Accesorio (término legal)


Un cómplice es una persona que asiste, pero que en realidad no participa en la comisión de un delito . La distinción entre un accesorio y un principal es una cuestión de hecho y grado:

En algunas jurisdicciones se distingue al encubridor del cómplice , que normalmente está presente en el delito y participa de alguna manera. En general, un cómplice debe tener conocimiento de que se está cometiendo, se cometerá o se ha cometido un delito. Una persona con tal conocimiento puede convertirse en cómplice al ayudar o alentar al criminal de alguna manera. La asistencia al delincuente puede ser de cualquier tipo, tanto emocional o económica como física o de ocultamiento.

La tarifa de castigo por accesorios varía en diferentes jurisdicciones y ha variado en diferentes períodos de la historia. En algunas épocas y lugares los encubridores han estado sujetos a penas menores que los principales (las personas que realmente cometen el delito). En otros, los accesorios se consideran lo mismo que los principales en teoría, aunque en un caso particular un accesorio puede ser tratado con menos severidad que un principal. En algunas épocas y lugares, los cómplices antes del hecho (es decir, con conocimiento del delito antes de que se cometa) han sido tratados de manera diferente a los cómplices después del hecho (p. ej., aquellos que ayudan a un principal después de que se ha cometido un delito, pero no tuvieron ningún papel en el crimen mismo). Ley comúntradicionalmente considera a un cómplice tan culpable como el (los) autor(es) de un delito, y sujeto a las mismas penas. Castigos separados y menores existen por ley en muchas jurisdicciones.

En algunas situaciones, se puede hacer un cargo de conspiración incluso si el delito principal nunca se comete, siempre que se haya hecho el plan y al menos uno de los conspiradores haya cometido al menos un acto abierto hacia el delito. Por ejemplo, si un grupo planea falsificar cheques bancarios y falsifica los cheques pero finalmente no intenta cobrar los cheques, el grupo aún podría ser acusado de conspiración debido al acto manifiesto de falsificación. Por lo tanto, un cómplice ante el hecho a menudo, pero no siempre, también será considerado un conspirador. Un conspirador debe haber sido parte en la planificación del crimen, en lugar de simplemente darse cuenta del plan para cometerlo y luego ayudar de alguna manera.

Una persona que incite a otra a cometer un delito se convertirá en parte de una conspiración si se llega a un acuerdo, y luego podrá ser considerada cómplice o coautor si el delito finalmente se comete.

En los Estados Unidos , una persona que se entera del delito y brinda algún tipo de asistencia antes de que se cometa el delito se conoce como "accesorio antes del hecho". Una persona que se entera del delito después de que se cometió y ayuda al delincuente a ocultarlo, o ayuda al delincuente a escapar, o simplemente no denuncia el delito, se conoce como "cómplice después del hecho". Una persona que hace ambas cosas a veces se denomina "accesorio antes y después del hecho", pero este uso es menos común.