Una Solicitud de Evidencia ( RFE ) es una solicitud emitida por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos a los solicitantes de visas de residencia, ciudadanía, familiares y de empleo. Ejemplos de peticiones para las cuales se puede emitir una RFE son el Formulario I-129 (autorización de trabajador extranjero), el Formulario I-140 (autorización de trabajador inmigrante) y el Formulario I-130 (visas familiares). [1] [2]
Situaciones donde se usa
El RFE está diseñado para usarse en casos en los que el adjudicador (la persona que evalúa la petición) cree que no hay pruebas suficientes para aprobar la petición, pero también cree que la petición puede ser redimible y que no existe una base legal o fáctica clara. por negación. [2]
El RFE, cuando se use, debe ser lo más claro posible sobre qué tipos de evidencia adicional se necesitan para llenar el vacío y qué inconsistencias o problemas se han encontrado en la evidencia presentada hasta ahora. No está destinado a ser utilizado para la tranquilidad del adjudicador en los casos en que hay suficiente evidencia para aprobar la petición. [1]
La RFE se envía y la respuesta debe ser enviada por el peticionario (o el abogado que representa al peticionario, en los casos en que la petición se presenta a través de un abogado) en lugar del beneficiario.
Comunicaciones relacionadas
Diferencias con NOID
Las siguientes son algunas diferencias clave entre la RFE y el Aviso de intención de negar (NOID): [1] [2]
- Probabilidad de denegación : La RFE se emite cuando existe una incertidumbre significativa sobre si la petición será aprobada, mientras que el NOID se usa generalmente cuando es bastante probable que se rechace.
- Información complementaria: una RFE viene con una lista de tipos adicionales de evidencia necesaria. Un NOID viene equipado con una lista de razones para la denegación. Si bien las dos listas están algo relacionadas (en la medida en que una razón para la negación se traduzca en una prueba que podría anular la negación), tienen diferentes marcos.
- Tiempo para responder : El tiempo para responder a una RFE es generalmente mayor que para un NOID.
Petición de aclaración
En los casos en que USCIS simplemente necesita respuestas a algunas preguntas específicas (como una traducción completa), simplemente emite una Solicitud de Aclaración en lugar de una RFE. [1]
Consejos para evitar RFE
La presentación de documentación clara y completa en la propia petición puede minimizar la necesidad de RFE. El sitio web de USCIS ofrece los siguientes consejos para evitar RFE: [3]
- Se deben explicar las inconsistencias en los documentos y se deben incluir pruebas para conciliar las inconsistencias.
- La indisponibilidad de los documentos debe explicarse con pruebas claras.
- Valor probatorio : algunos tipos de documentos se consideran más fidedignos y tienen más valor probatorio. Por ejemplo, las declaraciones de impuestos sobre la renta tienen más valor probatorio que las cartas de familiares o amigos.
- Deben evitarse las traducciones incompletas . Todos los documentos que se presenten en un idioma que no sea inglés deben traducirse en su totalidad.
Tipos de evidencia solicitada
Las RFE suelen solicitar uno o más de los siguientes tipos de evidencia:
- capacidad del empleador para pagar
- períodos de estadía actual o anterior en los Estados Unidos
- experiencia de trabajo previa
- detalles educativos o evaluación
- Documentos que respalden afirmaciones de capacidad excepcional o investigación destacada.
Protocolo de respuesta
El tiempo dentro del cual debe enviarse la respuesta a una RFE se indica en la RFE. Generalmente varía entre 30 y 90 días. Si no se recibe respuesta dentro del tiempo indicado en la RFE, el USCIS procesará la solicitud sin considerar la evidencia adicional, lo que en la mayoría de los casos significa una negación (porque las peticiones donde había suficiente evidencia para aceptar no deben tener RFE en primer lugar ). [4]
El peticionario solo tiene una oportunidad de responder a una RFE, [5]
- El peticionario puede presentar todas las pruebas solicitadas.
- El peticionario puede "responder parcialmente" presentando algunas de las pruebas solicitadas. El USCIS utilizará la presentación parcial junto con la presentación anterior para evaluar la petición.
- El peticionario puede optar por no responder, por lo que la decisión final se basará en la petición original. Por lo general, esto significa una negación.
- El peticionario puede retirar la petición.
Al responder a una RFE, el peticionario puede adjuntar pruebas adicionales además de las solicitadas explícitamente en la RFE.
Relación con el cronograma de procesamiento
El tiempo de procesamiento esperado para las peticiones se define generalmente como el tiempo hasta que se emite una aprobación, denegación, RFE o NOID. Por lo tanto, el tiempo que se tarda en esperar una respuesta del peticionario no se cuenta como parte del tiempo de procesamiento. Una vez que el peticionario responde, el tiempo de procesamiento adicional esperado es comparable al tiempo de procesamiento de una primera solicitud completa.
Para las peticiones que solicitan el Servicio de Procesamiento Premium , el tiempo de procesamiento esperado para una primera respuesta (aprobación, denegación, RFE o NOID) es de 15 días, y el tiempo después de recibir una respuesta a la RFE es de otros 15 días. [6]
Ver también
Referencias
- ^ a b c d "Memorándum entre oficinas" (PDF) . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . 16 de febrero de 2005 . Consultado el 16 de enero de 2016 .
- ^ a b c "Memorándum de política" (PDF) . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . 3 de junio de 2013 . Consultado el 16 de enero de 2016 .
- ^ "Consejos generales para la evidencia" . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . 3 de marzo de 2015 . Consultado el 16 de enero de 2016 .
- ^ "Memorando de política: solicitudes de pruebas y avisos de intención de negar" (PDF) . USCIS . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos. 3 de junio de 2013 . Consultado el 20 de marzo de 2018 .
- ^ "Manual de campo del adjudicador, Sec. 10.3 Procedimientos generales de adjudicación" . USCIS . Servicios de inmigración y ciudadanía de los Estados Unidos . Consultado el 20 de marzo de 2018 .