Ley internacional


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El derecho internacional , también conocido como derecho internacional público y derecho de naciones , [1] es el conjunto de reglas, normas y estándares generalmente reconocidos como vinculantes entre naciones . [2] [3] Establece directrices normativas y un marco conceptual común para los estados en una amplia gama de dominios, incluida la guerra, la diplomacia, el comercio y los derechos humanos. El derecho internacional tiene como objetivo promover la práctica de relaciones internacionales estables, coherentes y organizadas. [4]

Las fuentes del derecho internacional incluyen la costumbre internacional (práctica estatal general aceptada como ley), los tratados y los principios generales del derecho reconocidos por la mayoría de los sistemas legales nacionales. El derecho internacional también puede reflejarse en la cortesía internacional , las prácticas y costumbres adoptadas por los estados para mantener buenas relaciones y reconocimiento mutuo, como saludar la bandera de un barco extranjero o hacer cumplir un juicio legal extranjero .

El derecho internacional se diferencia de los sistemas legales estatales en que es principalmente —aunque no exclusivamente— aplicable a los países, más que a los individuos, y opera en gran medida a través del consentimiento, ya que no existe una autoridad universalmente aceptada para imponerlo a los estados soberanos . En consecuencia, los estados pueden optar por no cumplir con el derecho internacional e incluso romper un tratado. [5] Sin embargo, tales violaciones, en particular del derecho internacional consuetudinario y las normas imperativas ( jus cogens ), pueden enfrentarse con acciones coercitivas, que van desde la intervención militar hasta la presión diplomática y económica.

La relación e interacción entre un sistema legal nacional ( derecho interno ) y el derecho internacional es compleja y variable. El derecho nacional puede convertirse en derecho internacional cuando los tratados permiten la jurisdicción nacional a tribunales supranacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o la Corte Penal Internacional . Tratados como los Convenios de Ginebra pueden exigir que la legislación nacional se ajuste a las disposiciones de los tratados. Las leyes o constituciones nacionales también pueden prever la implementación o integración de las obligaciones legales internacionales en la legislación nacional.

Terminología

El término "derecho internacional" a veces se divide en derecho internacional "público" y "privado", en particular por los estudiosos del derecho civil, que buscan seguir una tradición romana. [6] Los abogados romanos habrían distinguido aún más el jus gentium , el derecho de gentes, y el jus inter gentes , acuerdos entre naciones. En este punto de vista, el derecho internacional "público" se dice que las relaciones de cobertura entre los estados-nación e incluye campos como el derecho de los tratados , el derecho de mar , el derecho penal internacional , las leyes de la guerra o del derecho internacional humanitario , el derecho internacional de los derechos humanos y de refugiados ley. Por el contrario, el derecho internacional "privado", que se denomina más comúnmente " conflicto de leyes ", se refiere a si los tribunales dentro de los países reclaman jurisdicción sobre casos con un elemento extranjero, y qué ley del país se aplica. [7]

Cuando el sistema moderno de derecho internacional (público) se desarrolló a partir de la tradición del ius gentium de finales de la Edad Media , se lo denominó derecho de gentes, una traducción directa del concepto ius gentium utilizado por Hugo Grotius y droits des gens of Emer de Vattel . El término moderno derecho internacional fue inventado por Jeremy Bentham en 1789 y se estableció en el siglo XIX. [8]

Un concepto más reciente es el de " derecho supranacional ", que se refiere a los acuerdos regionales en los que las leyes de los estados nacionales pueden considerarse inaplicables cuando entran en conflicto con un sistema legal supranacional al que la nación tiene una obligación convencional . [9] Los sistemas de derecho supranacional surgen cuando las naciones ceden explícitamente su derecho a tomar ciertas decisiones judiciales a un tribunal común. [10] Las decisiones del tribunal común son directamente efectivas en cada nación parte y tienen prioridad sobre las decisiones tomadas por los tribunales nacionales. [11] La Unión Europea es el ejemplo más destacado de una organización de tratados internacionales que implementa un marco legal supranacional, con elTribunal de Justicia de la Unión Europea con supremacía sobre todos los tribunales de los países miembros en materia de derecho de la Unión Europea .

El término "derecho transnacional" se utiliza a veces para un conjunto de normas de derecho privado que trascienden el estado nacional. [12]

Historia

La versión hitita del Tratado de Kadesh , uno de los primeros ejemplos existentes de un acuerdo internacional.

Los orígenes del derecho internacional se remontan a la antigüedad . Entre los primeros ejemplos se encuentran los tratados de paz entre las ciudades-estado mesopotámicas de Lagash y Umma (aproximadamente 2100 a. C.), y un acuerdo entre el faraón egipcio Ramsés II y el rey hitita, Hattusilis III , concluido en 1258 a. C. Las organizaciones políticas de todo el mundo también negociaron y celebraron pactos y acuerdos interestatales de diversos tipos , desde el Mediterráneo oriental hasta Asia oriental.

La antigua Grecia , que desarrolló nociones básicas de gobernanza y relaciones internacionales, contribuyó a la formación del sistema legal internacional; muchos de los primeros tratados de paz registrados se celebraron entre las ciudades-estado griegas o con los estados vecinos. El Imperio Romano estableció un marco conceptual temprano para el derecho internacional, jus gentium ("derecho de gentes"), que regía tanto el estatus de los extranjeros que vivían en Roma como las relaciones entre los extranjeros y los ciudadanos romanos . Adoptando el concepto griego de ley natural , los romanos concibieron el jus gentiumcomo universal. Sin embargo, a diferencia del derecho internacional moderno, el derecho de gentes romano se aplicaba a las relaciones con y entre individuos extranjeros más que entre unidades políticas como los estados.

A partir del período de primavera y otoño del siglo VIII a. C., China se dividió en numerosos estados que a menudo estaban en guerra entre sí. Posteriormente, surgieron reglas para la diplomacia y la elaboración de tratados, incluidas las nociones sobre las bases justas para la guerra, los derechos de las partes neutrales y la consolidación y partición de los estados; estos conceptos se aplicaron a veces a las relaciones con "bárbaros" a lo largo de la periferia occidental de China más allá de las Llanuras Centrales. [13] El período posterior de los Reinos Combatientes vio el desarrollo de dos grandes escuelas de pensamiento, el confucianismo y el legalismo., que sostenían que las esferas jurídicas nacional e internacional estaban estrechamente interrelacionadas, y buscaban establecer principios normativos contrapuestos para guiar las relaciones exteriores. De manera similar, el subcontinente indio se caracterizó por una panoplia de estados en constante cambio, que con el tiempo desarrollaron reglas de neutralidad, leyes de tratados y conducta internacional. Se establecieron embajadas tanto temporales como permanentes entre los estados para mantener relaciones diplomáticas, y las relaciones se llevaron a cabo con estados distantes de Europa y Asia Oriental. [14]

