El Formulario I-140 , Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero es un formulario enviado al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) por un posible empleador para solicitar a un extranjero que trabaje en los EE. UU. De manera permanente. Esto se hace en el caso de que el trabajador se considere extraordinario en algún sentido o cuando no existan trabajadores calificados en los EE. UU. [1] El empleador que presenta la solicitud se denomina peticionario y el empleado extranjero se denomina beneficiario; estos dos pueden coincidir en el caso de un auto-peticionario. El formulario tiene 6 páginas con un documento de instrucciones separado de 10 páginas a partir de 2016. Es uno de los formularios de inmigración de USCIS .
Razones para presentar el Formulario I-140
Se requiere el Formulario I-140 para las categorías EB-1 , EB-2 y EB-3 de EB . Para EB-4 y EB-5 , se utilizan los Formularios I-360 e I-526, respectivamente. Estas categorías se introdujeron como parte de la Ley de inmigración de 1990 .
La siguiente es una lista de todas las razones (también conocidas como tipos de petición) para presentar el Formulario I-140. [1] [2]
Tipo de petición | Visa | ¿Basado en certificación laboral? |
---|---|---|
Un extraterrestre de extraordinaria habilidad | EB-1 | No |
Un profesor o investigador destacado | EB-1 | No |
Un ejecutivo o gerente multinacional | EB-1 | No |
Un miembro de las profesiones que tenga un título avanzado o una licenciatura con un mínimo de 5 años de experiencia laboral después de la licenciatura o un extranjero con capacidad excepcional (que no esté buscando una exención de interés nacional) | EB-2 | sí |
Un profesional (como mínimo, que posea una licenciatura o un título extranjero equivalente a una licenciatura de los EE. UU.) | EB-3 | sí |
Un trabajador calificado (que requiere al menos 2 años de capacitación o experiencia especializada) | EB-3 | sí |
Cualquier otro trabajador (que requiera menos de 2 años de formación o experiencia) | EB-3 | sí |
Un extranjero que solicita una exención por interés nacional (que es miembro de las profesiones con un título avanzado o un extranjero con capacidad excepcional) | EB-2 | No |
Detalles de presentación
Evidencia inicial
La petición del Formulario I-140 debe ir acompañada de lo que se denomina "evidencia inicial". Esta evidencia depende del tipo de empleado patrocinado, pero por ejemplo (en algunos casos) incluye un premio otorgado al empleado o una publicación del empleado que certifica que es alguien con una habilidad extraordinaria. En muchos casos (ver tabla anterior), parte de la evidencia inicial es una certificación laboral , que establece, entre otras cosas, que no hay suficientes trabajadores en los EE. UU. Para cubrir el puesto que el empleado extranjero planea tomar. [1] En los casos en que se requiere una certificación laboral, se dice que la petición se basa en una certificación laboral.
En las peticiones basadas en certificación laboral, el Departamento de Trabajo de EE. UU. Debe presentar y aprobar una certificación laboral antes de que se pueda presentar el Formulario I-140. Es posible establecer una relación de sucesor en interés entre el empleador sucesor y el empleador predecesor, en cuyo caso se puede utilizar la certificación laboral de un predecesor.
Evidencia general
La evidencia adicional que se debe proporcionar incluye los datos financieros del empleador, prueba de la educación y experiencia laboral del empleado, así como evidencia de que el empleador puede pagar el salario ofrecido al empleado. [3]
El extranjero puede, además, hacer una auto-petición en los casos de Extranjero de Habilidad Extraordinaria EB1-A o Exención de Interés Nacional EB-2 . [ cita requerida ]
El formulario debe estar firmado para que sea válido. [1]
Formularios enviados junto
Se requiere el Formulario I-907, Solicitud de Servicio de Procesamiento Premium, si el peticionario solicita Procesamiento Premium. [1]
El Formulario I-140 se puede presentar al mismo tiempo que el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. [ cita requerida ]
Modalidades de presentación
El Formulario I-140 se puede presentar en papel o electrónicamente. Si el formulario se presenta electrónicamente, se enviará a un centro de servicio apropiado. [ cita requerida ]
Direcciones
La dirección de presentación del Formulario I-140 depende de si el Formulario I-140 se presenta solo o al mismo tiempo que el Formulario I-485. La dirección de presentación también puede diferir según el estado en el que trabajará el beneficiario para el procesamiento premium. [4]
Tasas de presentación
La tarifa para presentar el Formulario I-140 es de $ 700 y debe pagarse en moneda estadounidense al Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. [1] También hay una tarifa de $ 2,500 por procesamiento premium (siguiente sección).
