Derecho a la propiedad


El derecho a la propiedad , o el derecho a la propiedad (cf. propiedad ) se clasifica a menudo como un derecho humano de las personas físicas con respecto a sus posesiones. Un reconocimiento general de un derecho a la propiedad privada se encuentra más raramente y generalmente está fuertemente restringido en la medida en que la propiedad es propiedad de personas jurídicas (es decir, corporaciones ) y cuando se utiliza para la producción en lugar del consumo. [1]

El derecho a la propiedad está reconocido en el artículo 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos , [2] pero no está reconocido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales . [3] El Convenio Europeo de Derechos Humanos , en el Protocolo 1, artículo 1, reconoce el derecho de las personas físicas y jurídicas al "goce pacífico de sus posesiones", sujeto al "interés general o para garantizar el pago de impuestos".

El derecho a la propiedad es uno de los derechos humanos más controvertidos, tanto por su existencia como por su interpretación. La controversia sobre la definición del derecho hizo que no estuviera incluido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ni en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales . [4]La controversia se centra en quién se considera que tiene los derechos de propiedad protegidos (por ejemplo, seres humanos o también corporaciones), el tipo de propiedad que está protegida (propiedad utilizada con fines de consumo o producción) y las razones por las cuales la propiedad puede ser restringida (por ejemplo , por normativa, tributación o nacionalización en interés público). En todos los instrumentos de derechos humanos existen restricciones implícitas o expresas sobre la medida en que se protege la propiedad. El artículo 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) consagra el derecho a la propiedad de la siguiente manera:

(1) Toda persona tiene derecho a poseer una propiedad, tanto sola como en asociación con otras personas. (2) Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. [5]

El objeto del derecho de propiedad, como se suele entender hoy en día, consiste en bienes ya poseídos o poseídos, o bienes adquiridos o por adquirir por medios lícitos. No en oposición sino en contraste con esto, algunas propuestas también defienden un derecho universal a la propiedad privada, en el sentido de un derecho de toda persona a recibir efectivamente una cierta cantidad de propiedad, basado en un reclamo sobre los recursos naturales de la Tierra u otras teorías de justicia . [6]

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) protege el derecho a la propiedad de manera más explícita en el artículo 14, [7] que establece:


Dos tratados de gobierno de John Locke de 1689 en los que Locke llama "vidas, libertades y propiedades" a la "propiedad" de los individuos.