Tras el colapso del Imperio Romano Occidental en el siglo V d.C., Europa se fragmentó en numerosos estados a menudo en guerra durante gran parte de los siguientes cinco siglos. El poder político estaba disperso en una variedad de entidades, incluida la Iglesia , las ciudades-estado mercantiles y los reinos, la mayoría de los cuales tenían jurisdicciones superpuestas y en constante cambio. Al igual que en China y la India, estas divisiones impulsaron el desarrollo de reglas destinadas a proporcionar relaciones estables y predecibles. Los primeros ejemplos incluyen el derecho canónico , que regía las instituciones eclesiásticas y el clero en toda Europa; la lex mercatoria ("ley mercantil"), que se refería al comercio y al comercio; y varios códigos de derecho marítimo, como los Rolls of Oléron —que se basaron en la antigua Lex Rhodia romana— y las Leyes de Wisby (Visby), promulgadas entre la Liga Hanseática comercial del norte de Europa y la región del Báltico. [15]

Al mismo tiempo, en el mundo islámico , las relaciones exteriores se guiaron sobre la base de la división del mundo en tres categorías: el dar al-Islam (territorio del Islam), donde prevalecía la ley islámica; dar al-sulh (territorio de tratado), reinos no islámicos que han concluido un armisticio con un gobierno musulmán; y dar al-harb (territorio de guerra), tierras no islámicas cuyos gobernantes están llamados a aceptar el Islam . [16] [17] Bajo el califato temprano del siglo VII EC, los principios legales islámicos relacionados con la conducta militar y el tratamiento de los prisioneros de guerrasirvieron como precursores del derecho internacional humanitario moderno . La ley islámica en este período institucionalizó las limitaciones humanitarias de la conducta militar, incluidos los intentos de limitar la gravedad de la guerra, las directrices para el cese de las hostilidades, la distinción entre civiles y combatientes, la prevención de la destrucción innecesaria y el cuidado de los enfermos y heridos. [18] Los muchos requisitos sobre cómo se debe tratar a los prisioneros de guerra incluyen proporcionar refugio, comida y ropa, respetar sus culturas y prevenir cualquier acto de ejecución, violación o venganza. Algunos de estos principios no fueron codificados en el derecho internacional occidental hasta los tiempos modernos. [19]

Durante la Edad Media europea , el derecho internacional se preocupó principalmente por el propósito y la legitimidad de la guerra, buscando determinar qué constituía una "guerra justa ". Por ejemplo, la teoría del armisticio sostenía que la nación que provocó una guerra injustificada no podía disfrutar del derecho a obtener o conquistar trofeos que eran legítimos en ese momento. [20] El concepto grecorromano de ley natural fue combinado con principios religiosos por el filósofo judío Moisés Maimónides (1135-1204) y el teólogo cristiano Tomás de Aquino.(1225-1274) para crear la nueva disciplina del "derecho de gentes", que, a diferencia de su predecesor romano epónimo, aplicó el derecho natural a las relaciones entre estados. En el Islam, se desarrolló un marco similar en el que el derecho de gentes se deriva, en parte, de los principios y reglas establecidos en los tratados con los no musulmanes. [21]

Aparición del derecho internacional moderno

El siglo XV fue testigo de una confluencia de factores que contribuyeron a un desarrollo acelerado del derecho internacional en su marco actual. La afluencia de eruditos griegos del colapso del Imperio Bizantino , junto con la introducción de la imprenta , estimuló el desarrollo de la ciencia, el humanismo y las nociones de derechos individuales . El aumento de la navegación y la exploración por parte de los europeos desafió a los académicos a diseñar un marco conceptual para las relaciones con diferentes pueblos y culturas. La formación de estados centralizados como España y Francia trajo más riqueza, ambición y comercio, lo que a su vez requirió reglas y regulaciones cada vez más sofisticadas.

La península italiana, dividida entre varias ciudades-estado con relaciones complejas y a menudo conflictivas, fue posteriormente una de las primeras incubadoras de la teoría del derecho internacional. El jurista y profesor de derecho Bartolus da Saxoferrato (1313-1357), que estaba bien versado en el derecho romano y bizantino, contribuyó al área cada vez más relevante de los " conflictos de leyes ", que se refiere a disputas entre particulares y entidades en diferentes jurisdicciones soberanas; por tanto, se le considera el fundador del derecho internacional privado . Otro jurista y profesor de derecho italiano, Baldus de Ubaldis (1327-1400), proporcionó voluminosos comentarios y compilaciones de derecho romano, eclesiástico y feudal., creando así una fuente de derecho organizada que podría ser referenciada por diferentes naciones. El colaborador más famoso de la región, Alberico Gentili (1552-1608), es considerado uno de los fundadores del derecho internacional, autor de una de las primeras obras sobre el tema, De Legationibus Libri Tres , en 1585. Escribió varios libros más sobre diversos temas. en derecho internacional, en particular De jure belli libri tres ( Tres libros sobre el derecho de la guerra ), que ofrece un comentario exhaustivo sobre las leyes de la guerra y los tratados,

De jure belli ac pacis , de Hugo Grocio , se considera uno de los textos fundacionales del derecho internacional. (En la foto está la portada de la segunda edición de 1631).

España, cuyo imperio global estimuló una época dorada de desarrollo económico e intelectual en los siglos XVI y XVII, produjo importantes contribuyentes al derecho internacional. Francisco de Vitoria (1486-1546), que estaba preocupado por el trato de los pueblos indígenas por parte de España, invocó el derecho de gentes como base de su dignidad y derechos innatos, articulando una versión temprana de la igualdad soberana entre los pueblos. Francisco Suárez (1548-1617) enfatizó que el derecho internacional se basa en el derecho natural.

