El litigio internacional , a veces llamado litigio transnacional , es la práctica del litigio en relación con disputas entre empresas o personas que residen o tienen su sede en diferentes países.
La principal diferencia entre el litigio internacional y el litigio nacional es que, en el primero, es más probable que ciertas cuestiones sean de importancia, como la jurisdicción personal, la notificación del proceso, las pruebas del exterior y la ejecución de sentencias.
Jurisdicción
Aunque existen diferencias entre los estatutos jurisdiccionales de muchos estados estadounidenses, todos están sujetos a los requisitos del debido proceso impuestos por la Constitución de los Estados Unidos. [1] Como resultado, la mayoría de los abogados estadounidenses que están familiarizados con los principios generales de jurisdicción en uno o más estados de los EE. UU. Pueden orientar a sus clientes a través de cuestiones jurisdiccionales relacionadas con disputas entre litigantes de diferentes estados.
La situación es diferente con respecto a los principios jurisdiccionales en el contexto internacional. La primera diferencia se refiere a la jurisdicción de brazo largo , que es la concesión legal de jurisdicción a los tribunales locales sobre los acusados fuera del estado. Un estatuto de brazo largo autoriza a un tribunal en un estado a ejercer jurisdicción sobre un acusado fuera del estado. Sin un estatuto de brazo largo, los tribunales de un estado podrían no tener jurisdicción personal sobre un acusado fuera del estado. La autorización de un estado para ejercer jurisdicción está limitada por la Constitución federal. El uso de un estatuto de brazo largo generalmente se considera constitucional cuando el acusado tiene ciertos contactos mínimos con el estado del foro y ha habido un aviso razonable de la acción contra ese acusado.
En segundo lugar, muchos países opinan que los conceptos estadounidenses de jurisdicción de brazo largo son demasiado amplios, y los tribunales de esos países no reconocerán los fallos de los tribunales estadounidenses basados en el ejercicio de la jurisdicción de brazo largo de Estados Unidos.
Al considerar el tema desde una perspectiva no estadounidense, los tribunales de algunos países ejercen jurisdicción sobre la base de principios que los tribunales estadounidenses considerarían injustos y repugnantes al derecho estadounidense.
Por ejemplo, en algunos países, como Inglaterra e Israel, un tribunal puede ejercer jurisdicción sobre un acusado que se considera una parte "necesaria o adecuada" en un caso contra un acusado local. [2] No está claro que tal base jurisdiccional sea confirmada por los tribunales estadounidenses cuando el acreedor de la sentencia no estadounidense busca hacer cumplir en los Estados Unidos.
Servicio de procesos
En cada demanda, el demandante debe efectuar la notificación del proceso al demandado (s). En el contexto internacional, el tema de la notificación del proceso es más complejo.
En los Estados Unidos, la notificación del proceso se lleva a cabo habitualmente por abogados privados o sus agentes. En contraste, muchos otros países consideran que la actividad del proceso de notificación en un procedimiento judicial es apropiada solo para el gobierno o un brazo del gobierno.
Como resultado de los diferentes enfoques sobre la cuestión de la notificación del proceso, varias naciones firmaron el Convenio de La Haya (1965), según el cual se requiere que cada nación miembro establezca una Autoridad Central para recibir, revisar y ejecutar las solicitudes de tribunales extranjeros para llevar a cabo fuera de servicio de proceso.
La mayoría de los países que son signatarios de la Convención de Notificación de La Haya aceptarán solicitudes de notificación firmadas por el abogado del demandante (demandante). Dos excepciones son el Reino Unido e Israel.
Cualquier abogado que ignore los aspectos internacionales del servicio de proceso al demandar a un acusado que no sea de los Estados Unidos podría encontrar que la sentencia resultante no puede ejecutarse donde los activos de los acusados estén disponibles.
