Lawrie-Blum contra Land Baden-Württemberg (1986) El caso 66/85 fue uncaso de Derecho de la Unión Europea sobre la libre circulación de trabajadores dentro del territorio de la Unión Europea . La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se refería al alcance de la protección de las personas con respecto a los derechos laborales. El Tribunal consideró que un contrato de trabajo requiere que alguien trabaje bajo la dirección de otro.
Lawrie-Blum contra Land Baden-Württemberg | |
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Tribunal | Corte de justicia europea |
Decidido | 3 de julio de 1986 |
Cita (s) | Asunto 66/85 (Rec. P. 2121) [1986] |
Palabras clave | |
Libre circulación de trabajadores Contrato de trabajo |
Hechos
Deborah Lawrie-Blum era una ciudadana británica que había superado la primera etapa de la formación del profesorado mientras estudiaba en la Universidad de Friburgo . El estado de Baden-Württemberg le negó la entrada a la segunda etapa de formación porque los profesores en Alemania son considerados funcionarios públicos . La ley federal establece que esos puestos solo pueden ser ocupados por ciudadanos alemanes. Lawrie-Blum llevó el caso al Landgericht (Tribunal del Estado) de Stuttgart alegando que era trabajadora y, por tanto, tenía derecho a obtener un empleo en cualquier estado de la CEE .
El Landesgericht sostuvo que un profesor en formación no era un «trabajador» en los términos del artículo 48, apartado 1, del Tratado de la Comunidad Económica Europea y, aunque lo fuera, se aplicaba una exención de funcionario en el artículo 48, apartado 4. Lawrie-Blum luego apeló al Bundesverwaltungsgericht (Tribunal Administrativo Federal), que solicitó una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE).
Juicio
El TJCE declaró que el concepto de 'trabajador' en el artículo 48 debería interpretarse en sentido amplio como (I) una persona (II) que realiza servicios (III) bajo la dirección de otra (IV) a cambio de una remuneración, y que incluía a un profesor en formación. El artículo 48 (4) debe interpretarse de manera restrictiva y solo para salvaguardar los intereses de un estado,
17. Sin embargo, la característica esencial de una relación de trabajo es que durante un cierto período de tiempo una persona presta servicios para y bajo la dirección de otra persona a cambio de lo cual recibe una remuneración.