Cornhill Insurance plc contra Improvement Services Ltd [1986] 1 WLR 114 es un caso de derecho de insolvencia del Reino Unido relativo a la presentación de una petición de liquidación.
Caso
Improvement Services Ltd reclamó dinero en virtud de una póliza de seguro que cubría daños por incendio en su edificio a sus aseguradoras, Cornhill Insurance plc (ahora parte de Allianz después de una adquisición en 1986). £ 65000 ya se pagaron bajo la póliza de seguro. Los abogados de Improvement Services Ltd estuvieron de acuerdo con los tasadores de siniestros de Cornhill en que todavía se debían 1.154 libras esterlinas: por algunos daños en el yeso y daños en la lanza de una máquina de inyección. Pero Cornhill no estaba pagando. Los abogados repitieron las demandas. No fueron escuchados. Así que acudieron al Tribunal de Cancillería y presentaron una petición para liquidar la empresa alegando que era insolvente en virtud de la Ley de Insolvencia de 1986 ss 122 (f) y 123 (1) (a). De inmediato, Cornhill Insurance afirmó que Improvement Services estaba involucrado en un litigio frívolo y vejatorio y solicitó una orden judicial para restringir la petición de liquidación. Llevó a la corte sus cuentas, mostrando cuánto dinero tenía. Se le concedió una medida cautelar, pero el asunto aún necesitaba una audiencia completa para continuar con la medida cautelar.
Juicio
Harman J rechazó la orden judicial continua en la audiencia sustantiva sosteniendo que los acusados tenían derecho a presentar una petición. [1]
En mi opinión, la prueba correcta al abordar estos asuntos está ejemplificada en primer lugar por Ungoed-Thomas J , quien fue un gran maestro de la equidad (y a mí, debe recordarse, se me pide que ejerza los recursos ordinarios equitativos, no los recursos del Tribunal de Sociedades ), en Mann v Goldstein [1968] 1 WLR 1091, 1096 donde dijo:
“Cuando la deuda del acreedor esté claramente establecida, me parece que se sigue que este tribunal, en general, en cualquier caso, no interferiría aunque la empresa pareciera solvente, ya que el acreedor como tal tendría derecho a presentar una petición y el deudor tendría su propio recurso para pagar la deuda indiscutible que debería pagar. Por lo tanto, persistir en el impago de la deuda en tales circunstancias sugeriría en sí mismo incapacidad para pagar o que la solicitud era una solicitud que el tribunal debería otorgar al deudor una compensación que él mismo podría proporcionar, pero no proporcionaría, mediante el pago de la deuda. deuda."
Me parece que eso es un razonamiento sólido y una ley sólida. Lo refiero con una referencia a In re A Company (1950) 94 SJ 369 donde Vaisey J , en un asunto en el que apareció un abogado de la más alta distinción en la Cancillería en ese momento, tanto líder como junior, dijo que donde una empresa estaba bien conocido y rico, era más probable que la demora en el pago de sus obligaciones creara alguna sospecha de vergüenza financiera:
“Los ricos y las empresas ricas que no pagaron sus deudas solo tenían la culpa si se pensaba que no podían pagarlas”.
En mi opinión, esas palabras se aplican también a este caso. Este es el caso de una empresa rica que podía pagar una deuda indudable y ha optado, creo que debo usar esa palabra, no hacerlo desde el 12 de junio hasta hoy. En mi opinión, en tales circunstancias, el acreedor tenía derecho a (a) amenazar y (b) de hecho si optaba por presentar una petición de liquidación, y me equivoqué al dictar la orden ex parte que emití el 12 de julio y No debería acceder a esta moción para mantener ese orden hoy.
Admito que el asunto es triste y desafortunado porque puede haber otros recursos extrajudiciales que podrían haber obtenido el dinero antes. No obstante, es mi negocio darles a las personas sus derechos, de acuerdo con su derecho apropiado en la ley y no forzarlos a seguir otros cursos, y en mi opinión, cada acusado tenía derecho a decir: “Indudablemente me deben 1154 libras esterlinas. Si no me paga, debo sospechar que no puede. Por lo tanto, puedo jurar debidamente que usted es insolvente y puedo presentar una petición de liquidación al Tribunal de Sociedades ". Así lo sostengo y, por lo tanto, me niego a emitir una orden sobre esta moción a favor del demandante.
La deuda de Cornhill Insurance se pagó muy fuerte después de esta decisión.
Ver también
- Mann contra Goldstein [1968] 1 WLR 1091
Notas
- ↑ [1986] 1 WLR 114, 118
Referencias
- Editorial, 'Petición de liquidación contra empresa rica que no paga deuda indiscutible' [1986] Journal of Business Law 80