El jurista holandés Hugo Grocio (1583-1645) es ampliamente considerado como la figura más fundamental del derecho internacional, siendo uno de los primeros académicos en articular un orden internacional que consiste en una "sociedad de estados" gobernada no por la fuerza o la guerra, sino por leyes vigentes, acuerdos mutuos y costumbres. [22] Grocio secularizó el derecho internacional y lo organizó en un sistema integral; su obra de 1625, De Jure Belli ac Pacis ( Sobre la ley de la guerra y la paz ), estableció un sistema de principios de la ley natural que vincula a todas las naciones independientemente de las costumbres o leyes locales. También hizo hincapié en la libertad de la alta mar., que no solo fue relevante para el creciente número de estados europeos que exploran y colonizan el mundo, sino que sigue siendo una piedra angular del derecho internacional en la actualidad. Aunque el estudio moderno del derecho internacional no comenzaría hasta principios del siglo XIX, los eruditos del siglo XVI Gentili, Vitoria y Grotius sentaron las bases y son ampliamente considerados como los "padres del derecho internacional". [23]

Grocio inspiró a dos escuelas nacientes de derecho internacional, los naturalistas y los positivistas. En el primer campo estaba el jurista alemán Samuel von Pufendorf (1632-1694), quien destacó la supremacía de la ley de la naturaleza sobre los estados. Su obra de 1672, De iure naturae et gentium, amplió las teorías de Grocio y basó la ley natural en la razón y el mundo secular, afirmando que sólo regula los actos externos de los estados. Pufendorf desafió la noción hobbesianaque el estado de naturaleza era de guerra y conflicto, argumentando que el estado natural del mundo es en realidad pacífico pero débil e incierto sin apego al derecho de gentes. Las acciones de un estado consisten en nada más que la suma de los individuos dentro de ese estado, lo que requiere que el estado aplique una ley fundamental de la razón, que es la base de la ley natural. Fue uno de los primeros eruditos en expandir el derecho internacional más allá de las naciones cristianas europeas, abogando por su aplicación y reconocimiento entre todos los pueblos sobre la base de la humanidad compartida.

Por el contrario, escritores positivistas, como Richard Zouche (1590-1661) en Inglaterra y Cornelis van Bynkershoek (1673-1743) en los Países Bajos, argumentaron que el derecho internacional debería derivarse de la práctica real de los estados en lugar de fuentes cristianas o grecorromanas. . El estudio del derecho internacional se alejó de su preocupación central sobre el derecho de la guerra y se centró en dominios como el derecho del mar y los tratados comerciales. La escuela positivista hizo uso del nuevo método científico y, en ese sentido, fue coherente con el enfoque empirista e inductivo de la filosofía que estaba ganando aceptación en Europa.

Establecimiento del "sistema de Westfalia"

Sir Alberico Gentili es considerado el padre del derecho internacional. [24]

Los desarrollos del siglo XVII llegaron a un punto crítico al concluir la " Paz de Westfalia " en 1648, que se considera el evento fundamental en el derecho internacional. La " soberanía de Westfalia " resultante estableció el orden jurídico internacional actual caracterizado por entidades soberanas independientes conocidas como " estados nacionales ", que gozan de igualdad de soberanía independientemente de su tamaño y poder, definida principalmente por la inviolabilidad de las fronteras y la no injerencia en los asuntos internos. de estados soberanos. A partir de este período, el concepto de Estado-nación evolucionó rápidamente y, con él, el desarrollo de relaciones complejas que requerían reglas y pautas predecibles y ampliamente aceptadas. La idea del nacionalismo, en el que las personas comenzaron a verse a sí mismas como ciudadanos de un grupo particular con una identidad nacional distinta, solidificó aún más el concepto y la formación de los estados-nación.

Los elementos de las escuelas naturalista y positivista se sintetizaron, sobre todo por el filósofo alemán Christian Wolff (1679-1754) y el jurista suizo Emerich de Vattel (1714-1767), quienes buscaron un enfoque intermedio en el derecho internacional. Durante el siglo XVIII, la tradición positivista ganó una aceptación más amplia, aunque el concepto de derechos naturales siguió siendo influyente en la política internacional, particularmente a través de las revoluciones republicanas de Estados Unidos y Francia. No fue sino hasta el siglo XX que los derechos naturales adquirieron mayor relevancia en el derecho internacional.

En Europa se desarrollaron varios sistemas legales , incluidos los sistemas codificados de los estados de la Europa continental conocidos como derecho civil y el derecho consuetudinario inglés , que se basa en decisiones de jueces y no en códigos escritos. Otras áreas alrededor del mundo desarrollaron sistemas legales diferentes, con la tradición legal china que se remonta a más de cuatro mil años, aunque a fines del siglo XIX, todavía no existía un código escrito para los procedimientos civiles en China. [25]

Hasta mediados del siglo XIX, las relaciones entre los estados estaban dictadas principalmente por tratados, acuerdos entre estados para comportarse de cierta manera, inaplicables excepto por la fuerza, y no vinculantes excepto por cuestiones de honor y fidelidad. Uno de los primeros instrumentos del derecho internacional moderno fue el Código Lieber de 1863, que gobernó la conducta de las fuerzas estadounidenses durante la Guerra Civil estadounidense , y se considera la primera recitación escrita de las reglas y artículos de guerra a los que se adhieren todos los civilizados. naciones. Esto condujo al primer enjuiciamiento por crímenes de guerra, en el que un comandante confederado fue juzgado y ahorcado por mantener prisioneros de guerra en condiciones crueles y depravadas en Andersonville., Georgia. En los años siguientes, otros estados suscribieron limitaciones de su conducta, y se crearon muchos otros tratados y órganos para regular la conducta de los estados entre sí, incluida la Corte Permanente de Arbitraje en 1899, y las Convenciones de La Haya y Ginebra , la el primero de los cuales fue aprobado en 1864.

La Primera Convención de Ginebra (1864) es una de las primeras formulaciones del derecho internacional.

El concepto de soberanía fue difundido por todo el mundo por las potencias europeas, que habían establecido colonias y esferas de influencia en prácticamente todas las sociedades. El positivismo alcanzó su punto máximo a finales del siglo XIX y su influencia comenzó a menguar tras el derramamiento de sangre sin precedentes de la Primera Guerra Mundial , que impulsó la creación de organizaciones internacionales como la Sociedad de Naciones , fundada en 1919 para salvaguardar la paz y la seguridad. El derecho internacional comenzó a incorporar nociones más naturalistas como la autodeterminación y los derechos humanos . La Segunda Guerra Mundial aceleró este desarrollo, lo que llevó al establecimiento de las Naciones Unidas , cuya Cartaprincipios consagrados como la no agresión, la no intervención y la seguridad colectiva. Siguió un orden legal internacional más sólido, que fue respaldado por instituciones como la Corte Internacional de Justicia y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , y por acuerdos multilaterales como la Convención sobre el Genocidio . La Comisión de Derecho Internacional (CDI) se estableció en 1947 para ayudar a desarrollar, codificar y fortalecer el derecho internacional.

Habiéndose vuelto geográficamente internacional a través de la expansión colonial de las potencias europeas, el derecho internacional se volvió verdaderamente internacional en las décadas de 1960 y 1970, cuando la rápida descolonización en todo el mundo resultó en el establecimiento de decenas de nuevos estados independientes. Los diversos intereses y necesidades políticos y económicos de estos estados, junto con sus diversos orígenes culturales, infundieron nuevas influencias a los principios y prácticas del derecho internacional hasta ahora dominados por Europa. Una avalancha de instituciones, desde la Organización Mundial de la Salud hasta la Organización Mundial del Comercio , impulsó el desarrollo de un orden legal estable y predecible con reglas que gobiernan prácticamente todos los dominios. El fenómeno de la globalización, que ha llevado a la rápida integración del mundo en términos económicos, políticos e incluso culturales, presenta uno de los mayores desafíos para diseñar un sistema legal verdaderamente internacional.

