senado de colombia


El Senado de la República de Colombia ( español : Senado de la República de Colombia ) es la cámara alta del Congreso de Colombia , siendo la cámara baja la Cámara de Representantes . El Senado tiene 108 miembros elegidos por períodos concurrentes (no rotativos ) de cuatro años.

De acuerdo con la Constitución colombiana , 100 senadores (senadores ) son elegidos de una sola circunscripción nacional . Los dos restantes son elegidos en una circunscripción nacional especial para comunidades indígenas .

Los ciudadanos colombianos que viven fuera del país están habilitados para votar, aunque, a diferencia de la Cámara de Diputados, no tienen representantes especiales en el Senado.

Para las elecciones al Senado en la circunscripción nacional, los partidos políticos u otros movimientos y agrupaciones convocan listas únicas , con un número de candidatos que no exceda el número total de escaños a cubrir. El sistema electoral actual, adoptado en 2003 y modificado en 2009 y 2015, requiere que las listas de los partidos superen el umbral del 3% para obtener representación. Para las elecciones de 2006 y 2010, el umbral se fijó en el 2%, antes de ser elevado por la reforma de 2009 al 3%. [1]

Los partidos pueden ejecutar una lista cerrada , con el orden de los candidatos predeterminado, u optar por la votación preferencial (lista abierta), donde la posición de los candidatos en la lista se reordena en función de los votos de preferencia individuales de los votantes. En las elecciones senatoriales, los votantes que eligen un partido con una lista cerrada solo votan por la lista del partido; los votantes que eligen un partido que se presenta en una lista abierta pueden indicar su candidato de preferencia entre los nombres que aparecen en la boleta, si el votante no indica una preferencia y solo vota por el partido, el voto es válido para propósitos del umbral pero no para reordenar la lista en base a los votos preferenciales.

Para los dos escaños reservados a las comunidades indígenas se utiliza el sistema de cuota electoral (total de votos dividido por el total de escaños), siendo el umbral en este caso el 30% de la cuota electoral.