En el derecho eclesiástico inglés , la jurisdicción contenciosa (en latín : forum contentiosum ) es la jurisdicción sobre asuntos en controversia entre partes, en contraposición a la jurisdicción voluntaria , o la que se ejerce sobre asuntos no opuestos o controvertidos.
Los jueces , jueces , etc. del Lores , tenían jurisdicción contenciosa; pero los Señores de Hacienda , los Comisionados de Aduanas, etc., no tienen ninguno, siendo meros jueces de cuentas.
Referencias
- Diccionario completo revisado de Webster (1913)
- Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chambers, Ephraim , ed. (1728). Cyclopaedia, o Diccionario universal de artes y ciencias (1ª ed.). James y John Knapton, et al. Falta o vacío
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