Real peculiar


Una peculiaridad real es una parroquia o iglesia de la Iglesia de Inglaterra exenta de la jurisdicción de la diócesis y la provincia en la que se encuentra y sujeta a la jurisdicción directa del monarca .

El sistema parroquial de iglesias data de la época sajona, cuando la mayoría de las iglesias primitivas fueron proporcionadas por el señor cuya propiedad coincidía con la de la parroquia. Una parroquia donante (o "peculiar") era aquella que estaba exenta de jurisdicción diocesana. [1] Hay varias razones para los peculiares, pero por lo general estaban en manos de un eclesiástico de otro distrito, parroquia o diócesis. Podría incluir la jurisdicción separada o "peculiar" del monarca, otro arzobispo, obispo o el decano y capítulo de una catedral (también, los Caballeros Templarios y los Caballeros Hospitalarios ). [2] La peculiaridad de un arzobispo está sujeta a la jurisdicción directa de un arzobispo y una peculiar real.está sujeto a la jurisdicción directa del monarca. [3]

La mayoría de los peculiares sobrevivieron a la Reforma pero, con la excepción de los peculiares reales, fueron finalmente abolidos durante el siglo XIX por varias leyes del Parlamento y quedaron sujetos a la jurisdicción de la diócesis en la que se encontraban, aunque todavía existen algunos peculiares no reales. [2] [3] La mayoría de los peculiares reales que quedan están situados dentro de la Diócesis de Londres . [4]

Las siguientes capillas de las Posadas de la Corte son extradiocesanas y, por tanto, peculiares, pero no Reales: