Allcard v Skinner (1887) 36 Ch D 145 es una decisión judicial bajo la ley inglesa que trata sobre la influencia indebida .
Allcard contra Skinner | |
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Tribunal | Tribunal de Apelación |
Cita (s) | (1887) 36 Ch D 145 |
Opiniones de casos | |
Bowen , Cotton y Lindley LJJ | |
Palabras clave | |
Influencia indebida |
Hechos
La señorita Allcard fue presentada por el reverendo Sr. Nihill a la señorita Skinner, una dama superior de una orden religiosa llamada "Hermanas Protestantes de los Pobres". Tenía que cumplir los votos de pobreza y obediencia . Tres días después de convertirse en miembro, la Srta. Allcard hizo un testamento en el que legaba todas las propiedades a la Srta. Skinner y le entregó las acciones del ferrocarril que llegó a poseer en 1872 y 1874. Luego reclamó el dinero después de dejar la hermandad.
Juicio
Lindley LJ , sostuvo que estaba indebidamente influenciada pero que los laches no le permitían obtener restitución. Y en cualquier caso, solo habría podido recuperar la mayor parte del obsequio que quedaba en manos del acusado después de que una parte se hubiera gastado de acuerdo con sus deseos. [1]
Entonces, ¿cuál es el principio? ¿Es correcto y conveniente salvar a las personas de las consecuencias de su propia locura? ¿O es que es correcto y conveniente salvarlos de ser víctimas de otras personas? En mi opinión, la doctrina de la influencia indebida se basa en el segundo de estos dos principios. Los tribunales de equidad nunca han dejado de lado los obsequios sobre la base de la locura, la imprudencia o la falta de previsión por parte de los donantes. Los Tribunales siempre han repudiado dicha jurisdicción. Huguenin v Baseley 14 Ves 273 es en sí misma una autoridad clara en este sentido. Obviamente, sería para alentar la locura, la imprudencia, la extravagancia y el vicio si las personas pudieran recuperar las propiedades que tontamente se llevaron, ya sea dándolas a instituciones caritativas o otorgándolas a objetos menos valiosos. Por otro lado, proteger a las personas de ser forzadas, engañadas o engañadas de cualquier forma por otros para que se separen de su propiedad es uno de los objetos más legítimos de todas las leyes; y la doctrina equitativa de la influencia indebida ha surgido y ha sido desarrollada por la necesidad de lidiar con formas insidiosas de tiranía espiritual y con las infinitas variedades de fraude.
Cotton LJ dijo:
Primero, cuando el tribunal haya quedado convencido de que el obsequio fue el resultado de una influencia expresamente utilizada por el donatario para ese propósito; en segundo lugar, cuando las relaciones entre el donante y el donatario, en el momento de la ejecución de la donación o poco antes de ella, han sido tales que hacen presumir que el donatario tenía influencia sobre el donante.
Ver también
Notas
- ^ en 182-3
Referencias
- A Burrows, J Edelman y E McKendrick, Casos y materiales sobre la ley de restitución (2da edición, OUP, Oxford, 2007)