Sin embargo, esta tarifa no incluye :
- En el caso de que el beneficiario ya se encuentre en los Estados Unidos, la tarifa del Formulario I-485 (presentado por separado por el beneficiario, por lo que no forma parte de la petición), que puede oscilar entre $ 750 y $ 1140 según la categoría, más una biometría de $ 85 tarifa. [5]
- En el caso de que el beneficiario no se encuentre en los Estados Unidos, la tarifa de procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante que, a mayo de 2015, es de $ 325. [6]
- En el caso de que el beneficiario no esté en los Estados Unidos, la tarifa de inmigrante de USCIS de $ 220, que se necesita para procesar el paquete de visa de inmigrante y producir y enviar al solicitante la Tarjeta Verde. [7]
Procesamiento Premium: Formulario I-907
El USCIS ofrece un Servicio de procesamiento premium con una tarifa adicional de $ 2,500 para las peticiones del Formulario I-140. El procesamiento premium solo está disponible para este formulario y para el formulario I-129 (trabajador no inmigrante). El Servicio de procesamiento premium promete una revisión inicial del USCIS dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción del formulario, después de lo cual puede aprobar, denegar o emitir una Solicitud de evidencia o Aviso de intención de denegación . [8] USCIS reembolsará la tarifa del Servicio de procesamiento premium si el procesamiento demora más de 15 días. Si se reembolsa la tarifa, el caso relacionado continuará recibiendo un procesamiento acelerado. [8] El tiempo comienza a partir de la recepción del Formulario I-907 y la tarifa asociada.
El Servicio de procesamiento premium se introdujo en 2001 para el Formulario I-129 [9] y se amplió al Formulario I-140 en 2006. [10]
El procesamiento premium no garantiza una adjudicación final; solo proporciona un límite de tiempo para la revisión inicial de la petición. En otras palabras, la garantía de 15 días calendario es solo para la revisión inicial de la petición, que puede resultar en la aprobación, denegación o la emisión de una Solicitud de evidencia o Aviso de intención de denegación.
Para la asignación de visa de inmigrante, la petición del Formulario I-140 debe ser aprobada y la fecha de prioridad asignada a esa petición debe ser anterior a la fecha límite (que depende del país de cobro y de la categoría de visa). Dado que la fecha límite y el tiempo de procesamiento de las peticiones del Formulario I-140 son independientes, el tiempo de espera para que se procese el Formulario I-140 es el último entre el tiempo de disponibilidad del número de visa (la fecha límite) y el tiempo de procesamiento del Formulario I-140 . Por lo tanto, el procesamiento premium puede acelerar el proceso general para obtener el estado de residente permanente legal cuando el tiempo de procesamiento del Formulario I-140 es más largo que el tiempo de disponibilidad del número de visa. En otras palabras, si no hay tiempo de espera para disponibilidad de número de visa, ya sea porque la categoría no está limitada o porque los límites no están cerca de cumplirse, entonces el procesamiento premium es ventajoso. Por otro lado, para una categoría de visa con un país de cargabilidad donde la fecha de corte actual está muy en el pasado (es decir, hay una cola larga), el procesamiento premium no aceleraría el proceso general porque la fecha de corte abruma incluso el procesamiento estándar. hora. [ cita requerida ]
Es posible solicitar Procesamiento Premium en una solicitud ya enviada. En este caso, el reloj para el procesamiento premium comienza cuando se solicita el procesamiento premium.