Fuentes de derecho internacional

Las fuentes del derecho internacional se han visto influidas por una variedad de teorías políticas y legales. Durante el siglo XX, los positivistas legales reconocieron que un estado soberano podía limitar su autoridad para actuar al consentir en un acuerdo de acuerdo con el principio del contrato pacta sunt servanda . Esta visión consensuada del derecho internacional se reflejó en el Estatuto de la Corte Permanente de Justicia Internacional de 1920 y se conserva en el artículo 7 del Estatuto de la CIJ. [26] Las fuentes de derecho internacional aplicadas por la comunidad de naciones se enumeran en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia , que se considera autoritario al respecto:

  1. Tratados y convenciones internacionales;
  2. Costumbre internacional derivada de la "práctica general" de los Estados; y
  3. Principios legales generales "reconocidos por naciones civilizadas".

Además, las decisiones judiciales y las enseñanzas de destacados académicos del derecho internacional pueden aplicarse como "medios subsidiarios para la determinación de las normas de derecho".

Muchos estudiosos están de acuerdo en que el hecho de que las fuentes estén ordenadas secuencialmente sugiere una jerarquía implícita de fuentes. [27] Sin embargo, el lenguaje del artículo 38 no tiene explícitamente tal jerarquía, y las decisiones de las cortes y tribunales internacionales no apoyan una jerarquía tan estricta. Por el contrario, el artículo 21 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional define claramente una jerarquía del derecho aplicable (o fuentes del derecho internacional).

Tratados

El derecho internacional de los tratados comprende obligaciones aceptadas expresa y voluntariamente por los Estados entre ellos en tratados . La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados define un tratado de la siguiente manera:

"tratado" significa un acuerdo internacional celebrado entre Estados en forma escrita y regido por el derecho internacional, ya sea incorporado en un solo instrumento o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su designación particular [28]

Esta definición ha llevado a la jurisprudencia a definir un tratado como un acuerdo internacional que cumple los siguientes criterios:

  1. Criterio 1: Requisito de un acuerdo, reuniones de testamentos ( concours de volonté )
  2. Criterio 2: Requisito de ser celebrado entre sujetos de derecho internacional: este criterio excluye los acuerdos firmados entre Estados y corporaciones privadas, como los Acuerdos de Producción Compartida . En el caso Reino Unido contra Irán de 1952 , la CIJ no tenía jurisdicción para una disputa sobre la nacionalización de la Anglo-Iranian Oil Company, ya que la disputa surgió de un supuesto incumplimiento de contrato entre una empresa privada y un Estado.
  3. Criterio 3: Requisito de regirse por el derecho internacional: cualquier acuerdo regido por cualquier derecho interno no se considerará tratado.
  4. Criterio 4: Sin requisito de instrumento: Un tratado puede estar incorporado en un solo instrumento o en dos o más instrumentos relacionados. Esto se ejemplifica mejor en el intercambio de cartas ( échange de lettres ). Por ejemplo, si Francia envía una carta a Estados Unidos para decirle que aumente su contribución en el presupuesto de la Alianza del Atlántico Norte y Estados Unidos acepta el compromiso, se puede decir que surgió un tratado del intercambio.
  5. Criterio 5: Sin requisito de designación: la designación del tratado, ya sea una "convención", "pacto" o "acuerdo", no tiene impacto en la calificación de dicho acuerdo como tratado.
  6. Criterio no escrito: requisito para que el acuerdo produzca efectos legales: este criterio no escrito tiene por objeto excluir los acuerdos que cumplen las condiciones enumeradas anteriormente, pero que no están destinados a producir efectos legales, como los memorandos de entendimiento.

Cuando hay disputas sobre el significado exacto y la aplicación de las leyes nacionales, es responsabilidad de los tribunales decidir qué significa la ley. En el derecho internacional, la interpretación está dentro del dominio de los Estados interesados, pero también puede conferirse a órganos judiciales como la Corte Internacional de Justicia, por los términos de los tratados o por consentimiento de las partes. Por lo tanto, si bien en general es responsabilidad de los Estados interpretar la ley por sí mismos, los procesos de diplomacia y la disponibilidad de órganos judiciales supranacionales brindan asistencia de manera rutinaria con ese fin.

La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados , que codifica varios principios fundamentales de la interpretación de los tratados, sostiene que un tratado "se interpretará de buena fe de conformidad con el sentido corriente que se le dé a los términos del tratado en su contexto y en el a la luz de su objeto y propósito ". Esto representa un compromiso entre tres teorías de interpretación diferentes:

  • El enfoque textual, una interpretación restrictiva que mira al "sentido corriente" del texto, otorgando un peso considerable al texto real.
  • El enfoque subjetivo , que toma en consideración factores como las ideas detrás del tratado, el contexto de la creación del tratado y lo que pretendían los redactores.
  • El enfoque eficaz , que interpreta un tratado "a la luz de su objeto y fin", es decir, basado en lo que mejor se adapta al objetivo del tratado.

Las anteriores son reglas generales de interpretación y no excluyen la aplicación de reglas específicas para áreas particulares del derecho internacional.

  • Grecia v Reino Unido [1952] CIJ 1 , CIJ no tenía jurisdicción para conocer de una disputa entre el gobierno del Reino Unido y un empresario griego privado en virtud de los términos de un tratado.
  • Reino Unido contra Irán [1952] CIJ 2 , la CIJ no tenía jurisdicción para una disputa sobre la nacionalización de la Anglo-Iranian Oil Company .
  • Caso Oil Platforms (República Islámica del Irán contra Estados Unidos de América) [2003] CIJ 4 , rechazó la disputa sobre los daños a los barcos que chocaron contra una mina.

