Comisión de Auditoría (Filipinas)


La Comisión de Auditoría ( COA ; filipino : Komisyon ng Pagsusuri ) es una comisión constitucional independiente establecida por la Constitución de Filipinas . Tiene la función principal de examinar, auditar y liquidar todas las cuentas y gastos de los fondos y propiedades del gobierno filipino . [2]

La Comisión de Auditoría es una creación de la constitución de 1987. Fue precedida por la Oficina del Auditor en 1899, rebautizada como Oficina del Auditor Insular en 1900, luego a la Oficina de Auditorías en 1905. La constitución de 1935 creó la Oficina de Auditoría General (GAO), y fue dirigida por el Auditor General. La constitución de 1973 cambió el nombre de la GAO a la Comisión de Auditoría, un organismo colegiado dirigido por un presidente, con dos comisionados. Esa configuración fue retenida por la constitución de 1987.

La Comisión de Auditoría está compuesta por un presidente y dos comisarios. Deben ser ciudadanos por nacimiento de al menos treinta y cinco años de edad, y deben ser Contador Público Autorizado o abogado . Los miembros de la comisión son nombrados por el Presidente de Filipinas , con el consentimiento de la Comisión de Nombramientos, por un período de siete años sin reelección. [3]

Los miembros de la comisión solo pueden ser destituidos por muerte, renuncia o juicio político.

La Constitución de 1987 escalonó los mandatos de los miembros de las Comisiones Constitucionales. De los primeros nombrados, el presidente serviría siete años (primera línea), un comisionado serviría cinco años (segunda línea) y otro comisionado serviría tres años (tercera línea). Cada período de siete años se indica alternando barras negras y grises en la siguiente tabla.

En Funa v. Villar , la Corte Suprema dictaminó que un Comisionado solo puede ser designado como Presidente si el término restante para el cargo de presidente y el término que el Comisionado ya había servido no excede los siete años. En tal caso, el Comisionado promovido como Presidente cumpliría el mandato restante del presidente, perdiendo el derecho a la duración de su mandato original como Comisionado. Esto se basó en un caso en el que Reynaldo A. Villar, quien fue nombrado comisionado en 2004, fue nombrado presidente en 2008, lo que le hizo cumplir once años en total. Villar renunció antes de cumplir el mandato completo de siete años como presidente, pero antes de la resolución del caso. [4]