Entertainment Software Ass'n v. Society of Composers, Authors and Music Publishers of Canada , 2012 SCC 34 , es una sentencia histórica de la Corte Suprema de Canadá que aclaró la naturaleza y la relación entre el conjunto de derechos creados para los propietarios de derechos de autor en virtud de la sección 3 (1) de la Ley de derechos de autor de Canadá . En particular, la Corte Suprema consideró la relación entre los derechos de reproducción y comunicación bajo la Ley de Derechos de Autor , y aplicó el principio de neutralidad tecnológica para sostener que descargar una obra involucraba solo el derecho de reproducción y no el derecho de comunicación.
Entertainment Software Ass'n v. Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá | |
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Audiencia: 6 de diciembre de 2011 Sentencia: 12 de julio de 2012 | |
Nombre completo del caso | Entertainment Software Association contra la Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá |
Citas | 2012 SCC 34, [2012] 2 SCR 231 |
Expediente No. | 33921 |
Historia previa | Apelación de la Corte Federal de Apelaciones , 2010 FCA 221 |
Decisión | Apelación permitida. |
Membresía de la corte | |
Presidente del Tribunal Supremo: Beverley McLachlin Puisne Magistrados: Louis LeBel , Marie Deschamps , Morris Fish , Rosalie Abella , Marshall Rothstein , Thomas Cromwell , Michael Moldaver , Andromache Karakatsanis | |
Razones dadas | |
Mayoria | Abella y Moldaver JJ., Junto con McLachlin CJ, Deschamps y Karakatsanis JJ. |
Disentimiento | Rothstein J., junto con LeBel, Fish y Cromwell JJ. |
Esta sentencia es una de una serie de cinco decisiones importantes e interrelacionadas sobre la ley de derechos de autor que la Corte Suprema emitió en 2012.
Fondo
La Entertainment Software Association (ESA) es una coalición de editores y distribuidores de videojuegos que permiten a sus clientes descargar copias de videojuegos a través de Internet. Estos juegos contienen obras musicales con derechos de autor y son idénticas a las copias vendidas en las tiendas o enviadas a los clientes por correo. Es una práctica estándar que los editores de videojuegos negocien derechos de autor por la reproducción de las obras musicales con los propietarios de los derechos de autor antes de que se publiquen los juegos. Después de las negociaciones, los propietarios de los derechos de autor no tienen más derechos una vez que se vende el juego, ya sea en una tienda o enviado a los clientes. [1]
La Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá (SOCAN) es una sociedad colectiva de compositores, autores y editores de música, que administra el derecho a comunicar al público por telecomunicaciones las obras protegidas por derechos de autor de sus miembros. En 1995, la SOCAN solicitó a la Junta de Derechos de Autor una tarifa que cubría las descargas de obras musicales a través de Internet. [2] La tarifa había sido impugnada por varias partes y dio lugar a una sentencia anterior de la Corte Suprema en la Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá v. Asociación Canadiense. de proveedores de Internet .
La Junta de Derechos de Autor se encargó de determinar qué actos basados en Internet comprometían los derechos de los miembros de SOCAN en virtud de la sección 3 (1) de la Ley de Derechos de Autor . La sección 3 (1) de la Ley de derechos de autor otorga a los propietarios de los derechos de autor:
el derecho exclusivo de producir o reproducir el trabajo o cualquier parte sustancial del mismo en cualquier forma material, para realizar el trabajo o cualquier parte sustancial del mismo en público o, si el trabajo es inédito, para publicar el trabajo o cualquier parte sustancial del mismo, y incluye el derecho exclusivo ... [3]
La sección 3 (1) luego enumera subsecciones adicionales, incluida la subsección (f) que dice, "en el caso de cualquier obra literaria, dramática, musical o artística, comunicar la obra al público por medio de telecomunicaciones". [4] El término "comunicar" no está definido en la ley.