Aduana internacional

El derecho internacional consuetudinario se deriva de la práctica constante de los Estados acompañada de opinio juris, es decir, la convicción de los estados de que la práctica constante es requerida por una obligación legal. Las sentencias de los tribunales internacionales, así como los trabajos académicos, tradicionalmente se han considerado como fuentes persuasivas de la costumbre, además de como evidencia directa del comportamiento del Estado. Los intentos de codificar el derecho internacional consuetudinario cobraron impulso después de la Segunda Guerra Mundial con la formación de la Comisión de Derecho Internacional (CDI) bajo la égida de la ONU. El derecho consuetudinario codificado se convierte en la interpretación vinculante de la costumbre subyacente mediante acuerdo mediante tratado. Para los estados que no son parte de tales tratados, el trabajo de la ILC aún puede aceptarse como costumbre que se aplica a esos estados. Los principios generales del derecho son aquellos comúnmente reconocidos por los principales sistemas legales del mundo. Ciertas normas del derecho internacional adquieren la fuerza vinculante denormas imperativas ( jus cogens ) que incluyan a todos los estados sin derogaciones permisibles. [29]

  • Colombia c. Perú (1950), reconociendo la costumbre como fuente del derecho internacional, pero la práctica de dar asilo no formaba parte de ella. [30]
  • Bélgica contra España (1970), en el que se concluye que solo el estado en el que está constituida una sociedad (no donde residen sus principales accionistas) está legitimado para entablar una acción por daños y perjuicios por pérdidas económicas.

Estadidad y responsabilidad

El derecho internacional establece el marco y los criterios para identificar a los Estados como actores principales del ordenamiento jurídico internacional. Dado que la existencia de un estado presupone el control y la jurisdicción sobre el territorio, el derecho internacional se ocupa de la adquisición de territorio, la inmunidad del estado y la responsabilidad legal de los estados en su conducta entre sí. El derecho internacional se ocupa de manera similar del trato de las personas dentro de las fronteras estatales. Por lo tanto, existe un régimen integral que se ocupa de los derechos de los grupos, el tratamiento de los extranjeros , los derechos de los refugiados , los delitos internacionales , los problemas de nacionalidad y los derechos humanos.generalmente. Incluye además las importantes funciones del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, el control de armamentos, el arreglo pacífico de controversias y la regulación del uso de la fuerza en las relaciones internacionales. Incluso cuando la ley no puede detener el estallido de la guerra, ha desarrollado principios para regir la conducción de las hostilidades y el trato de los prisioneros . El derecho internacional también se utiliza para gobernar cuestiones relacionadas con el medio ambiente global, los bienes comunes globales como las aguas internacionales y el espacio exterior , las comunicaciones globales y el comercio mundial .

En teoría, todos los estados son soberanos e iguales. Como resultado de la noción de soberanía, el valor y la autoridad del derecho internacional dependen de la participación voluntaria de los Estados en su formulación, observancia y aplicación. Aunque puede haber excepciones, muchos académicos internacionales piensan que la mayoría de los estados asumen compromisos legales con otros estados por un interés propio ilustrado en lugar de adherirse a un cuerpo de leyes que es más alto que el suyo. Como señala DW Greig , "el derecho internacional no puede existir aislado de los factores políticos que operan en la esfera de las relaciones internacionales ". [31]

Tradicionalmente, los estados soberanos y la Santa Sede eran los únicos sujetos del derecho internacional. Con la proliferación de organizaciones internacionales durante el último siglo, en algunos casos también han sido reconocidas como partes relevantes. Recientes interpretaciones de normas internacionales de derechos humanos , derecho internacional humanitario y el derecho comercial internacional (por ejemplo, Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte (TLC) Capítulo 11 acciones) han sido incluidos corporaciones, e incluso de ciertos individuos.

El conflicto entre el derecho internacional y la soberanía nacional está sujeto a un vigoroso debate y disputa en la academia, la diplomacia y la política. Ciertamente, existe una tendencia creciente a juzgar las acciones internas de un estado a la luz del derecho y las normas internacionales. Numerosas personas ven ahora al Estado-nación como la unidad principal de los asuntos internacionales, y creen que solo los Estados pueden optar por asumir voluntariamente compromisos en virtud del derecho internacional, y que tienen derecho a seguir sus propios consejos cuando se trata de la interpretación de sus propias decisiones. compromisos. Ciertos eruditos [ ¿quién? ]y los líderes políticos sienten que estos desarrollos modernos ponen en peligro a los estados nacionales al quitar el poder a los gobiernos estatales y cederlo a organismos internacionales como la ONU y el Banco Mundial, argumentan que el derecho internacional ha evolucionado hasta un punto en el que existe por separado del mero consentimiento de los estados, y discernir un proceso legislativo y judicial al derecho internacional que sea paralelo a dichos procesos dentro del derecho interno. Esto ocurre especialmente cuando los estados violan o se desvían de los estándares de conducta esperados adheridos por todas las naciones civilizadas.

Varios estados hacen hincapié en el principio de soberanía territorial, por lo que consideran que los estados tienen rienda suelta sobre sus asuntos internos. Otros estados se oponen a este punto de vista. Un grupo de opositores a este punto de vista, incluidas muchas naciones europeas , sostiene que todas las naciones civilizadas tienen ciertas normas de conducta que se esperan de ellas, incluida la prohibición del genocidio , la esclavitud y la trata de esclavos , las guerras de agresión , la tortura y la piratería., y que la violación de estas normas universales constituye un crimen, no solo contra las víctimas individuales, sino contra la humanidad en su conjunto. Los Estados y las personas que suscriben este punto de vista opinan que, en el caso de la persona responsable de la violación del derecho internacional, "se convierte, como el pirata y el comerciante de esclavos antes que él, en hostis humani generis , en enemigo de toda la humanidad", [32] y, por lo tanto, sujeto a enjuiciamiento en un juicio imparcial ante cualquier tribunal fundamentalmente justo, mediante el ejercicio de la jurisdicción universal .

Aunque las democracias europeas tienden a apoyar interpretaciones amplias y universalistas del derecho internacional, muchas otras democracias tienen puntos de vista diferentes sobre el derecho internacional. Varias democracias, incluidas India , Israel y Estados Unidos, adoptar un enfoque flexible y ecléctico, reconociendo aspectos del derecho internacional como los derechos territoriales como universales, considerando otros aspectos como derivados de tratados o costumbres, y considerando ciertos aspectos como no sujetos en absoluto del derecho internacional. Las democracias en el mundo en desarrollo, debido a su historia colonial pasada, a menudo insisten en la no injerencia en sus asuntos internos, particularmente en lo que respecta a las normas de derechos humanos o sus instituciones peculiares, pero a menudo apoyan firmemente el derecho internacional a nivel bilateral y multilateral, como en Naciones Unidas, y especialmente con respecto al uso de la fuerza, las obligaciones de desarme y los términos de la Carta de la ONU.