Beneficios de tener una petición de Formulario I-140 aprobada
La Q 67 y la Sección 106 de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21) incluyen disposiciones especiales en caso de adjudicaciones prolongadas. En particular, permite extensiones de un año a la vez del estado H-1B para personas con solicitudes de Formulario I-140 pendientes desde hace mucho tiempo (pendientes durante al menos 365 días). Aquí, "pendiente" incluye una apelación que está pendiente. También permite a las personas con peticiones del Formulario I-485 que han estado pendientes durante más de 180 días cambiar de trabajo sin invalidar el Formulario I-140 subyacente y la certificación laboral. Sin embargo, existe una ambigüedad en los casos en que se obtiene una extensión pero posteriormente se niega la petición del Formulario I-140.
Según una de las disposiciones de la Ley LIFE , el USCIS pasaría por alto la entrada ilegal y la presencia ilegal al considerar algunas solicitudes de Ajuste de Estatus para personas cuyo Formulario I-140 había sido presentado antes del 30 de abril de 2001 (con una serie de advertencias adicionales). [11]
Estadísticas
Tasa de aprobaciones
La tasa de aprobación para los extraterrestres con habilidades extraordinarias ha oscilado entre el 47% y el 62% durante los años 2005-2010. Para profesores o investigadores destacados, esto ha oscilado entre el 90% y el 95% durante los mismos años. [12]
Tiempos de procesamiento
USCIS procesa el Formulario I-140 por orden de llegada, por lo que en un momento dado, la fecha de recepción de los formularios que acaban de terminar de procesar proporciona una buena estimación del tiempo de procesamiento. USCIS divide el Formulario I-140 en ocho categorías e informa los tiempos de procesamiento por separado para cada una: [13]
- Habilidad extraordinaria (EB-1)
- Profesor o investigador destacado (EB-1)
- Gerente o Ejecutivo Multinacional (EB-1)
- Profesional de grado avanzado (EB-2)
- Trabajador calificado o profesional (EB-3)
- Trabajador no calificado (EB-3)
- Título avanzado o habilidad excepcional que solicita una exención por interés nacional (EB-2)
- Enfermeras del Programa A (EB-2 o EB-3)
El tiempo de procesamiento es en promedio de cuatro meses. [14]
Se informan tiempos de procesamiento separados para el procesamiento de apelaciones. A partir del 1 de febrero de 2016, el tiempo de procesamiento de las apelaciones administrativas para todas las categorías del Formulario I-140 es de 6 meses o menos. [15]
Decisiones adversas
Respuesta inicial
La respuesta inicial del USCIS a un Formulario I-140 es uno de estos cuatro:
- Aprobación
- Negación
- Solicitud de evidencia (RFE): Generalmente, se solicita evidencia sobre la relación entre el peticionario y el beneficiario. Por ejemplo, para las peticiones basadas en matrimonio (donde un cónyuge solicita a otro) se busca evidencia de que el matrimonio realmente ocurrió y que no hubo fraude matrimonial .
- Aviso de intención de denegar (NOID): Este es un aviso por adelantado de que es probable que se rechace la petición, junto con las razones de la denegación propuesta. El peticionario tiene un tiempo limitado para responder. [dieciséis]
En el caso de una RFE o NOID, el USCIS tendrá en cuenta la respuesta del peticionario al decidir si aprueba o rechaza la petición.
Presentación independiente: revocación de petición y aviso de intención de revocación
Basado en nueva evidencia que sugiere que la petición original era fraudulenta, el USCIS puede emitir una revocación de la petición (es decir, revocar la petición por completo) o enviar al peticionario un Aviso de Intención de Revocar , al cual el peticionario puede responder con evidencia adicional o impugnación. las razones. El ímpetu típico para que USCIS reconsidere una petición aprobada es cuando un funcionario consular de los Estados Unidos que evalúa la solicitud de visa del beneficiario en base a la petición encuentra evidencia que sugiere que la petición era fraudulenta. Si la oficina consular encuentra dicha evidencia, devuelve la petición al USCIS junto con las razones por las que la petición parece fraudulenta, y emite una cuasi-denegación de la Sección 221 (g) al solicitante (tenga en cuenta que esto es relevante para los casos 2 y 3). , y no al caso 1 donde el beneficiario ya se encuentra en los Estados Unidos). [17] Vale la pena señalar lo siguiente:
- Un oficial consular puede rechazar la solicitud de visa del beneficiario sin devolver la petición al USCIS. Esto se debe a que el funcionario consular tiene muchos motivos potenciales para rechazar la solicitud sin cuestionar la legitimidad de la petición en cuestión.