La Junta de Derechos de Autor concluyó que la descarga de un archivo que contiene una obra musical es una comunicación al público por telecomunicación en el sentido de la s. 3 (1) (f). Por lo tanto, los miembros de SOCAN tenían derecho a una compensación cuando los editores vendían los videojuegos a través de Internet a pesar de que ya se habían negociado regalías. [5]
Decisión del tribunal inferior
La ESA apeló la decisión de la Junta de Derechos de Autor ante el Tribunal Federal de Apelaciones . La ESA argumentó que una descarga era una forma adicional y más eficiente de entregar copias de videojuegos a los clientes y no equivalía a "comunicar" ese juego al público mediante telecomunicaciones según la sección 3 (1) (f). SOCAN sostuvo que los propietarios de derechos de autor tienen derecho a una compensación por la comunicación de sus obras a través de descargas de Internet, ya que la reproducción y la comunicación son derechos diferentes e independientes según la ley. El Tribunal Federal de Apelaciones confirmó la decisión de la Junta de Derechos de Autor de que la descarga de un archivo que contiene una obra musical es una comunicación al público por telecomunicación. [6] La ESA apeló ante la Corte Suprema de Canadá.
Sentencia de la Corte Suprema de Canadá
La cuestión ante la Corte Suprema era si la descarga de un videojuego a través de Internet es una "comunicación al público" en el sentido de la s. 3 (1) (f) de la Ley .
Los jueces Abella y Moldaver emitieron la sentencia mayoritaria del Tribunal en una decisión de cinco a cuatro. El Tribunal sostuvo que la descarga de una copia permanente de un videojuego que contiene obras musicales a través de Internet no equivalía a una "comunicación" según la sección 3 (1) (f) de la Ley. El Tribunal revocó la decisión de la Junta de Derechos de Autor de que los miembros de la SOCAN tenían derecho a una compensación adicional por la comunicación de sus obras a través de descargas de Internet. [7]
Neutralidad tecnológica
Al llegar a esta conclusión, la Corte primero razonó que si se aplicaba una tarifa separada por "comunicación" a las descargas que contienen obras musicales, se violaría el principio de neutralidad tecnológica consagrado en el artículo 3 (1). La Corte señaló el caso de Robertson v. Thomson Corp. [8] para resaltar que el principio de neutralidad tecnológica "requiere que la Ley de Copyright se aplique por igual entre las formas tradicionales y las más avanzadas tecnológicamente de los mismos medios". [9]
Doble inmersión
A falta de evidencia de la intención del Parlamento en sentido contrario, el principio requería que la Ley de Derechos de Autor se interpretara para evitar "imponer una capa adicional de protecciones y tarifas basadas únicamente en el método de entrega del trabajo al usuario final". [10] Estaba claro en el razonamiento de la mayoría que Internet era simplemente otro medio más eficiente de entregar el mismo producto final que se podía comprar en una tienda o recibir por correo. Dado que la SOCAN ya había sido compensada en concepto de regalías, no tenían derecho a una compensación adicional simplemente porque los videojuegos se entregaban a través de Internet en lugar de en forma física. [11]
Historia legislativa
A continuación, el Tribunal examinó la historia legislativa de la ley. Razonó que el derecho a la comunicación estaba "históricamente relacionado con el derecho a realizar una obra y no con el derecho a reproducir copias permanentes de la obra". [12] Los jueces Abella y Moldaver siguieron el desarrollo de la sección 3 (1) de la Ley de derecho de autor a partir de los artículos del Convenio de Berna de 1886 para la protección de obras literarias y artísticas en los que se basó la Ley de derecho de autor original de 1921 . Luego pasaron a la promulgación de la sección 3 (1) (f) en la Ley de Enmienda de Derechos de Autor de 1931 . La Corte terminó con la última enmienda a la sección 3 (1) (f) en 1988. [13]
Al comparar el lenguaje utilizado durante la evolución histórica de la Ley y al utilizar también pruebas de debates legislativos, la Corte pudo concluir que el uso de la palabra "telecomunicaciones" no cambió fundamentalmente la naturaleza del derecho de comunicación, sino que simplemente amplió el medios de comunicar una obra. A los ojos de la Corte, el derecho a la comunicación fue históricamente y sigue siendo, una categoría de derecho de ejecución y no debería ser transformado por el uso de la palabra "telecomunicaciones" para alterar la distinción tradicional en la Ley entre derechos basados en la ejecución y derechos de reproducción.
