Comisión de la Verdad de Filipinas


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La Comisión de la Verdad de Filipinas se creó para descubrir la verdad sobre los informes de corrupción y sobornos a gran escala en el gobierno anterior; ponerles un cierre mediante la presentación de los casos correspondientes contra los implicados. Además, para disuadir a otros de cometer tales delitos y restaurar la fe y la confianza del pueblo en el Gobierno y en sus servidores públicos. El 30 de julio de 2010, el presidente Benigno Aquino, IIIestableció la Comisión de la Verdad de Filipinas para averiguar la verdad sobre los informes de sobornos y corrupción a gran escala en el gobierno anterior y ponerles un cierre mediante la presentación de los casos apropiados contra los involucrados. Además, para evitar que otros cometan tales delitos y restablecer la fe y la confianza del pueblo en el Gobierno y en sus servidores públicos. [1]

Historia

Se remonta a 2010, a partir de una serie de hechos dentro de las elecciones, con el tema de la corrupción masiva, en los que Benigno Simeon Aquino III formó un organismo especial encargado de investigar las supuestas instancias de soborno y corrupción del Arroyo Gloria Macapagal.administración, junto con algunos otros incidentes. La comisión examinó cómo su administración manipuló las elecciones presidenciales de 2004, haciendo un mal uso de los fondos gubernamentales y se benefició de los contratos gubernamentales. El 30 de julio de 2010, el presidente Benigno Aquino III firmó la Orden Ejecutiva No. 1 que establece la Comisión de la Verdad de Filipinas de 2010. Es una entidad dependiente de la Oficina del Presidente que se forma para investigar denuncias de corrupción y soborno y presentar recomendaciones basadas en la procedimientos de investigación al presidente. Dos casos atacaron la validez y constitucionalidad de la Orden Ejecutiva No. 1. El primer caso es una acción civil especial de prohibición instituida por el peticionario Louis Biraogo. El segundoEl caso es una acción civil especial para certiorari y prohibición presentada por Lagman, Albano, Jr., Datumanong y Fua. [2]

Línea de tiempo

  • El 29 de junio de 2010, Aquino anunció sus planes para la creación de la comisión de la verdad, que sería encabezada por el presidente del Tribunal Supremo Hilario Davide Jr. , lo que le permitirá emitir una orden ejecutiva para oficializar la comisión y aclarar cualquier ambigüedad respecto a la comisión. autoridad.
  • El 26 de julio de 2010, Aquino firmó la primera orden ejecutiva para crear formalmente la Comisión de la Verdad dentro de su Discurso sobre el Estado de la Nación.
  • El 30 de julio de 2010, se creó la Comisión de la Verdad de Filipinas 2010 y el presidente Aquino firmó la Orden Ejecutiva No. 1, formando un organismo especial encargado de investigar los casos de soborno y corrupción de la administración de Arroyo. La creación de las declaraciones y secciones de la Comisión de la Verdad de Filipinas de 2010 se puede ver en este enlace externo: [1]
  • El 31 de julio de 2010, el líder de la minoría de la Cámara, Edcel Lagman de Lakas-Kampi, desafió a la Comisión de la Verdad, alegando que la comisión carecía de "enfermedades constitucionales", ya que solo el Congreso puede crear tales órganos y asignar fondos para ello. La minoría de la Cámara impugnó ante los tribunales la legalidad de la Comisión de la Verdad de la administración Aquino. Lagman afirmó que Aquino no tenía la autoridad de financiamiento reservada al Congreso, el lenguaje de apropiación de la Sección 11 de la Orden Ejecutiva No 1. carecía de particularidad y transparencia porque no se apropia ningún monto específico.
  • El 7 de agosto de 2010, el presidente anterior, Joseph Estrada, criticó el nombramiento de Davide como jefe de la Comisión de la Verdad y pidió una investigación sobre su aparentemente inconsistente uso de los fondos de los tribunales.
  • El 12 de agosto de 2010, Lagman dirigió a otros tres legisladores, Rodolfo Albano, Jr. del primer distrito de Isabela , Simeon Datumanong del segundo distrito de Maguindanao y Orlando Fua del distrito solitario de Siquijor , para pedirle a la Corte Suprema que derogue la Orden Ejecutiva No. 1 Todos son aliados del expresidente Arroyo. Los representantes argumentaron que la Orden Ejecutiva No. 1 es inconstitucional y que la comisión duplica el trabajo de la Defensoría del Pueblo y del Departamento de Justicia.
  • El 13 de septiembre de 2010, miembros de la Comisión de la Verdad prestaron juramento en Malacanang.
  • El 14 de septiembre de 2010, la Corte Suprema solicitó a la Comisión de la Verdad que no comience a trabajar, aún pendiente de la resolución de las peticiones contra el organismo.
  • El 15 de octubre de 2010, la comisión se enfrentó a los medios de comunicación por primera vez, recibiendo denuncias del público. [3]

