La disputa fronteriza entre Nicaragua y Costa Rica por el río San Juan fue una serie de conflictos periódicos entre Costa Rica y Nicaragua sobre la correcta delimitación de su frontera común en su extremo este y la interpretación de los derechos de navegación en el río San Juan establecidos en el Tratado Cañas-Jerez de 1858. [2]
Las disputas más recientes incluyen una interpretación sobre el alcance y los límites de los derechos de libre navegación de Costa Rica y el control soberano de Nicaragua sobre el río San Juan, que fue resuelto por la Corte Internacional de Justicia en 2009; y la disputa en curso que se inició en octubre de 2010 por el dragado del río San Juan, en la zona de Isla Calero . Esta última disputa fue referida en los medios como la Guerra de Google Maps . [3] [2]
Historia
Según el Tratado Cañas-Jerez de 1858, reafirmado en arbitraje por el presidente Grover Cleveland de los Estados Unidos en 1888 e interpretado por la Corte Centroamericana de Justicia en 1916 (caso Costa Rica c. Nicaragua ), Nicaragua es soberana sobre el Río San Juan , y Costa Rica tiene el derecho de navegar sobre parte del río con artículos para el comercio que en caso de necesidad, según lo determine Nicaragua, pueden ser acompañados por recortadores de ingresos. El tratado también establece que no se impondrán impuestos al comercio costarricense de bienes, excepto los aceptados de mutuo acuerdo.
Históricamente, la posibilidad de que el Río San Juan se convierta en la ruta para un Canal de Nicaragua ha exacerbado la disputa. La construcción del Canal de Panamá , así como el proyecto de ecocanal seco de Nicaragua , han desinflado en gran medida este motivo de fricción. [ cita requerida ]
Caso de la Corte Internacional de Justicia de 2009
Una disputa surgió en 1998 cuando Nicaragua prohibió el tránsito de policías costarricenses en el río, que Nicaragua alega que es una violación a la soberanía, e impuso unilateralmente un impuesto de US $ 25 a cualquier turista costarricense que ingrese al río San Juan, ya que son personas. no son objetos de comercio sino sujetos de comercio y, por lo tanto, no están cubiertos por el tratado. Este y otros temas fueron objeto de un caso en la Corte Internacional de Justicia .
El 13 de julio de 2009 la Corte Internacional de Justicia publicó el siguiente fallo: [4]
- Con respecto a los derechos de navegación de Costa Rica en el río San Juan bajo el Tratado de 1858, en esa parte donde la navegación es común, el tribunal determina: que Costa Rica tiene el derecho de libre navegación en el río San Juan para fines comerciales, incluido el transporte de pasajeros y transporte de turistas. Las personas que viajan por el río San Juan a bordo de embarcaciones costarricenses que ejercen el derecho de libre navegación de Costa Rica no están obligadas a obtener visas nicaragüenses ni a adquirir tarjetas de turista. Que los habitantes de la ribera costarricense del río San Juan tienen derecho a navegar por el río entre las comunidades ribereñas para los fines de las necesidades esenciales de la vida cotidiana que requieren un transporte expedito. Que Costa Rica tiene el derecho de navegación por el río San Juan con embarcaciones oficiales utilizadas únicamente, en situaciones específicas, para brindar servicios esenciales a los habitantes de las zonas ribereñas donde el transporte expedito es condición para satisfacer los requerimientos de los habitantes. Que Costa Rica no tiene derecho a navegar por el río San Juan con embarcaciones que realizan funciones policiales. Que Costa Rica no tiene derecho de navegación por el río San Juan para efectos del intercambio de personal de los puestos policiales fronterizos en la margen derecha del río y de reabastecimiento de estos puestos, con equipo oficial, incluyendo servicio de armas y municiones.
