Balzac contra Puerto Rico


Balzac v. Porto Rico , 258 US 298 (1922), fue un caso en el que la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que ciertas disposiciones de la Constitución de los Estados Unidos no se aplicaban a los territorios no incorporados a la unión. Se originó cuando Jesús M. Balzac fue procesado por difamación penalen un tribunal de distrito de Puerto Rico . Balzac declaró que sus derechos habían sido violados bajo la Sexta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos ya que se le negó un juicio con jurado ya que el código de procedimiento penal de Puerto Rico no concedía un juicio con jurado en casos de delitos menores. En la apelación, la Corte Suprema de EE. UU.Afirmó las sentencias de los tribunales inferiores de la isla al decidir que las disposiciones de la Constitución no se aplicaban a un territorio que pertenecía a los Estados Unidos pero que no estaba incorporado a la Unión. Se le conoce como uno de los " Casos Insulares ".

Jesús Maria Balzac y Balzac dirigió el periódico El Baluarte . Balzac escribió un artículo refiriéndose indirectamente al gobernador colonial en ese momento, Arthur Yager ; El artículo fue considerado difamatorio por las autoridades. [1] De conformidad con la Ley Jones de 1917 , que otorgó a los puertorriqueños la ciudadanía estadounidense entre otras garantías, Balzac solicitó un juicio con jurado bajo la Sexta Enmienda . Al denegar la solicitud de juicio con jurado, la Corte Suprema de Puerto Rico se basó en dos decisiones de 1918 de la Corte Suprema de los Estados Unidos : el Pueblo contra Tapia, 245 U.S.639 (1918), y el Pueblo contra Muratti,también en 245 U.S. 639 (1918). Estas dos decisiones per curiam citaban los Casos Insulares anteriores y sostenían que las disposiciones de la Declaración de Derechos eran inaplicables a Puerto Rico incluso después de la aprobación de la Ley Jones.

La opinión unánime de la Corte fue emitida por el Presidente del Tribunal Supremo Taft . Argumentó que aunque la Ley Jones había otorgado la ciudadanía a los puertorriqueños, no había incorporado a Puerto Rico a la Unión. Aunque Puerto Rico había estado bajo el control de los Estados Unidos desde el final de la Guerra Hispanoamericana en 1898, el territorio no había sido designado como estado final y el Congreso podía determinar qué partes de la Constitución se aplicarían. Taft distinguió a Puerto Rico del territorio en la compra de Alaska , adquirida a Rusia en 1867, que se había considerado incorporada en Rasmussen v. Estados Unidos. Por lo tanto, se aplicaron disposiciones constitucionales particulares basadas en la ubicación, más que en la ciudadanía.

Los motivos de Taft para denegar el juicio por jurado se hicieron eco específicamente del razonamiento anterior de Casos Insulares. Argumentó que debido a que Puerto Rico se había regido por la ley civil española durante cuatrocientos años antes de la adquisición estadounidense, los habitantes no estarían preparados para el servicio de jurado. Taft argumentó que los lugareños deberían poder determinar sus propias leyes:

El Congreso ha pensado que un pueblo como los filipinos o los puertorriqueños, formado para un sistema judicial completo, sin jurados, que vive en comunidades compactas y antiguas, con costumbres y concepciones políticas definidamente formadas, debería permitirse determinar hasta dónde llega. desea adoptar esta institución de origen anglosajón, y cuándo.

Hacia el final del dictamen, el tribunal utiliza "lenguaje que conduciría a un litigio perpetuo en un esfuerzo por aclarar los derechos de los ciudadanos estadounidenses de Puerto Rico" [2].