- Después de que el oficial consular devuelve la petición al USCIS, el USCIS puede decidir que la petición es válida y decirle eso al oficial consular. Si el USCIS revalida la petición, entonces el oficial consular debe usar esta información y proceder con la misma solicitud de visa (es decir, el beneficiario no necesita volver a solicitar una visa).
Proceso de nueva solicitud y apelaciones
Es posible volver a solicitar una petición del Formulario I-140 si la petición original resulta en denegación o revocación. Al volver a presentar una solicitud, se deben volver a enviar todas las pruebas enviadas anteriormente y se debe pagar nuevamente la tarifa de presentación. Además, se debe proporcionar el número de recibo de la petición I-140 anterior.
Si hay evidencia adicional disponible para el peticionario que podría llevar a que la petición original sea aprobada, es posible presentar una moción para reabrir o reconsiderar la petición. Para esto, el Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción, debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la denegación (15 días en caso de revocación). [18]
En tercer lugar, es posible apelar la decisión, en cuyo caso el Formulario I-290B, Aviso de apelación o moción, debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la denegación (15 días en caso de revocación) para que lo procese la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS ( AAO). Tenga en cuenta que aunque el formulario enviado es el mismo para apelaciones o mociones, la forma en que se rellena deja en claro si el formulario se utiliza para una apelación o moción. [18] En caso de apelación, no es necesario presentar nuevas pruebas, ya que se alega que la denegación o revocación original era incorrecta a la luz de las pruebas disponibles en ese momento. La AAO tiene una meta de tiempo de procesamiento de 6 meses o menos para las apelaciones, pero no se informan los tiempos de procesamiento actuales. [19] Históricamente, las apelaciones han tardado hasta 35 meses en resolverse; por esta razón, los recursos legales a menudo recomiendan volver a aplicar.
Finalmente, si la AAO devuelve una decisión adversa, también es posible presentar una moción para reconsiderar con la propia AAO. [18]
La AAO es el último punto de apelación dentro de USCIS. Más allá de esto, la decisión se puede apelar dentro del sistema judicial federal. [20] Un ejemplo de apelación fue el caso de Kazarian v. USCIS (2010).
Efecto sobre el estatus de no inmigrante
La denegación de una petición I-140 no cancela el estatus de no inmigrante de un extranjero (por ejemplo, estatus H-1B).
Relación con el proceso general de visa de inmigrante
La presentación del Formulario I-140 es un paso del proceso general para convertirse en residente permanente legal . El proceso completo suele tardar varios años. [21]
- Certificación laboral (también llamada proceso PERM ). [22] Si la petición se basa en una certificación laboral, el empleador debe demostrar legalmente que tiene la necesidad de contratar a un extranjero para un puesto específico y que no hay un ciudadano estadounidense mínimamente calificado o un LPR disponible para ocupar ese puesto, de ahí la razón por contratar al extranjero. Actualmente, esto se realiza a través de un sistema electrónico conocido como PERM . [23] Este paso es procesado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL). La certificación laboral tiene una validez de 6 meses a partir del momento en que se aprueba.
- Petición de inmigrante . El empleador solicita en nombre del extranjero obtener un número de visa. La solicitud es el Formulario I-140, el tema de esta página. Actualmente, este proceso tarda hasta 6 meses.
- Disponibilidad de visa de inmigrante . Cuando la petición de inmigrante es aprobada por el USCIS, la petición se envía al NVC para la asignación de la visa. Actualmente, este paso se centra en el concepto de fecha de prioridad .
