La Cámara de Representantes (en español: Cámara de Representantes ) es la cámara baja del Congreso de Colombia . Tiene 172 miembros elegidos por períodos de cuatro años.
Cámara de los Representantes Cámara de Representantes | |
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Tipo | |
Tipo | |
Liderazgo | |
presidente | Germán Blanco Álvarez ( PCC ) desde el 20 de julio de 2020 |
Primer vicepresidente | Astrid Sánchez Montes de Oca ( PSUN ) desde el 20 de julio de 2020 |
Segundo vicepresidente | Germán Navas Talero ( PDA ) desde el 20 de julio de 2020 |
Estructura | |
Asientos | 172 [b] |
Grupos politicos | Gobierno (88)
Oposición (84) |
Elecciones | |
Sistema de votación | Representación proporcional |
Ultima eleccion | 11 de marzo de 2018 |
Próximas elecciones | 2022 |
Punto de reunión | |
Capitolio Nacional , Bogotá | |
Sitio web | |
camara.gov.co |
Sistema electoral
De acuerdo con la Constitución colombiana , la Cámara de Representantes, actualmente compuesta por 166 representantes que cumplen mandatos de cuatro años, se elige en distritos territoriales, distritos especiales y un distrito electoral internacional.
Los departamentos (y el distrito capital de Bogotá DC ) forman cada uno distritos electorales territoriales ( circunscripciones territoriales ). Cada circunscripción tiene al menos dos miembros y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 por encima de los 365.000 iniciales. Para la legislatura actual (2014-2018), 161 de los 166 miembros de la Cámara son elegidos en distritos territoriales.
También hay tres distritos electorales especiales, eligiendo a los cinco miembros restantes: uno para comunidades indígenas actualmente con un representante, uno para comunidades afrocolombianas ( negritudes ) actualmente con dos representantes y uno para ciudadanos colombianos residentes en el exterior actualmente con un representante. Como resultado de la reforma constitucional de 2015, el número de escaños asignados a los ciudadanos colombianos residentes en el exterior se redujo a uno, a partir de 2018, ya que se creará un asiento especial adicional para la circunscripción territorial del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. para representar a la comunidad Raizal del archipiélago . [1]
Desde 2014, la asignación de escaños adicionales se basa en el correspondiente aumento proporcional de la población nacional de acuerdo con los resultados del censo. Si como consecuencia de lo anterior una circunscripción territorial perdiera uno o más escaños, mantiene el número de escaños a los que tenía derecho el 20 de julio de 2002 [2].
Para las elecciones a la Cámara, los partidos políticos u otros movimientos y grupos tienen listas únicas , con un número de candidatos que no excede el número total de escaños por cubrir, aunque en distritos con solo dos escaños, las listas de los partidos pueden incluir un tercer nombre. El umbral actual para que los partidos obtengan escaños en una circunscripción territorial es el 50% del cociente electoral (votos totales divididos por el total de escaños) en las circunscripciones que devuelven más de dos miembros y el 30% del cociente electoral en las circunscripciones que presentan dos miembros. A continuación, los asientos se distribuyen utilizando el número de distribución o cifra repartidora . Este número se obtiene dividiendo sucesivamente el número de votos recibidos por cada lista por uno, dos, tres y así sucesivamente, y colocando los resultados en orden descendente hasta que el número total de resultados sea igual al número de escaños a cubrir. El número resultante más bajo se llama número de distribución ( cifra repartidora ). Cada lista obtendrá el número de escaños que corresponda al número de veces que el número de reparto está contenido en el número total de sus votos. [3] [2]
Los partidos pueden ejecutar una lista cerrada , con el orden de los candidatos predeterminado, u optar por el voto preferencial (lista abierta), donde la posición de los candidatos en la lista se reordena en función de los votos de preferencia individuales de los votantes. En las elecciones al Congreso, los votantes que eligen un partido que tiene una lista cerrada solo votan por la lista del partido; los votantes que eligen un partido con una lista abierta pueden indicar su candidato de preferencia entre los nombres que aparecen en la boleta, si el votante no indica una preferencia y solo vota por el partido, el voto es válido para propósitos del umbral pero no para reordenar la lista en base a votos preferenciales.
Distribución actual de asientos
Distrito electoral | Número de escaños (2014-2018) [4] |
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Amazonas | 2 |
Antioquia | 17 |
Arauca | 2 |
Atlántico | 7 |
Bogotá | 18 |
Bolívar | 6 |
Boyacá | 6 |
Caldas | 5 |
Caquetá | 2 |
Casanare | 2 |
Cauca | 4 |
Cesar | 4 |
Chocó | 2 |
Córdoba | 5 |
Cundinamarca | 7 |
Guainía | 2 |
Guaviare | 2 |
Huila | 4 |
La guajira | 2 |
Magdalena | 5 |
Meta | 3 |
Nariño | 5 |
Norte de Santander | 5 |
Putumayo | 2 |
Quindío | 3 |
Risaralda | 4 |
San Andrés y Providencia | 2 |
Santander | 7 |
Sucre | 3 |
Tolima | 6 |
Valle del Cauca | 13 |
Vaupés | 2 |
Vichada | 2 |
Afrocolombianos | 2 |
Ciudadanos colombianos en el exterior | 2 |
Comunidades indígenas | 1 |
Asientos totales | 166 |
Elegibilidad
Para ser representante, una persona debe ser ciudadano colombiano (por nacimiento o naturalización) mayor de 25 años al momento de la elección.
