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El término material impreso , en la ley de patentes de los Estados Unidos , se refiere a la información impresa o asociada de otro modo con un artículo de fabricación que se reivindica para distinguir un artículo de artículos similares que ya están en la técnica anterior . Se utilizó durante mucho tiempo como base para rechazar reclamaciones, [1] pero en los últimos años la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal ha desaprobado su uso. [2]
El análisis legal de este tema habla en términos de "material impreso" que se imprime sobre un "sustrato". Por ejemplo, las letras pueden imprimirse en una hoja de papel como sustrato, en un caso extremo. O la información digitalizada (el material impreso), como un archivo jpeg representativo de la Mona Lisa , podría codificarse en un chip de memoria EPROM como sustrato. Un programa de computadora (el material impreso) puede estar codificado en un medio legible por computadora, como un disco duro (el sustrato) y, por lo tanto, ser objeto de la llamada afirmación de Beauregard . [3] El análisis jurídico actual, expresado en la decisión definitiva sobre material impreso, In re Gulack , [4]es la siguiente: Las diferencias entre un sustrato recién reivindicado que contiene material impreso y un sustrato de la técnica anterior, donde el único punto de partida de la técnica anterior es el material impreso en sí, no tienen derecho a peso patentable a menos que el material impreso y el sustrato tener una relación funcional nueva y no evidente. Por lo tanto, el análisis es esencialmente un análisis de la obviedad en virtud del artículo 103 de la ley de patentes, [5] en lugar de (como lo era en épocas anteriores) un análisis de la materia legal bajo lo que ahora es el artículo 101 de la ley de patentes. [6]
Las patentes de este tipo aún se emiten. Un ejemplo es la patente SeaShield de Seagate , No. Patente de EE. UU. 5.732.464 (método para informar a los usuarios cómo configurar la unidad de disco colocando una etiqueta en el escudo), que se afirma que proporciona una relación funcional entre la información impresa y el escudo metálico en el que está impresa.
Práctica de la USPTO
La práctica en la Oficina de Marcas y Patentes de los Estados Unidos se describe en el Manual de Procedimiento de Examen de Patentes de la USPTO , § 2111.05. [7] Generalmente,
El personal de la USPTO debe considerar todas las limitaciones de las reivindicaciones al determinar la patentabilidad de una invención sobre la técnica anterior. In re Gulack, 703 F.2d 1381, 1385, 217 USPQ 401, 403-04 (Fed. Cir. 1983). Dado que un reclamo debe leerse en su totalidad, el personal de la USPTO no puede ignorar las limitaciones del reclamo que comprenden material impreso. Ver Gulack, 703 F.2d en 1384, 217 USPQ en 403; véase también Diamond v. Diehr, 450 US 175, 191, 209 USPQ 1, 10 (1981). Sin embargo, el personal de la USPTO no necesita otorgar peso patentable al material impreso sin una relación funcional nueva y no obvia entre el material impreso y el sustrato.
Ejemplos en los que existe una relación funcional de este tipo incluyen invenciones en las que "las marcas en una taza medidora realizan la función de indicar el volumen dentro de esa taza medidora" y en las que "una banda para el sombrero coloca una serie de números en una determinada relación física entre sí de manera que un algoritmo reivindicado se satisface debido a la estructura física de la banda del sombrero ... " [7] Los ejemplos en los que tal relación funcional está ausente incluyen invenciones en las que" un producto simplemente sirve como soporte para material impreso ", por ejemplo," un banda para el sombrero con imágenes mostradas en la banda para el sombrero pero no dispuestas en ninguna secuencia en particular "o" una baraja de cartas con imágenes en cada tarjeta ". [7] Incluso si existe tal relación, debe ser nueva y no obvia para respaldar la patentabilidad. [7]
Referencias
- ^ Ver, por ejemplo, In re Russell, 48 F.2d 668, 669 (CCPA 1931) ("La mera disposición de material impreso en una hoja u hojas de papel, en forma de libro o de otra manera, no constituye 'ninguna novedad y arte útil, máquina, manufactura o composición de materia ', o' cualquier mejora nueva y útil de los mismos ', según lo dispuesto en la sección 4886 de los Estatutos Revisados ").
- ^ Ver, por ejemplo, In re Lowry, 32 F.3d 1579, 1583 (Fed. Cir. 1994) (advirtiendo contra el uso indebido de rechazos de material impreso).
- ^ Según el Circuito Federal y su tribunal predecesor, al menos en una ocasión, colocar una cinta o un disco codificado con un nuevo programa en una computadora digital de uso general creó una "nueva máquina". En referencia a Bernhart, 417 F.2d 1395, 1399 (CCPA 1969).
- ↑ 703 F.2d 1381, 1385 (Fed. Cir. 1983) ("la cuestión crítica es si existe alguna relación funcional nueva y no obvia entre el material impreso y el sustrato"); acuerdo In re Ngai, 367 F.3d 1336 (Fed. Cir. 2004).
- ^ Ver In re Nuijten, 515 F.3d 1361, 1362 (Fed. Cir. 2008) (opinión disidente de Linn, J.) ("la PTO considera la patentabilidad de tales reclamos bajo la doctrina del 'material impreso' del § 103" )
- ^ Ver In re Miller, 418 F.2d 1392, 1396 (CCPA 1969) ("el material impreso en sí mismo no es materia patentable, porque no es legal").
- ^ a b c d MPEP § 2111.05