- En cuanto al derecho de Nicaragua a regular la navegación en el río San Juan, en esa parte donde la navegación es común, la corte determina que Nicaragua tiene derecho a exigir que las embarcaciones costarricenses y sus pasajeros se detengan en el primer y último puesto nicaragüense en su ruta a lo largo de el río San Juan; Que Nicaragua tiene derecho a exigir que las personas que viajen por el río San Juan porten un pasaporte o un documento de identidad; que Nicaragua tiene derecho a emitir certificados de autorización de salida a las embarcaciones costarricenses que ejercen el derecho de libre navegación de Costa Rica, pero no tiene derecho a solicitar el pago de un cargo por la emisión de dichos certificados; que Nicaragua tiene derecho a imponer horarios de navegación a las embarcaciones que naveguen por el río San Juan; que Nicaragua tiene derecho a exigir que las embarcaciones costarricenses provistas de mástiles o torretas exhiban la bandera de Nicaragua;
- En lo que respecta a la pesca de subsistencia, el tribunal Considera que la pesca de los habitantes de la ribera costarricense del río San Juan con fines de subsistencia desde esa ribera debe ser respetada por Nicaragua como un derecho consuetudinario;
- En cuanto al cumplimiento de Nicaragua de sus obligaciones internacionales en virtud del Tratado de 1858 , la corte determina que Nicaragua no está actuando de acuerdo con sus obligaciones en virtud del Tratado de 1858 cuando exige a las personas que viajan por el río San Juan a bordo de embarcaciones costarricenses que ejercen el derecho de Costa Rica a navegación libre para la obtención de visas nicaragüenses; cuando requiera que las personas que viajen por el río San Juan a bordo de embarcaciones costarricenses que ejerzan el derecho de libre navegación de Costa Rica adquieran tarjetas turísticas nicaragüenses; y cuando requiera que los operadores de embarcaciones que ejercen el derecho de libre navegación de Costa Rica paguen cargos por los certificados de autorización de salida.
2010 Disputa Isla Calero
El 8 de octubre de 2010, el gobierno de Nicaragua inició operaciones para dragar 33 kilómetros (21 millas) del río San Juan , encabezadas por el comandante Edén Pastora . [6] [7] El 20 de octubre, el gobierno de Costa Rica denunció a las autoridades nicaragüenses una presunta violación de su soberanía, ya que tropas nicaragüenses habían ingresado a territorio costarricense. El gobierno de Costa Rica dijo que el dragado del río causó daños ambientales en los humedales de Isla Calero , que forma parte de la reserva natural de la isla , en un área que es propiedad del Ministerio de Medio Ambiente de Costa Rica . [7] [8] Nicaragua rechazó todos los reclamos y respondió que, de hecho, los costarricenses habían estado invadiendo su territorio, [8] y el Vicepresidente de Nicaragua comentó que "No podemos invadir nuestro propio territorio". [9] El gobierno costarricense respondió enviando 70 refuerzos policiales a la zona fronteriza el 22 de octubre. [8] [10] Nicaragua colocó alrededor de 50 soldados en la isla. [9] [10]
Según un diario costarricense, Edén Pastora justificó sus acciones con base en la frontera como lo muestra Google Maps y la necesidad de combatir el narcotráfico . [9] [12] [13] [14] Sin embargo, Pastora negó haber hecho afirmaciones sobre depender de Google Maps para determinar la frontera, y dijo a la prensa nicaragüense que su comprensión de la frontera se basaba en el texto original de 1858. Tratado Cañas-Jerez . [15] Un representante de Google Latinoamérica afirmó que si bien "los mapas de Google son de muy alta calidad y Google trabaja constantemente para mejorar y actualizar la información existente, de ninguna manera deben usarse como referencia para decidir acciones militares entre dos países". [15] Agregó, "En esta instancia Google ha determinado que hubo una inexactitud en la configuración de la frontera entre Costa Rica y Nicaragua y está trabajando para actualizar la información lo más rápido posible". [9] [15] La representación del borde fue posteriormente corregida por Google en Google Earth y en Google Maps. [13] [16]
