Aditur


Un additur ( en latín : "se le agrega") es un término legal que se refiere a la práctica de un juez de primera instancia que agrega daños y perjuicios adicionales a la cantidad original otorgada por el jurado . No está permitido en los tribunales federales de EE. UU ., como sostiene Dimick vs. Schiedt , 293 US 474 (1935). [1] Sin embargo, Dimick se decidió ante Erie Railroad Co. v. Tompkins (1938), lo que dada la rareza de additur no deja claro si los tribunales federales están obligados por esta regla al aplicar la ley estatal en casos de diversidad .

Algunos estados americanos , por otro lado, permiten la práctica, incluidos California y Nueva Jersey . [2] Es lo contrario de remittitur , que está permitido en la ley federal. Aunque este es un procedimiento que rara vez se usa, generalmente se otorga por daños punitivos cuando se usa en los tribunales estatales.