Arkansas Best Corp. v. Comisionado


Arkansas Best Corporation v. Comisionado , 485 US 212 (1988), es una decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos que ayuda a los contribuyentes a clasificar si la venta de un activo es o no una ganancia o pérdida ordinaria o de capital a efectos del impuesto sobre la renta. [1]

Arkansas Best, una sociedad de cartera diversificada, adquirió un gran porcentaje de las acciones del Banco Nacional de Comercio en Dallas , Texas. Cuando el mercado de bienes raíces en Dallas se tambaleó, Arkansas Best vendió una gran parte de su participación en el Banco con pérdidas. Arkansas Best reclamó una deducción por una pérdida ordinaria de casi $10 millones de la venta. El Comisionado del Servicio de Impuestos Internos rechazó la deducción, encontrando que era una pérdida de capital, no ordinaria.

¿Eran las acciones propiamente un activo de capital según lo definido por IRC § 1221? [2] ¿Debería el Tribunal leer § 1221 en términos generales como lo hizo en Corn Products Refining Co. v. Comisionado , 350 US 46 (1955)?

El Octavo Circuito revocó la determinación del Tribunal Fiscal de que la pérdida era una pérdida ordinaria ya que las acciones del Banco caían dentro de la definición general de "activo de capital" en IRC § 1221 y no caían dentro de ninguna de las excepciones legales en la sección. [3] La motivación de un contribuyente para comprar un activo es irrelevante para su clasificación.

El caso de los productos de maíz involucró la discusión de si los ingresos derivados de la venta de futuros de maíz por parte de una empresa que refinaba el maíz en otras formas y productos alimenticios tenían derecho al tratamiento de ganancias de capital. La empresa compró futuros de maíz para proteger su suministro y precio de maíz en el futuro y vendería los futuros si tuviera un exceso de inventario de maíz para sus procesos. Como los futuros de maíz eran esencialmente inventario, se clasificaron como bienes que “se incluirían adecuadamente en el inventario del contribuyente… en el curso ordinario de su comercio o negocio”. IRC § 1221 (a) (1).

Desde la época de Corn Products , se agregó IRC §1221(a)(7) que excluye específicamente de la definición de activo de capital "cualquier transacción de cobertura que esté claramente identificada como tal antes del cierre del día en que se adquirió, se originó , o celebrado (u otro tiempo que el Secretario pueda prescribir por reglamento)." [2]