Cuadriciclo (clasificación de vehículos de la UE)


El cuadriciclo es una categoría de vehículos de la Unión Europea para microcoches de cuatro ruedas , lo que permite que estos vehículos se diseñen con requisitos menos estrictos en comparación con los coches normales. Los cuatriciclos se definen por limitaciones en términos de peso, potencia del motor y velocidad.

La clasificación de los cuatriciclos se creó oficialmente en 1992, cuando la Unión Europea publicó la Directiva 92/61/CEE que decretaba que los cuadriciclos entraban en la misma categoría que los ciclomotores . En 2002, la Directiva Marco 2002/24/EC refinó esta definición distinguiendo entre cuatriciclos ligeros y pesados ​​(categorías L6e y L7e). [2]

El marco para las licencias de conducir de cuatriciclos ligeros en la UE se publicó en 2006, con la Directiva 2006/126 (la tercera directiva sobre licencias de conducir ). Esta directiva aplica los mismos requisitos para los cuadriciclos ligeros que para los ciclomotores. Esta directiva incluye una recomendación para especificar una edad mínima para conducir de 16 años, aunque el límite de edad en realidad varía entre 14 y 18 años entre países.

Los cuatriciclos ligeros (L6e) están definidos por la Directiva Marco 2002/24/CE como: "vehículos de motor de cuatro ruedas cuya masa en vacío no supere los 425 kg, [3] sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos , cuya la velocidad máxima de diseño no es superior a 45 km/h, y:

Estos vehículos deberán cumplir los requisitos técnicos aplicables a los ciclomotores de tres ruedas de la categoría L2e, a menos que se especifique lo contrario en cualquiera de las directivas específicas". [2]

Los cuadriciclos (L7e), también denominados cuatriciclos pesados, están definidos por la Directiva marco 2002/24/CE como vehículos de motor de cuatro ruedas "distintos de los denominados (cuatriciclos ligeros), cuya masa en vacío no supere los 450 kg [ 3] (categoría L7e) (600 kg para vehículos destinados al transporte de mercancías), sin incluir la masa de las baterías en el caso de vehículos eléctricos, con una carga útil de diseño no superior a 200 kg (pasajeros) o 1000 kg (mercancías), y cuya potencia neta máxima del motor no supere los 15 kW. Estos vehículos se considerarán triciclos de motor y cumplirán los requisitos técnicos aplicables a los triciclos de motor de la categoría L5e, a menos que se especifique lo contrario en cualquiera de las Directivas específicas". [2]