  • Caso relativo al personal diplomático y consular de los Estados Unidos en Teherán [1980] CIJ 1
  • República Democrática del Congo contra Bélgica [2002] CIJ 1

Territorio y mar

El derecho del mar es el ámbito del derecho internacional relativo a los principios y normas por los que los estados y otras entidades interactúan en asuntos marítimos. [33] Abarca áreas y cuestiones tales como derechos de navegación, derechos sobre minerales marinos y jurisdicción sobre aguas costeras. El derecho del mar es distinto del derecho del almirantazgo (también conocido como derecho marítimo ), que se refiere a las relaciones y la conducta en el mar por parte de entidades privadas.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), concluida en 1982 y que entró en vigor en 1994, se acepta generalmente como una codificación del derecho internacional consuetudinario del mar.

  • Disputa territorial
  • Libia c Chad [1994] CIJ 1
  • Reino Unido contra Noruega [1951] CIJ 3 , caso Pesca, relativo a los límites de la jurisdicción de Noruega sobre aguas vecinas
  • Perú v Chile (2014) disputa sobre aguas internacionales.
  • Caso Bakassi [2002] CIJ 2 , entre Nigeria y Camerún
  • Caso de controversia fronteriza entre Burkina Faso y Níger (2013)
  • Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
  • Caso del Canal de Corfú [1949] CIJ 1 , Reino Unido demanda a Albania por daños a barcos en aguas internacionales. Primera decisión de la CIJ.
  • Francia contra Reino Unido [1953] CIJ 3
  • Alemania contra Dinamarca y los Países Bajos [1969] CIJ 1 , reclamación exitosa de una mayor parte de la plataforma continental del Mar del Norte por parte de Alemania. La CIJ sostuvo que el asunto debe resolverse, no de acuerdo con reglas legales estrictas, sino aplicando principios de equidad.
  • Caso relativo a la delimitación marítima en el Mar Negro (Rumania contra Ucrania) [2009] CIJ 3

Organizaciones internacionales

  • Naciones Unidas
  • Organización de Comercio Mundial
  • Organización Internacional del Trabajo
  • OTAN
  • unión Europea
  • G7 y G20
  • OPEP
  • Organización de la Conferencia Islámica
  • Organización de Comida y Agricultura
  • Organización Mundial de la Salud

Política económica y social

  • Holanda contra Suecia [1958] CIJ 8 , Suecia tenía jurisdicción sobre su política de tutela, lo que significa que sus leyes invalidaron una orden de tutela contradictoria de los Países Bajos.
  • Liechtenstein c. Guatemala [1955] CIJ 1 , el reconocimiento de la nacionalidad del Sr. Nottebohm, relacionado con la protección diplomática.
  • Italia contra Francia, Reino Unido y Estados Unidos [1954] CIJ 2

Derechos humanos

  • declaración Universal de los Derechos Humanos
  • Caso de genocidio Croacia-Serbia (2014) reclamaciones en curso sobre genocidio.
  • Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro [2007] CIJ 2
  • Caso relativo a Barcelona Traction, Light, and Power Company, Ltd [1970] CIJ 1

Derecho laboral

  • Organización internacional del trabajo
  • Convenios de la OIT
  • Declaración de Filadelfia de 1944
  • Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de 1998
  • Convención de las Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
  • la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965 [34]
  • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 1981); [35]
  • la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2008 [36]

Desarrollo y finanzas

  • Conferencia de Bretton Woods
  • Banco Mundial
  • Fondo Monetario Internacional

Ley del Medio Ambiente

  • Protocolo de Kyoto

Comercio

  • Organización de Comercio Mundial
  • Asociación Transpacífico (TPP): El TPP es un acuerdo de libre comercio propuesto entre 11 economías de la Cuenca del Pacífico, que se centra en las reducciones arancelarias. Fue la pieza central del pivote estratégico del presidente Barack Obama hacia Asia. Antes de que el presidente Donald J. Trump se retirara de Estados Unidos en 2017, el TPP estaba destinado a convertirse en el acuerdo de libre comercio más grande del mundo, cubriendo el 40 por ciento de la economía mundial. [37]
  • Asociación Económica Integral Regional (RCEP): El RCEP es un acuerdo de libre comercio entre las naciones de Asia-Pacífico de Australia, Brunei, Camboya, China, Indonesia, Japón, Laos, Malasia, Myanmar, Nueva Zelanda, Filipinas, Singapur, Corea del Sur. , Tailandia y Vietnam. Incluye a los 10 miembros de la ASEAN más 6 socios extranjeros de la ASEAN. [38] Las 16 naciones firmaron el acuerdo el 15 de noviembre de 2020, a través de una teleconferencia. El acuerdo excluye a EE. UU., Que se retiró de un pacto comercial rival Asia-Pacífico en 2017. RCEP conectará alrededor del 30% de la población y la producción del mundo y, en el contexto político adecuado, generará ganancias significativas. [39]RCEP tiene como objetivo crear un mercado integrado con 16 países, facilitando que los productos y servicios de cada uno de estos países estén disponibles en esta región. Las negociaciones se enfocan en lo siguiente: Comercio de bienes y servicios, inversión, propiedad intelectual, solución de controversias, comercio electrónico, pequeñas y medianas empresas y cooperación económica. [40]

Conflicto y fuerza

Guerra y conflicto armado

  • Nicaragua c. Estados Unidos [1986] CIJ 1
  • Opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares

Derecho humanitario

  • Primer Convenio de Ginebra de 1949, Mejora de la suerte de los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña (adoptado por primera vez en 1864)
  • Segundo Convenio de Ginebra de 1949, Mejora de la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar (adoptado por primera vez en 1906)
  • Tercer Convenio de Ginebra de 1949, Tratamiento de los prisioneros de guerra, adoptado en 1929, a raíz de los Convenios de La Haya de 1899 y 1907 .
  • Cuarto Convenio de Ginebra de 1949, Protección de personas civiles en tiempo de guerra.

Derecho penal internacional

  • Tribunal Penal Internacional para Ruanda
  • Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia

Tribunales y ejecución

Probablemente sea el caso de que casi todas las naciones observan casi todos los principios del derecho internacional y casi todas sus obligaciones casi todo el tiempo.

-  Louis Henkin [41]

Dado que el derecho internacional no ha establecido un sistema judicial obligatorio para la solución de controversias o un sistema penal coercitivo , no es tan sencillo como gestionar las infracciones dentro de un sistema jurídico nacional. Sin embargo, existen medios por los cuales las infracciones se señalan a la atención de la comunidad internacional y algunos medios para resolverlas. Por ejemplo, existen tribunales judiciales o cuasijudiciales en el derecho internacional en determinadas áreas como el comercio y los derechos humanos. La formación de las Naciones Unidas , por ejemplo, creó un medio para que la comunidad mundial aplique el derecho internacional a los miembros que violan su estatuto a través del Consejo de Seguridad.

