Convención de Ginebra sobre Prisioneros de Guerra (1929)


La Convención de Ginebra sobre los Prisioneros de Guerra fue firmada en Ginebra el 27 de julio de 1929. Su nombre oficial es Convención relativa al Trato debido a los Prisioneros de Guerra, Ginebra el 27 de julio de 1929 . Entró en vigor el 19 de junio de 1931. [1] Es esta versión de los Convenios de Ginebra la que cubrió el tratamiento de los prisioneros de guerra durante la Segunda Guerra Mundial . Es el antecesor del Tercer Convenio de Ginebra firmado en 1949.

Las disposiciones relativas al tratamiento de los prisioneros de guerra están contenidas en las Regulaciones de La Haya de 1899 y 1907 . En el transcurso de la Primera Guerra Mundialrevelaron varias deficiencias, así como una falta de precisión. Tales defectos fueron parcialmente superados por acuerdos especiales hechos entre beligerantes en Berna en 1917 y 1918. En 1921, la Conferencia Internacional de la Cruz Roja celebrada en Ginebra expresó el deseo de que se adoptara una convención especial sobre el trato de los prisioneros de guerra. El Comité Internacional de la Cruz Roja redactó un proyecto de convención que se presentó a la Conferencia Diplomática convocada en Ginebra en 1929. La Convención no sustituye sino que completa las disposiciones del Reglamento de La Haya. Las innovaciones más importantes consistieron en la prohibición de represalias y penas colectivas, la organización del trabajo de los presos, la designación, por parte de los presos, de representantes y el control ejercido por las Potencias protectoras .[2]

El artículo 1 hace referencia explícita a los artículos 1, 2 y 3 de la Convención de La Haya sobre las leyes y costumbres de la guerra terrestre ( La Haya IV ), [3] del 18 de octubre de 1907 , para definir quiénes son combatientes legítimos y así calificar como prisioneros . de guerra (POW) en la captura. Además de los combatientes cubiertos por La Haya IV, algunos civiles también están cubiertos en la sección de esta Convención llamada " Aplicación de la Convención a ciertas clases de civiles ".

Los artículos 2, 3 y 4 especifican que los prisioneros de guerra son prisioneros de la Potencia que los retiene y no prisioneros de la unidad que los toma; que los prisioneros de guerra tienen derecho al honor y al respeto, y que las mujeres deben ser tratadas con todo el respeto debido a su sexo, y que los presos de una categoría similar deben ser tratados de la misma manera.

Los artículos 5 y 6 cubren lo que se puede y no se puede hacer a un preso en el momento de la captura. Si se solicita, a menos que estén demasiado enfermos para cumplir, los reclusos están obligados a dar su verdadero nombre y rango, pero no pueden ser obligados a dar más información. Los bienes personales de los presos, excepto las armas y los caballos, no pueden serles arrebatados.

La redacción de la Tercera Convención de Ginebra de 1949 se modificó intencionalmente de la de la convención de 1929 para que los soldados que "caen en el poder" después de la rendición o capitulación masiva de un enemigo ahora estén protegidos, así como los que son hechos prisioneros en el curso de la lucha. [4] [5] (ver Fuerzas enemigas desarmadas )