Una cláusula pasarela es una cláusula en los tratados de la Unión Europea que permite la alteración de un procedimiento legislativo sin una enmienda formal de los tratados. El uso de una cláusula pasarela requería la unanimidad de todos los estados miembros, aunque los estados miembros con exclusión voluntaria y aquellos que no participan en un área bajo cooperación reforzada pueden no tener voto. A diferencia de la revisión formal de los tratados, su uso no requiere ratificación nacional. Passerelle es francés para un pequeño puente.
Cláusulas generales
A partir de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa , existen dos cláusulas pasarela generales que se aplican a todas las decisiones tomadas en virtud de los tratados. Están sujetos a las siguientes condiciones previas:
- Debe ser aprobado por el Parlamento Europeo por mayoría absoluta de sus miembros (al menos 376 de un total de 751 diputados deben votar a favor), [1] y
- Los parlamentos nacionales deben ser notificados de cualquier uso previsto de una cláusula pasarela general. Si alguien se opone a una propuesta dentro de un período de 6 meses, la propuesta fracasa. [2]
Siempre que se cumplan las condiciones previas, el Consejo Europeo, por unanimidad [2], podrá:
- reemplazar el voto unánime en el Consejo de Ministros por el voto por mayoría cualificada , [2] y
- pasar de un procedimiento legislativo especial al procedimiento legislativo ordinario . [2]
Cláusulas específicas
Hay otras seis cláusulas específicas. [3] Se aplican a áreas políticas específicas y pueden ser más fáciles de adoptar que las cláusulas generales, ya que requieren menos condiciones previas. En cuatro de ellos, es el Consejo de Ministros y no el Consejo Europeo el que puede tomar la decisión de utilizar la cláusula. El Parlamento Europeo no tiene ningún papel en cuatro de las cláusulas y se limita a ser consultado en las otras dos. El veto parlamentario nacional solo se mantiene en uno de ellos.
- Consejo Europeo actuando solo
- De conformidad con el artículo 31 del TUE, el Consejo Europeo puede ampliar la lista de asuntos de política exterior en los que el Consejo de Ministros puede votar por mayoría cualificada. [2]
- De conformidad con el artículo 312 del TFUE, el Consejo Europeo puede adoptar una decisión que permita al Consejo de Ministros actuar por mayoría cualificada al adoptar reglamentos por los que se establezca el marco financiero plurianual. [2]
- Cooperación reforzada
- De conformidad con el artículo 333 del TFUE, los Estados miembros que participan en una cooperación reforzada pueden votar a favor de:
- pasar a la votación por mayoría cualificada, o
- pasar de un procedimiento legislativo especial al legislativo ordinario
- dentro de esa cooperación reforzada. La decisión la toman por unanimidad los Estados miembros participantes en el Consejo de Ministros. En caso de que se proponga pasar de una legislativa especial a una ordinaria, se debe consultar al Parlamento Europeo.
- Consejo de Ministros a propuesta de la Comisión Europea tras haber consultado al Parlamento Europeo
- En virtud del artículo 153 del TFUE, el Consejo, por unanimidad a propuesta de la Comisión, tras consultar al Parlamento Europeo, cambia la toma de decisiones en determinados ámbitos que afectan al derecho de los trabajadores de un procedimiento legislativo especial (unanimidad con consulta al PE) al procedimiento legislativo ordinario.
- De conformidad con el artículo 192 TFUE, el Consejo, por unanimidad a propuesta de la Comisión, tras consultar al Parlamento Europeo, cambia la toma de decisiones en determinados ámbitos que afectan a cuestiones medioambientales de un procedimiento legislativo especial (unanimidad con consulta al PE) al procedimiento legislativo ordinario.
- Consejo de Ministros a propuesta de la Comisión Europea después de que ningún parlamento nacional haya objetado con un período de notificación de seis meses
- Con arreglo al artículo 81 TFUE, el Consejo de Ministros puede adoptar una decisión por la que se determinen los aspectos del Derecho de familia con repercusiones transfronterizas que pueden ser objeto de actos adoptados por el procedimiento legislativo ordinario. [2]
Ver también
Referencias
- ^ El párrafo final del artículo 48 (7) del Tratado de la Unión Europea (en su forma enmendada).
- ^ a b c d e f g Comité selecto de la Unión Europea (26 de febrero de 2008). "Capítulo 3: revisión simplificada del tratado y pasarela" . Décimo Informe . Parlamento del Reino Unido . Consultado el 19 de julio de 2014 .
- ^ "Procedimientos legislativos" . Europa . Comisión Europea . Consultado el 19 de julio de 2014 .