- Adjudicación de visa de inmigrante . Cuando el Centro Nacional de Visas (NVC) determina que hay una visa de inmigrante disponible, el caso puede ser adjudicado. Si el extranjero ya está en los EE. UU., Ese extranjero tiene la opción de finalizar el proceso de la tarjeta de residencia mediante el ajuste de estatus en los EE. UU. O mediante el procesamiento consular en el extranjero. Si el beneficiario extranjero está fuera de los EE. UU., Solo puede solicitar una visa de inmigrante en el consulado de EE. UU. El USCIS no permite que un extranjero persiga el procesamiento consular y el ajuste de estatus (AOS) simultáneamente. Antes de presentar el formulario I-485 (Ajuste de estatus), se requiere que el solicitante tenga un examen médico realizado por un cirujano civil aprobado por USCIS. El examen incluye un análisis de sangre e inmunizaciones específicas, a menos que el solicitante proporcione prueba de que las vacunas requeridas ya se realizaron en otro lugar. El cirujano civil entrega al solicitante un sobre sellado que contiene un formulario I-693 completo, que debe incluirse sin abrir con la solicitud I-485. [24] (La referencia citada también establece que la edición del 25 de febrero de 2010 del Formulario I-693 refleja que una persona ya no debe hacerse la prueba de la infección por VIH).
- Ajuste de estado (AOS) . Una vez que el extranjero tiene una certificación laboral y se le ha asignado provisionalmente un número de visa, el paso final es cambiar su estado a residencia permanente. El ajuste de estado se envía al USCIS a través del formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o Ajustar el estado . Si hay un número de visa de inmigrante disponible, el USCIS permitirá la "presentación simultánea" : aceptará los formularios I-140 e I-485 presentados en el mismo paquete o aceptará el formulario I-485 incluso antes de la aprobación del I-140.
- Tramitación consular . Esta es una alternativa a AOS, pero aún requiere que se complete la solicitud de visa de inmigrante. No se utiliza el Formulario I-485. En el pasado (antes de 2005), este proceso era algo más rápido que la solicitud de AOS, por lo que a veces se utilizaba para evitar retrasos prolongados (de más de dos años en algunos casos). Sin embargo, debido a las recientes mejoras de eficiencia del USCIS, no está claro si la solicitud a través del procesamiento consular es más rápida que el proceso normal de AOS. También se cree que el procesamiento consular es más riesgoso, ya que no hay o hay muy pocos recursos para apelar si el oficial rechaza la solicitud.
Formas relacionadas
De los formularios de inmigración de USCIS , los siguientes están más estrechamente relacionados con el Formulario I-140:
- El Formulario I-129 , Petición de trabajador no inmigrante, se usa para trabajadores no inmigrantes.
- El Formulario I-130 , Petición de Pariente Extranjero, es el otro formulario principal que constituye el primer paso hacia el estatus de inmigrante. Se utiliza para la inmigración de familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales.
- El Formulario I-360 y el Formulario I-526 son los formularios utilizados para las categorías EB-4 (trabajador religioso e inmigrante especial) y EB-5 (inversionista / empresario).
- El formulario I-765 es el formulario que se utiliza para solicitar un documento de autorización de empleo . A diferencia de los formularios anteriores, no es una petición, sino una solicitud hecha directamente por la persona que busca el EAD. El Formulario I-765 no se puede usar para inmigrar a los Estados Unidos o cambiar su estatus de no inmigrante, sino que lo usan aquellos en los Estados Unidos en varios estados (como estudiantes con visas F o solicitantes elegibles de DACA) para poder trabajar. . La clasificación EAD no está vinculada a ningún empleador en particular y le da al trabajador la flexibilidad de elegir cualquier empleador, posiblemente sujeto a restricciones sobre la naturaleza del trabajo o el número de horas trabajadas. Por ejemplo, los estudiantes que tienen una visa F reciben un EAD para la capacitación práctica opcional posterior a la finalización . La diferencia clave entre los Formularios I-129 y I-765 es que el primero lo presenta el empleador y está asociado con un trabajo específico, mientras que el segundo lo presenta el empleado y no está vinculado a un trabajo en particular.
Referencias
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