Hay reglas generales de inelegibilidad e incompatibilidad que se aplican a ambas cámaras del Congreso, explicadas aquí . Además, las reglas generales sobre el reemplazo y no reemplazo de miembros dependiendo de las diferentes circunstancias también se aplican a ambas cámaras del Congreso.
Poderes exclusivos de la casa
- Elegir al Defensor del Pueblo .
- Examinar y ultimar la cuenta general presupuestaria y de tesorería que le presenta la Contraloría General .
- Llevar cargos al Senado, a solicitud de la comisión de investigación y acusación, por el juicio político al Presidente (o quien los reemplace) y miembros de la Comisión de Aforados .
- Conocer las denuncias y agravios que presente el Procurador General o las personas físicas contra los citados funcionarios y, en su caso, interponer cargos por ese motivo ante el Senado.
- Solicite la ayuda de otras autoridades para continuar con las investigaciones.
Poderes judiciales
Hasta la reforma constitucional de 2015, la Comisión de Investigación y acusación (Comisión de Investigación y Acusación) de la Cámara de Representantes se recomienda al Pleno la acusación del Presidente , la Corte Constitucional los jueces, la Corte Suprema de jueces, Consejo Superior de la Judicatura miembros, Consejo de los jueces del Estado y del Fiscal General . Se decía que estos altos funcionarios del Estado se beneficiaban de un " fuero constitucional ", consagrado por primera vez en la Constitución de 1886 y mantenido por la Constitución de 1991, aunque los ministros del gabinete perdieron su protección constitucional especial en 1992.
La comisión de acusación de la Cámara había sido muy criticada a lo largo de los años y se decía que otorgaba inmunidad a cualquier alto funcionario acusado de corrupción o irregularidades. Entre 1886 y 2014, solo uno de los 40 presidentes de Colombia, Gustavo Rojas Pinilla , fue acusado y sentenciado por el Congreso en 1959 (después del final de su mandato), y esa decisión fue anulada por la Corte Suprema siete años después. [5] Entre 1992 y 2014, la comisión de denuncias recibió un total de 3.496 denuncias, de las cuales el 56% fueron cerradas y el 44% aún pendientes. Ningún caso resultó en juicio político y, de hecho, solo un caso llegó al piso de la Cámara, el del presidente Ernesto Samper para el Proceso 8000 . [5]
Comisión de Aforados
La reforma constitucional del gobierno en 2015 despojó a la comisión de acusaciones de la mayor parte de su poder y restringió el actual fuero constitucional al presidente. En su lugar, la reforma de 2015 creó la Comisión de Aforados , que investigará y procesará a los jueces y al Fiscal General antes mencionados, aunque hayan dejado de ejercer sus funciones. La comisión estará integrada por cinco miembros elegidos en sesión conjunta del Congreso por períodos individuales de ocho años, a partir de listas enviadas por el Consejo de Gobierno Judicial y elaboradas mediante concurso público. Las reglas de elegibilidad, inelegibilidad e incompatibilidad para la comisión serán las mismas que para los miembros de la Corte Suprema de Justicia.
En el caso de investigaciones por indignidad para servir por falta de conducta, la nueva comisión presentará sus cargos, cuando sea necesario, a la Cámara de Representantes, que solo podrá suspender o remover al imputado. La decisión de la Cámara puede apelarse ante el Senado, que tiene la última palabra. En tales casos, la comisión tendrá 60 días para presentar una acusación y 30 días para decidir. En el caso de investigaciones por otros delitos, la comisión presentará cargos a la Corte Suprema de Justicia para su posterior procesamiento.
La nueva comisión se formará luego de un período transitorio de un año, durante el cual la comisión de acusaciones conserva sus responsabilidades originales.
Elecciones
La elección parlamentaria más reciente en Colombia tuvo lugar el 11 de marzo de 2018. Para las elecciones anteriores, consulte la siguiente tabla:
Ver también
- Historia constitucional de Colombia
- Lista de presidentes de la Cámara de Representantes
Referencias
- ^ "Constitución Política de 1991 (Artículo 176)" . Secretaría General del Senado.
- ^ a b "Colombia 1991 (rev. 2013)" . Constituir Proyecto.
- ^ "Constitución Política de 1991 (Artículo 262)" . Secretaría General del Senado.
- ^ "Decreto por el cual se deroga el decreto 2788 de 2013 y se publica el número de Representantes a la Cámara que se elegirán por circunscripciones territoriales y circunscripciones especiales el 9 de marzo de 2014". Decreto N ° 2897 de 16 de diciembre de 2013 (PDF ).
- ^ a b "Los penosos números de la Comisión de Acusaciones" . Semana . 5 de marzo de 2015.
Notas
- ^ Como acuerdo de proceso de paz entre el Gobierno colombiano y los rebeldes de las FARC, las FARC acuerdan desarmarse a cambio de 5 escaños parlamentarios en el Senado y la Cámara.
- ^ El número de escaños cambió tanto en el Senado como en la Cámara debido al proceso de paz con las FARC, que obtienen 5 escaños parlamentarios en el Senado y la Cámara y el presidente que es elegido obtiene 1 escaño
enlaces externos
- Página web oficial
Coordenadas : 4 ° 35′54 ″ N 74 ° 04′36 ″ W / 4.59833 ° N 74.07667 ° W / 4.59833; -74.07667