Oliari y otros contra Italia (solicitud núms. 18766/11 y 36030/11) es un caso decidido en 2015 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el que el Tribunal estableció una obligación positiva para los Estados miembros de otorgar reconocimiento legal a los mismos. -Parejas sexuales.
Oliari y otros contra Italia | |
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Decidido el 21 de julio de 2015 | |
Nacionalidad de partidos | italiano |
Composición de la corte | |
Presidente Päivi Hirvelä | |
Jueces
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Fondo
El TEDH sostuvo anteriormente en Schalk y Kopf v Austria (2010) que la Convención no obliga a los estados miembros a abrir el matrimonio a parejas del mismo sexo, pero si hay un tipo diferente de esquema de pareja, las parejas del mismo sexo no pueden ser excluidas por Vallianatos y otros contra Grecia (2013).
El matrimonio entre personas del mismo sexo no es legal en Italia, ni en el momento del caso proporcionaba ningún otro tipo de reconocimiento para parejas del mismo sexo o del sexo opuesto, siendo el último condado importante de Europa occidental en no hacerlo.
Los demandantes eran seis hombres italianos (tres parejas del mismo sexo) que presentaron sus casos en 2011 después de que los tribunales italianos rechazaran su solicitud de matrimonio.
Juicio
El Tribunal sostuvo que Italia violó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos ("Derecho al respeto de la vida privada y familiar") con la falta de reconocimiento legal de las relaciones entre personas del mismo sexo.
En la revisión de la ley relevante, el Tribunal también hizo referencia a Obergefell v. Hodges , un fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos que legaliza el matrimonio entre personas del mismo sexo, que se publicó pocos días antes de que el TEDH deliberara en Oliari y otros v . Italia .
Sin embargo, el TEDH concluyó que, a pesar de la evolución de los estados a favor de la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, no hay violación del artículo 12 (derecho a contraer matrimonio) y, por lo tanto, confirmó su fallo anterior en Schalk y Kopf v Austria (2010).