Ambos países adoptaron diferentes enfoques sobre cómo resolver el problema. Nicaragua argumentó que se trataba de una disputa fronteriza que debería ser resuelta por la Corte Internacional de Justicia , mientras que Costa Rica alegó que se trataba de una incursión militar y que la Organización de Estados Americanos (OEA) debería resolver el asunto. [8]
El secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, se reunió con ambos gobiernos e inspeccionó el área de conflicto. Luego pidió a ambos países que retiren todas las tropas y el personal de seguridad del territorio en disputa como un primer paso hacia la apertura de un diálogo para resolver la situación de manera pacífica y demarcar la frontera para evitar más conflictos. [17] Costa Rica aceptó estos términos, pero Nicaragua se negó a retirar sus tropas. [14] En una reunión el 12 de noviembre, por 22 votos contra 2, los embajadores de la OEA aprobaron una resolución solicitando a Costa Rica y Nicaragua que retiren sus tropas de una zona de conflicto a lo largo de su frontera común y mantengan conversaciones para resolver su disputa. . [18] El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, descartó la posibilidad de retirar las tropas y desatendió la resolución de la OEA porque su gobierno consideró que esta organización no tenía jurisdicción para resolver disputas fronterizas. [17] En la misma conferencia de prensa, el presidente Ortega anunció su intención de presentar una demanda ante la Corte Internacional de Justicia por permiso para navegar por el río Colorado costarricense . [19]
En el plano político, algunos comentaristas criticaron a Daniel Ortega por supuestamente aprovecharse de este asunto para promover su reelección. [10] [20] La presidenta de Costa Rica, Laura Chinchilla, fue criticada por el ex presidente Óscar Arias por su ingenuo manejo de la situación. [20]
El 18 de noviembre de 2010 Costa Rica inició un proceso contra Nicaragua en la Corte Internacional de Justicia . La denuncia alega una incursión, ocupación y uso por parte del ejército de Nicaragua del territorio costarricense, violaciones de las obligaciones del tratado de Nicaragua hacia Costa Rica, y "dragado en curso y planificado y la construcción del canal (que) afectará gravemente el flujo de agua al Río Colorado de Costa Rica, y causará mayores daños al territorio costarricense, incluyendo los humedales y áreas protegidas nacionales de vida silvestre ubicadas en la región ”. Costa Rica también presentó una solicitud de medidas provisionales, que incluyen el retiro de todas las tropas nicaragüenses de la isla, el cese de la construcción de un canal en territorio costarricense, el cese inmediato del vertido de sedimentos en territorio costarricense y el cese inmediato de la tala de árboles, remoción de vegetación y suelo del territorio costarricense, incluyendo sus humedales y bosques. [21] [22] El mismo día, la OEA aprobó una solicitud de Costa Rica, por 22 votos contra 1 (y 7 abstenciones), para convocar una Reunión Consultiva de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA para analizar la situación entre Costa Rica y Nicaragua en la zona fronteriza del río San Juan. La reunión tuvo lugar el 7 de diciembre de 2010. [23] [24]
En marzo de 2011, la Corte Internacional de Justicia dictaminó provisionalmente que Costa Rica y Nicaragua deben abstenerse de enviar o mantener civiles, fuerzas de seguridad o policías en esta zona fronteriza en disputa, pero que a Costa Rica se le permitió enviar equipos civiles relacionados con asuntos ambientales. Se permitió que continuara el dragado de Nicaragua dentro del río San Juan, ya que Nicaragua tiene soberanía sobre el río propiamente dicho. [25]
Posteriormente surgió una disputa sobre una carretera que Costa Rica construyó en la frontera con Nicaragua. Nicaragua afirmó que se estaban dañando humedales y parques nacionales. Sin embargo, Costa Rica argumentó que era necesario para protegerse de los " sandinistas " y para brindar electricidad y otras necesidades a las personas que viven en un lugar remoto, para quienes el único medio de tránsito previo era el barco en el río San Juan. [26]
Una nota de aclaración: el conflicto no se desarrolla en Isla Calero, con 151,6 km 2 , sino en Isla Portillos (ubicada al norte de Calero) que es la octava isla más grande de Costa Rica (16,8 km 2 ), incluido el Refugio. Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte
, de acuerdo con el decreto Ejecutivo No. 23248-MIRENEN de 18 de mayo, 1994. Isla Portillos se ha confundido por los nicaragüenses y costarricenses, incluida la prensa y los gobiernos de ambos países, con la mayor Isla Calero. [27] A pesar de esto, el conflicto se conoce como el "conflicto de la isla Calero".Resolución 2015
El 16 de diciembre de 2015, la Corte Internacional de Justicia publicó su fallo. [28] El tribunal determinó que:
- Costa Rica tiene soberanía sobre el territorio en disputa. Al excavar tres caños y establecer una presencia militar en territorio costarricense, Nicaragua violó la soberanía territorial de Costa Rica. Al excavar dos caños en 2013 y establecer una presencia militar en el territorio en disputa, Nicaragua violó el fallo provisional emitido por la Corte el 8 de marzo de 2011. Además, Nicaragua violó los derechos de navegación de Costa Rica en el río San Juan de conformidad con el Tratado de 1858 de Límites. Nicaragua tiene la obligación de indemnizar a Costa Rica por los daños materiales causados por las actividades ilícitas de Nicaragua en territorio costarricense. Dicha compensación será acordada por las partes antes del 16 de diciembre de 2016 o, en su defecto, será determinada por el tribunal.
- Costa Rica violó su obligación bajo el derecho internacional general al no realizar una evaluación de impacto ambiental en relación con la construcción de la Ruta 1856.
En junio de 2016, Costa Rica realizó una estimación del daño a pagar de US $ 6.700.000 . Aceptó hacer una segunda evaluación de los daños si Nicaragua lo solicitaba. [29]
Justo antes de la fecha límite, el 6 de diciembre de 2016, el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, declaró públicamente que su país estaba dispuesto a pagar la multa. [30] Esto llevó a Costa Rica a extender el plazo para el acuerdo de monto.
El 16 de enero de 2017, aún no se llegó a un acuerdo sobre el monto. El gobierno de Costa Rica llenó un nuevo caso ante la Corte Internacional de Justicia sobre nueva presencia militar en su territorio [31] y solicitó a la corte que fijara un monto final y un plazo para la indemnización de la resolución de 2015.
El 2 de febrero de 2018, la Corte Internacional de Justicia dictaminó que "El monto total de la indemnización otorgada a Costa Rica es de 378.890,59 dólares estadounidenses que deberá pagar Nicaragua hasta el 2 de abril de 2018. Esta cantidad incluye la suma principal de 358.740,55 dólares EE.UU. los costos y gastos resarcibles por un monto de US $ 20 150,04 ". [32]
También el 2 de febrero de 2018, la CIJ emitió otra decisión en la disputa fronteriza entre Nicaragua y Costa Rica con respecto a Isla Portillos. El tribunal otorgó la playa de Isla Portillos entre la desembocadura del río San Juan y la Laguna Los Portillos a Costa Rica (ya que su canal intermedio con Isla Portillos había desaparecido en su mayoría de las fuerzas naturales). Nicaragua se quedó solo con la Laguna Los Portillos y su pequeña franja de playa. La CIJ concluyó que toda la playa era costarricense, excepto la parte directamente entre la laguna y el mar Caribe, ahora un pequeño enclave del territorio nicaragüense separado del resto del país. [33]
Ver también
- Relaciones exteriores de Costa Rica
- Relaciones exteriores de Nicaragua
- Lista de disputas territoriales
- Disputa territorial
- Disputas territoriales de Nicaragua
Referencias
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