Significado
Además de aclarar la naturaleza del derecho de comunicación en virtud de la sección 3 (1) (f) en lo que respecta a las descargas a través de Internet, la Corte Suprema también abordó el tema más amplio de la relación entre los derechos generales de los titulares de derechos de autor en virtud de la sección 3 (1 ) de la Ley y los derechos específicos bajo las subsecciones del artículo 3 (1). El Tribunal sostuvo que los derechos de reproducción, interpretación y publicación en el párrafo introductorio de la sección 3 (1) proporcionan la estructura básica del derecho de autor y los derechos enumerados en las subsecciones son simplemente ilustraciones de los tres derechos más amplios. Por lo tanto, los derechos enumerados no son derechos independientes adicionales, sino que son subcategorías del derecho a reproducir, realizar y publicar.
Enmiendas posteriores a la Ley de derechos de autor
El 7 de noviembre de 2012 entró en vigor la Ley de Modernización de los Derechos de Autor [14] . La Ley enmendó la Ley de Derechos de Autor , agregando en la sección 2.4 (1.1) que dicta que una "comunicación de una obra ... al público por telecomunicaciones incluye ponerla a disposición del público por telecomunicaciones de una manera que permita a un miembro del público tener acceder a él desde un lugar y a una hora elegidos individualmente por ese miembro del público ". [15]
Con base en el lenguaje de esta disposición, cabe preguntarse si la decisión de la Corte Suprema sigue siendo una buena ley. Posteriormente, SOCAN ha presentado a la Junta de Derechos de Autor que esta sección crea un nuevo derecho. SOCAN cree que tienen derecho a una nueva tarifa independientemente de si las obras musicales se transmiten posteriormente a los usuarios finales y cómo se transmiten. La primera ronda de respuestas a las presentaciones de la SOCAN vence el 5 de abril de 2013. [16]
Ver también
- Lista de casos de la Corte Suprema de Canadá
- Rogers Communications Inc. v. Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá , 2012 SCC 35 , un caso complementario que aclara el significado de "comunicación al público" en el contexto de la transmisión de música en línea.
- Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá v. Bell Canada , 2012 SCC 36 , un caso complementario que aclara el trato justo en el contexto de la música en streaming.
- Alberta (Educación) contra la Agencia Canadiense de Licencias de Derechos de Autor (Access Copyright) , 2012 SCC 37 , un caso complementario que aplica el trato justo a los libros de texto fotocopiados en las escuelas públicas.
- Re: Sound c. Motion Picture Theatre Associations of Canada , 2012 SCC 38 , un caso complementario que aclara la definición de "grabación de sonido" en el contexto de las bandas sonoras de obras cinematográficas.
Referencias
- ^ Entertainment Software Association v. Sociedad de compositores, autores y editores de música de Canadá, 2012 SCC 34 [ ESA ] en los párrafos 52-55.
- ^ ESA en los párrafos 56 a 57.
- ^ Ley de derechos de autor RSC 1985, c C-42, s 3 (1).
- ^ Ley de derechos de autor , artículo 3 (1) (f).
- ^ ESA en el párrafo 60.
- ^ ESA en el párrafo 61.
- ^ ESA en el párrafo 43.
- ^ 2006 SCC 43
- ^ ESA en el párrafo 5.
- ^ ESA en el párrafo 9.
- ^ ESA en párrs. 9-12.
- ^ ESA en el párrafo 12.
- ^ ESA en párrs. 13-24.
- ^ [1]
- ^ Ley de derechos de autor , sección 2.4 (1.1).
- ^ Howard Knopf, Blog de exceso de derechos de autor.
enlaces externos
- Texto completo de la decisión de la Corte Suprema de Canadá disponible en LexUM y CanLII