Dado que el derecho internacional existe en un entorno jurídico sin un "soberano" general (es decir, un poder externo capaz y dispuesto a obligar al cumplimiento de las normas internacionales), la "aplicación" del derecho internacional es muy diferente del contexto nacional. En muchos casos, la aplicación adquiere características coasianas , donde la norma es autoaplicable. En otros casos, la deserción de la norma puede representar un riesgo real, particularmente si el entorno internacional está cambiando. Cuando esto sucede, y si suficientes Estados (o suficientes Estados poderosos) ignoran continuamente un aspecto particular del derecho internacional, la norma puede cambiar de acuerdo con los conceptos del derecho internacional consuetudinario. Por ejemplo, antes de la Primera Guerra Mundial, la guerra submarina sin restriccionesfue considerado una violación del derecho internacional y aparentemente el casus belli de la declaración de guerra de los Estados Unidos contra Alemania. Sin embargo, para la Segunda Guerra Mundial, la práctica estaba tan extendida que durante los juicios de Nuremberg , se retiraron los cargos contra el almirante alemán Karl Dönitz por ordenar una guerra submarina sin restricciones, a pesar de que la actividad constituyó una clara violación del Segundo Tratado Naval de Londres de 1936.

Aplicación nacional

Aparte de la inclinación natural de un estado a respetar ciertas normas, la fuerza del derecho internacional proviene de la presión que los estados ejercen unos sobre otros para comportarse de manera coherente y cumplir sus obligaciones. Como ocurre con cualquier sistema de derecho, se pasan por alto muchas violaciones de las obligaciones del derecho internacional. Si se aborda, puede ser a través de la diplomacia y las consecuencias sobre la reputación de un estado infractor, sometimiento a determinación judicial internacional, [42] [43] arbitraje, [44] sanciones [45] o la fuerza, incluida la guerra. [46]Aunque las violaciones pueden ser comunes de hecho, los estados intentan evitar la apariencia de haber desobedecido las obligaciones internacionales. Los Estados también pueden adoptar unilateralmente sanciones entre sí, como la ruptura de vínculos económicos o diplomáticos, o mediante acciones recíprocas. En algunos casos, los tribunales nacionales pueden dictar sentencia contra un estado extranjero (el ámbito del derecho internacional privado) por una lesión, aunque esta es un área complicada del derecho donde el derecho internacional se cruza con el derecho interno.

Está implícito en el sistema de Estados-nación de Westfalia, y explícitamente reconocido en el Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas , que todos los Estados tienen el derecho inherente a la autodefensa individual y colectiva si se produce un ataque armado contra ellos. El artículo 51 de la Carta de la ONU garantiza el derecho de los estados a defenderse hasta (ya menos que) el Consejo de Seguridad tome medidas para mantener la paz.

Organismos internacionales

Como "órgano deliberativo, de formulación de políticas y representativo", la Asamblea General de las Naciones Unidas "está facultada para formular recomendaciones"; no puede codificar el derecho internacional ni emitir resoluciones vinculantes. [47] [48] ​​Las resoluciones meramente internas, como las cuestiones presupuestarias, pueden ser vinculantes para el funcionamiento de la propia Asamblea General. Las violaciones de la Carta de las Naciones Unidas por parte de los miembros de las Naciones Unidas pueden ser planteadas por el estado agraviado en la Asamblea General para su debate.

Las resoluciones de la Asamblea General generalmente no son vinculantes para los Estados miembros, pero mediante la adopción de la resolución "Unidos por la paz" (A / RES / 377 A) , de 3 de noviembre de 1950, la Asamblea declaró que tenía la facultad de autorizar el uso de fuerza, en los términos de la Carta de la ONU, en casos de quebrantamiento de la paz o actos de agresión, siempre que el Consejo de Seguridad, debido al voto negativo de un miembro permanente, no actúe para abordar la situación. La Asamblea también declaró, al aprobar la resolución 377 A , que podía pedir otras medidas colectivas —como sanciones económicas y diplomáticas— en situaciones que constituyan la "amenaza a la paz" más leve.

La resolución Unidos por la Paz fue iniciada por Estados Unidos en 1950, poco después del estallido de la Guerra de Corea , como un medio para eludir posibles futuros vetos soviéticos en el Consejo de Seguridad . El papel legal de la resolución es claro, dado que la Asamblea General no puede emitir resoluciones vinculantes ni codificar leyes. Las "Siete Potencias Conjuntas" que presentaron el proyecto de resolución [49], durante las discusiones correspondientes, nunca sostuvieron que este otorgaba en modo alguno nuevas facultades a la Asamblea. En cambio, argumentaron que la resolución simplemente declaraba cuáles eran los poderes de la Asamblea, de acuerdo con la Carta de la ONU, en el caso de un Consejo de Seguridad bloqueado. [50] [51] [52] [53]La Unión Soviética fue el único miembro permanente del Consejo de Seguridad que votó en contra de las interpretaciones de la Carta que fueron recomendadas por la aprobación de la resolución 377 A. de la Asamblea.

Los estados en el Consejo de Seguridad también pueden plantear presuntas violaciones de la Carta. El Consejo de Seguridad podría posteriormente aprobar resoluciones bajo el Capítulo VI de la Carta de la ONU para recomendar la "Resolución Pacífica de Controversias". Tales resoluciones no son vinculantes según el derecho internacional, aunque por lo general expresan las convicciones del consejo. En raras ocasiones, el Consejo de Seguridad puede adoptar resoluciones en virtud del Capítulo VII de la Carta de la ONU, relacionadas con "amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz y actos de agresión", que son legalmente vinculantes según el derecho internacional y pueden ir seguidas de medidas económicas. sanciones, acción militar y usos similares de la fuerza bajo los auspicios de las Naciones Unidas.

Se ha argumentado que las resoluciones aprobadas fuera del Capítulo VII también pueden ser vinculantes; La base legal para ello son los amplios poderes del consejo en virtud del artículo 24 (2), que establece que "en el desempeño de estas funciones (ejercicio de la responsabilidad principal en la paz y la seguridad internacionales), actuará de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas Naciones ". El carácter obligatorio de esas resoluciones fue ratificado por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en su opinión consultiva sobre Namibia . La naturaleza vinculante de tales resoluciones se puede deducir de una interpretación de su lenguaje e intención.

Los Estados también pueden, con el consentimiento mutuo, someter las disputas al arbitraje de la Corte Internacional de Justicia , ubicada en La Haya , Países Bajos . Las sentencias dictadas por el tribunal en estos casos son vinculantes, aunque carece de medios para hacer cumplir sus fallos. La Corte podrá emitir una opinión consultiva sobre cualquier cuestión jurídica a solicitud de cualquier órgano que esté autorizado por la Carta de las Naciones Unidas o de conformidad con ella para formular dicha solicitud. Algunos de los casos consultivos presentados ante el tribunal han sido controvertidos con respecto a la competencia y jurisdicción del tribunal.