Descripción

Formación y mandato

Se dijo que la Comisión de la Verdad de Filipinas (PTC) era una oficina pública, un organismo dependiente de la Oficina del Presidente Propio, sin embargo, aunque está investida de ciertos poderes, como el poder de investigar, su autoridad es todavía muy limitada. La PTC fue facultada para investigar los informes de prácticas corruptas masivas en el gobierno (como se menciona en la sección de historia) durante la administración de Arroyo, y posteriormente informar y recomendar las medidas necesarias al Presidente, el Congreso y la Defensoría del Pueblo. En general, es el organismo de investigación sobre sobornos y casos de corrupción que involucran a funcionarios públicos de tercer nivel y superiores, sus codirectores, cómplices y encubridores del sector privado. Se estableció en virtud del poder continuo del Presidente para reorganizar su cargo según lo dispuesto por el Código Administrativo Revisado,y de conformidad con el mandato constitucional del artículo XI, fracción I de la 1987Constitución de Filipinas . [1]

Miembros

El PTC estaba compuesto por un total de cinco miembros:

  • Director
  • Otros cuatro miembros que servirán como un cuerpo colegiado independiente, esto incluye:
    • Un consejero general
    • Un consejero general adjunto
    • Un consejero especial
    • Un secretario de la Comisión [4]

Creación

La creación de la PTC encuentra justificación bajo la Sección 17, Artículo VII de la Constitución que establece que: El Presidente tendrá el control de todos los departamentos ejecutivos, oficinas y oficinas. Velará por que las leyes se ejecuten fielmente. Una de las facultades reconocidas del Presidente otorgadas en cumplimiento de su deber es la facultad de crear comités ad hoc. Esto permite investigar los asuntos que el presidente tiene derecho a conocer. Además, no se asignan fondos, solo se asignan los fondos existentes. La PTC, al centrarse en castigar el soborno y las prácticas corruptas cometidas por una administración pasada, se desvía del marco habitual de las comisiones de la verdad. Se ha cuestionado el poder del presidente para crear el PTC, debido al artículo 31 dentro del RAC,Autoridad continua del presidente para reorganizar su oficina , por lo tanto, se afirma que el establecimiento de la PTC es una usurpación del poder legislativo del Congreso. De ahí, investigaciones que tengan como objetivo la “transparencia y rendición de cuentas públicas” inherentes al poder del Presidente. [5] Sin embargo, la Corte justifica la creación de PTC bajo el Artículo VII, Sección 17 de la Constitución., que le otorga al mandatario la obligación de investigar que los objetivos de "rendición pública de cuentas y transparencia" eran inherentes a los poderes del presidente. Por lo tanto, incluso si la creación de órganos de investigación o ad hoc no se deposita expresamente en el Presidente, todavía no lo priva de estas facultades. La Corte dictaminó que el órgano de instrucción informará debidamente al Presidente de las circunstancias que rodearon el tema, lo que le permitirá tomar las medidas necesarias para evitar futuras prácticas anómalas en el gobierno. [5]

Violación de la Cláusula de Igualdad de Protección

La Orden Ejecutiva viola la cláusula de protección igual consagrada en la Sección 1, Artículo III de la Carta de Derechos que establece que “Ninguna persona será privada de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal, ni se le negará la igualdad a ninguna persona protección de las leyes ". Existe la intención de destacar la administración anterior con una clasificación irrazonable. [1]

Poder para investigar

La facultad de investigar de la PTC, aunque está autorizada como órgano de investigación, no tiene ningún poder cuasijudicial , pero sí el poder de investigar. Así, la PTC, en lugar de infringir los deberes del Defensor del Pueblo y del Departamento de Justicia de determinar la existencia de causa probable y de enjuiciar los casos, en realidad los complementará. Sin embargo, la facultad de investigación del Defensor del Pueblo no es exclusiva de él; solo bajo la RA No. 6670, que no era exclusiva, pero se compartía con otras agencias organizadas de manera similar. Todas las conclusiones de la PTC están sujetas a revisión por los tribunales. Esto significa que se puede compartir con otros órganos similares, como los hallazgos dentro de las Comisiones Davide y Feliciano. [6]

Empoderamiento

La PTC no tiene poder para presentar cargos contra el acusado. En relación con los casos de corrupción que opte por investigar, la Comisión de la Verdad está facultada para:

  • Recolectar y recibir evidencia
  • Exigir a cualquier agencia, funcionario o empleado de la Rama Ejecutiva, incluidas las corporaciones de propiedad o controladas por el gobierno, que presente documentos, libros, registros y otros papeles.
  • Previa solicitud adecuada, obtener información y documentos del Senado y la Cámara de Representantes y registros de las investigaciones realizadas por sus comités.
  • Si lo solicita debidamente, obtenga de los tribunales, incluido el Sandiganbayan y la Oficina del Administrador del Tribunal, información o documentos con respecto a los casos de corrupción presentados ante el Sandiganbayan o los tribunales ordinarios.
  • Invitar o citar testigos y tomar sus testimonios, y para tal fin, administrar juramentos o afirmaciones.
  • Recomendar que una persona sea admitida como testigo estatal.
  • Entregue las pruebas a las autoridades fiscales correspondientes para un enjuiciamiento expedito.
  • Solicitar ayuda y cooperación a cualquier agencia de investigación o fiscalía del gobierno, como el Departamento de Justicia o cualquiera de las agencias dependientes de él, y la Comisión Presidencial Antirrobo.
  • Contratar los servicios de especialistas, profesionales y otro personal, cuando sea necesario
  • Contratar los servicios de expertos como consultores o asesores, cuando sea necesario
  • Promulgar reglas y reglamentos y reglas de procedimiento
  • Ejercer otros actos incidentales o apropiados y necesarios en relación con los objetivos de la comisión. [1]

Ver también

Analizando el caso de PTC

Los activistas señalaron, y la Corte estuvo de acuerdo, que también hubo casos de soborno y corrupción denunciados en la administración anterior. Por lo tanto, la corrupción por sí sola no establece una distinción sustancial para el caso. Hay dos similitudes principales entre la administración de Arroyo y todas las demás administraciones anteriores. En primer lugar, es "sólo un miembro de clase, es decir, una clase de parte de la administración" o administraciones que antecedieron a la actual administración de Aquino, en la que todos representaron al Poder Ejecutivo durante su tiempo. En segundo lugar ", informa de La corrupción generalizada en la administración de Arroyo no puede tomarse como base para distinguir dicha administración de la anterior, que también fue manchada por informes generalizados similares de irregularidades. Para limitar el alcance de la PTC,específicamente a esta administración, no constituye una clasificación razonable.[5]

Toda persona llamada a declarar ante la Comisión de la Verdad tiene derecho a un abogado en cualquier etapa del proceso. Para garantizar la seguridad de las personas llamadas a testificar, la Comisión puede obtener la asistencia de la Policía Nacional de Filipinas y otras agencias gubernamentales apropiadas. Si un funcionario o personal del gobierno

  • (a) no se presenta, sin excusa legal, cuando es citado por la comisión;

y / o

  • (b) comparezca ante la comisión pero se niegue a prestar juramento o afirmación, dar testimonio o presentar documentos para inspección, cuando sea requerido, estará sujeto a acción disciplinaria. Si un particular hace lo mismo, podrá ser tratado de acuerdo con la ley.

Se abrieron al público los procedimientos de la Comisión de la Verdad. Sin embargo, la comisión, por sí misma o por solicitud de la persona que testifica, celebró una audiencia ejecutiva o a puerta cerrada cuando se trataba de asuntos de seguridad nacional o pública o cuando la seguridad personal del testigo lo ameritaba. La Comisión de la Verdad quería cumplir su misión y presentar un informe final completo antes del 31 de diciembre de 2012. [7] El PTC fue un paso hacia la curación nacional de un pasado sórdido. La Corte debe permitir que la nación avance y restablecer la fe del pueblo en un gobierno justo y responsable.

Referencias

  1. ^ a b c d "Orden ejecutiva nº 1, art. 2010" . Boletín Oficial de Filipinas . Consultado el 4 de enero de 2014 .
  2. ^ Belczyk, Jaclyn. "El presidente de Filipinas crea una 'comisión de la verdad' para investigar los abusos de derechos" . Jurista . Consultado el 4 de enero de 2014 .
  3. ^ "Línea de tiempo: la Comisión de la verdad" . Consultado el 4 de enero de 2014 .
  4. ^ "La Comisión de la Verdad de Filipinas de 2010" . Archivado desde el original el 28 de diciembre de 2013 . Consultado el 4 de enero de 2014 .
  5. ^ a b c Louis C. Biraogo v. La Comisión de la Verdad de Filipinas de 2010, 637 SCRA 78 (2010)
  6. ^ Defensor del Pueblo c. Galicia, 568 SCRA 327, 339 (2008)
  7. ^ "GR No. 192935 (escrito del caso)" . Archivado desde el original el 23 de agosto de 2012 . Consultado el 4 de enero de 2014 .
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