elecciones autonómicas andaluzas de 1994


Las elecciones regionales de Andalucía de 1994 se celebraron el domingo 12 de junio de 1994 para elegir el IV Parlamento de la comunidad autónoma de Andalucía . Los 109 escaños del Parlamento estaban disponibles para elección. Las elecciones se celebraron simultáneamente con las elecciones al Parlamento Europeo de 1994 .

El candidato del PSOE , Manuel Chaves , fue investido presidente de la Junta de Andalucía tras ganar las elecciones. Sin embargo, los malos resultados obtenidos por su partido le obligaron a formar un gobierno minoritario a 10 escaños de la mayoría. Finalmente, hubo que convocar elecciones anticipadas en 1996 debido a la impracticabilidad del gobierno resultante de la unión, en ocasiones, de los dos principales partidos de oposición ( Partido Popular e Izquierda Unida ).

El Parlamento de Andalucía era el poder legislativo unicameral descentralizado de la comunidad autónoma de Andalucía , con potestad legislativa en materia autonómica tal y como la define la Constitución Española de 1978 y el Estatuto de Autonomía regional , así como la capacidad de voto de confianza o revocación de la misma . de un presidente regional . [1]

La votación para las Cortes Generales se hacía por sufragio universal , que comprendía a todos los nacionales mayores de dieciocho años, empadronados en Andalucía y en pleno goce de sus derechos políticos. Los 109 miembros del Parlamento de Andalucía fueron elegidos por el método D'Hondt y representación proporcional de listas cerradas , aplicándose en cada circunscripción un umbral electoral del tres por ciento de los votos válidos, que incluían los votos en blanco. Se asignaron escaños por circunscripciones, correspondientes a las provincias de Almería , Cádiz , Córdoba , Granada , Huelva , Jaén, Málaga y Sevilla , asignándose a cada una un mínimo inicial de ocho escaños y repartiéndose los 45 restantes en proporción a su población (siempre que el número de escaños de cada provincia no supere el doble del de cualquier otra). [1] [2]

El uso del método D'Hondt podría resultar en un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [3]

La ley electoral permitió que partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presenten listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendieran formar una coalición antes de una elección debían informar a la Comisión Electoral pertinente dentro de los diez días posteriores a la convocatoria de elecciones, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos el uno por ciento del electorado en los distritos para los cuales buscaron la elección, prohibiendo a los electores firmar para más de una lista de candidatos. [2] [4]