Evidencia
Según las Reglas Federales de Procedimiento Civil, un abogado con licencia en un distrito federal puede ejecutar una citación para obtener documentos o testimonio de un testigo ubicado en un distrito federal (distante). [3]
A diferencia de la situación nacional, cuando una parte de una disputa internacional necesita obtener pruebas ubicadas en un país extranjero, esa parte normalmente deberá solicitar al tribunal local que (el tribunal) emita una Carta de solicitud de conformidad con al Convenio de La Haya sobre Pruebas . Bajo el HEC, cada estado miembro debe designar una Autoridad Central para recibir, revisar y llevar a cabo las solicitudes entrantes para obtener evidencia de personas (u otras entidades) ubicadas en el país receptor.
Los litigantes ante tribunales no estadounidenses pueden solicitar la asistencia de los tribunales estadounidenses para obtener pruebas, a través de la Sección 1782 Discovery . El uso de la Sección 1782 ha aumentado en los últimos años.
Consideraciones de prueba
Una vez que una demanda pasa de la etapa de descubrimiento y está lista para el juicio, las diferencias entre el litigio interno y el litigio internacional son mucho menos pronunciadas. No obstante, existen cuestiones especiales que involucran a litigantes no estadounidenses.
Dependiendo de la sofisticación del lenguaje de los testigos en nombre de la parte no estadounidense, podría ser necesario hacer arreglos para que un intérprete traduzca el testimonio del juicio. Los intérpretes cuestan dinero, lo que aumenta los costos del juicio.
Reconocimiento y ejecución
En el contexto interno de los Estados Unidos, el reconocimiento de sentencias se rige por la Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución federal.
La plena fe y crédito no se aplica a los juicios fuera de los EE. UU.
Estados Unidos no es parte de ningún tratado multilateral que regule el reconocimiento de sentencias extranjeras. No obstante, el enfoque de los tribunales estadounidenses para el reconocimiento de sentencias no estadounidenses ha sido liberal, desde la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en Hilton v. Guyot .
La mayoría de los estados de los Estados Unidos han promulgado la Ley Uniforme de Reconocimiento de Sentencias de Dinero Extranjero, [4] que rige el reconocimiento de sentencias no estadounidenses.
Como regla general, en virtud de la Ley Uniforme, los motivos de no reconocimiento pueden basarse en:
- Falta de contundencia: si la sentencia fue dictada bajo un sistema que no cuenta con tribunales imparciales o procedimientos compatibles con los requisitos del debido proceso legal.
- el tribunal extranjero no tenía jurisdicción personal sobre el acusado.
- El tribunal extranjero no tenía jurisdicción sobre el tema;
- El acusado en el proceso en el tribunal extranjero no recibió notificación del proceso con tiempo suficiente para que pudiera defenderse;
- La sentencia se obtuvo mediante fraude;
- La causa de la acción en la que se basa la sentencia es repugnante a la política pública del estado donde se busca la ejecución;
- El juicio entra en conflicto con otro juicio final y concluyente;
- El procedimiento en el tribunal extranjero fue contrario a un acuerdo entre las partes en virtud del cual la controversia en cuestión debía resolverse de otra manera que mediante un procedimiento en ese tribunal; o
- En el caso de jurisdicción basada únicamente en notificación personal, el tribunal extranjero era un foro seriamente inconveniente para el juicio de la acción; o
- La sentencia busca hacer cumplir las leyes tributarias y de ingresos de una jurisdicción extranjera.
Otras Consideraciones
Algunos estados de los Estados Unidos requieren que las corporaciones extranjeras depositen "garantía" al presentar una demanda en sus tribunales. Algunos otros estados requieren que las corporaciones extranjeras se registren para hacer negocios como condición para demandar.
En casos en un tribunal federal, un testigo con sede fuera de los Estados Unidos puede ejecutar una declaración jurada (o declaración) de conformidad con la sección 1746 del 28 USC sin que su firma sea certificada ante notario. Este procedimiento hace que el tribunal federal sea más atractivo para un litigante que espera tener que depender de testigos que no se encuentran en los Estados Unidos.
Referencias
- ^ A. Parrish, "Soberanía, no debido proceso: jurisdicción personal sobre demandados extranjeros no residentes" (2006) 41 Wake Forest L. Rev. 1
- ^ Enciclopedia de litigios comerciales internacionales, capítulos sobre Reino Unido e Israel
- ^ Regla federal de procedimiento civil 45
- ↑ 13 ULA 149 (1986)