Democracia sindical


La democracia sindical es un término que se refiere a la gobernanza de los sindicatos , en términos de la calidad de los procedimientos electorales para garantizar que los ejecutivos de un sindicato representen con mayor precisión los intereses de los miembros.

En 1911, un sociólogo alemán, Robert Michels, propuso la opinión de que todas las organizaciones democráticas eran propensas a convertirse en oligarquías debido al crecimiento y tamaño de las organizaciones modernas, la necesidad de especialización de los funcionarios y la necesidad de que esta división del trabajo liderara el rango. y archivo para luchar por comprender las actividades de sus líderes. Michels argumentó que esto equivalía a una ley de hierro de la oligarquía : todos los grupos, independientemente de cuán democráticos puedan ser al principio, eventualmente e inevitablemente se convierten en oligarquías con burocracias hinchadas .

El propio Michels, después de pelearse con el Partido Socialdemócrata Alemán, emigró a Italia y se unió al Partido Fascista de Mussolini . Sin embargo, sus ideas fueron popularizadas después de la Segunda Guerra Mundial, en particular por Seymour Martin Lipset , Trow y James Samuel Coleman en un libro titulado Union Democracy: The Internal Politics of the International Typographical Union (1957). Este libro argumentaba que la UITera una excepción a la ley general de Michels, y que las condiciones necesarias para asegurar la democracia eran que pudiera formarse una oposición a la dirección del sindicato. Esto dependía de asegurar que el liderazgo no monopolizara los canales de comunicación con los miembros.

Lipset y sus coautores limitaron su comprensión de la "democracia" a la existencia de una oposición organizada. Se mostraron escépticos de que las condiciones en la UIT, que la hicieron democrática, pudieran surgir espontáneamente en muchos otros sindicatos.

Después de esto, en 1959, el gobierno federal de EE. UU. aprobó la Ley Landrum-Griffin de 1959 para exigir que se siguieran los principios democráticos en el gobierno sindical.

Si bien existen algunas similitudes superficiales con el llamado modelo de organización de la actividad sindical, los defensores de la democracia sindical se apresuran a señalar que muchos de los supuestos ejemplos del modelo de organización no cumplen, en su estructura interna, con los requisitos enumerados anteriormente.