ninguna de esas mayorías, las sucesivas propuestas de candidatos podrían tramitarse con el mismo procedimiento. En caso de que el proceso de investidura no eligiera un presidente regional dentro de un período de dos meses a partir de la primera votación, la Asamblea se disolvería automáticamente y se convocaría una elección anticipada . [2]

Notas

  1. ^ a b Resultados de AP (31,41%, 32 escaños) y PDP (0,38%, 0 escaños) en las elecciones de 1987.
  2. ^ a b c d e f g h i j k l Dentro de PP .

Referencias

Fuentes de encuestas de opinión
  1. ^ a b c "Seis comunidades dependen de pactos" . ABC (en español). 20 de mayo de 1991.
  2. ^ a b c "Las elecciones de 26-5-91" . CEPC (en español). Agosto de 1991.
  3. ^ "Leguina y Barranco precisarán del pacto" . El País (en español). 19 de mayo de 1991.
  4. ^ "Ficha técnica" . El País (en español). 19 de mayo de 1991.
Otro
  1. ^ Historia Electoral - Elecciones a la Asamblea de Madrid . Consultado el 17 de mayo de 2015.
  2. ^ a b c d e "Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid". Ley Orgánica N ° 3 de 25 de febrero de 1983 . Boletín Oficial del Estado (en español) . Consultado el 22 de febrero de 2017 .   
  3. ^ a b c "Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid". Ley N ° 11 de 16 de noviembre de 1986 . Boletín Oficial del Estado (en español) . Consultado el 22 de febrero de 2017 .   
  4. ^ a b "Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General". Ley Orgánica N ° 5 de 19 de junio de 1985 . Boletín Oficial del Estado (en español) . Consultado el 28 de diciembre de 2016 .   
  5. ^ "Ley 5/1990, de 17 de mayo, reguladora de la facultad de disolución de la Asamblea de Madrid por el Presidente de la Comunidad". Ley N ° 5 de 17 de mayo de 1990 . Boletín Oficial del Estado (en español) . Consultado el 14 de septiembre de 2017 .   
  6. ^ Sanz, Juan Carlos; Fresneda, Carlos (22 de junio de 1989). "Leguina continúa al frente de la Comunidad de Madrid en una situación muy precaria para gobernar" . El País (en español). Madrid . Consultado el 23 de abril de 2021 .
  7. ^ "Resumen y resultados electorales de la III Legislatura" . asambleamadrid.es (en español). Asamblea de Madrid. Archivado desde el original el 30 de septiembre de 2017 . Consultado el 30 de septiembre de 2017 .
  8. ^ a b "Elecciones a la Asamblea de Madrid (1983 - 2019)" . Historia Electoral.com (en español) . Consultado el 30 de septiembre de 2017 .