A menudo, asuntos enormemente complicados, los casos de la CIJ (de los cuales ha habido menos de 150 desde que se creó el tribunal a partir de la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1945) pueden extenderse durante años y generalmente involucran miles de páginas de alegatos, pruebas y el destacados abogados internacionales especialistas. A noviembre de 2019, hay 16 casos pendientes en la CIJ. Las decisiones tomadas a través de otros medios de arbitraje pueden ser vinculantes o no vinculantes dependiendo de la naturaleza del acuerdo de arbitraje, mientras que las decisiones resultantes de casos contenciosos argumentados ante la CIJ siempre son vinculantes para los estados involucrados.

Aunque los estados (o cada vez más, las organizaciones internacionales ) suelen ser los únicos con legitimación para abordar una violación del derecho internacional, algunos tratados, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tienen un protocolo opcional que permite a las personas a quienes se han violado sus derechos por los Estados miembros para presentar una petición al Comité Internacional de Derechos Humanos . Los tratados de inversión prevén común y rutinariamente la ejecución por parte de individuos o entidades inversoras. [54] y los acuerdos comerciales de extranjeros con gobiernos soberanos pueden hacerse cumplir en el plano internacional. [55]

Tribunales internacionales

Existen numerosos organismos internacionales creados por tratados que se pronuncian sobre cuestiones legales en las que pueden tener jurisdicción. El único que reclama la jurisdicción universal es el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas . Otros son: la Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (cuando los sistemas nacionales han fallado totalmente y el Tratado de Roma es aplicable) y la Corte de Arbitraje Deportivo .

Comunidad de África Oriental

Había ambiciones de hacer de la Comunidad de África Oriental, compuesta por Kenia , Tanzania , Uganda , Burundi y Ruanda , una federación política con su propia forma de ley supranacional vinculante, pero este esfuerzo no se ha materializado.

Unión de Naciones Sudamericanas

La Unión de Naciones Sudamericanas sirve al continente Sudamericano. Tiene la intención de establecer un marco similar al de la Unión Europea a finales de 2019. Se prevé tener su propio pasaporte y moneda, y limitar las barreras al comercio.

Comunidad Andina de Naciones

La Comunidad Andina de Naciones es el primer intento de integración de los países de la Cordillera de los Andes en América del Sur. Comenzó con el Acuerdo de Cartagena del 26 de mayo de 1969 y está integrado por cuatro países: Bolivia , Colombia , Ecuador y Perú . La Comunidad Andina sigue leyes supranacionales, denominadas Acuerdos, que son de obligado cumplimiento para estos países.

Teoría jurídica internacional

La teoría jurídica internacional comprende una variedad de enfoques teóricos y metodológicos utilizados para explicar y analizar el contenido, la formación y la eficacia del derecho y las instituciones internacionales y sugerir mejoras. Algunos enfoques se centran en la cuestión del cumplimiento: por qué los estados siguen las normas internacionales en ausencia de un poder coercitivo que garantice el cumplimiento. Otros enfoques se centran en el problema de la formación de reglas internacionales: por qué los estados adoptan voluntariamente normas de derecho internacional, que limitan su libertad de acción, en ausencia de una legislatura mundial; mientras que otras perspectivas están orientadas a las políticas: elaboran marcos teóricos e instrumentos para criticar las normas existentes y hacer sugerencias sobre cómo mejorarlas. Algunos de estos enfoques se basan en la teoría jurídica nacional., algunas son interdisciplinarias y otras se han desarrollado expresamente para analizar el derecho internacional. Los enfoques clásicos de la teoría jurídica internacional son las escuelas de pensamiento del derecho natural , el ecléctico y el positivismo jurídico .

El enfoque de la ley natural sostiene que las normas internacionales deben basarse en verdades axiomáticas . El escritor de derecho natural del siglo XVI, Francisco de Vitoria , profesor de teología en la Universidad de Salamanca , examinó las cuestiones de la guerra justa , la autoridad española en las Américas y los derechos de los pueblos nativos americanos.

En 1625 Hugo Grocio argumentó que tanto las naciones como las personas debían regirse por un principio universal basado en la moralidad y la justicia divina, mientras que las relaciones entre las entidades políticas debían regirse por el derecho de gentes, el jus gentium , establecido por el consentimiento de la comunidad. de las naciones sobre la base del principio de pacta sunt servanda , es decir, sobre la base del cumplimiento de los compromisos. Por su parte, Emmerich de VattelEn cambio, defendió la igualdad de los estados tal como la articulaba el derecho natural del siglo XVIII y sugirió que el derecho de gentes se componía de costumbre y derecho por un lado, y derecho natural por el otro. Durante el siglo XVII, los principios básicos de la escuela grociana o ecléctica , especialmente las doctrinas de igualdad jurídica, soberanía territorial e independencia de los estados, se convirtieron en los principios fundamentales del sistema político y jurídico europeo y fueron consagrados en la Paz de Westfalia de 1648. .

La primera escuela positivista enfatizó la importancia de las costumbres y los tratados como fuentes del derecho internacional. Alberico Gentili del siglo XVI utilizó ejemplos históricos para postular que el derecho positivo ( jus voluntarium ) estaba determinado por el consentimiento general. Cornelius van Bynkershoek afirmó que las bases del derecho internacional eran costumbres y tratados comúnmente consentidos por varios estados, mientras que John Jacob Moser enfatizó la importancia de la práctica estatal en el derecho internacional. La escuela del positivismo redujo la gama de prácticas internacionales que podrían calificarse como derecho, favoreciendo la racionalidad sobre la moral y la ética . El 1815El Congreso de Viena marcó el reconocimiento formal del sistema legal político e internacional basado en las condiciones de Europa.

Los positivistas legales modernos consideran el derecho internacional como un sistema unificado de reglas que emana de la voluntad de los estados. El derecho internacional, tal como es, es una realidad " objetiva " que debe distinguirse del derecho "como debería ser". El positivismo clásico exige pruebas rigurosas de validez jurídica y considera irrelevantes todos los argumentos extralegales. [56]

Criticas

Los estados-nación observan el principio de par in parem non habet imperium , "entre iguales no hay poder soberano". Esto se afirma en el artículo 2 (1) de la Carta de la ONU , que sostiene que ningún estado está sujeto a otro estado. Por lo tanto, John Austin afirmó que el 'supuesto' derecho internacional, que carece de un poder soberano y, por lo tanto, no se puede hacer cumplir, no es realmente ley, sino "moralidad positiva", que consiste en "opiniones y sentimientos ... más éticos que legales por naturaleza. " [57]

Debido a que la mayor parte del derecho internacional proviene de tratados, que son vinculantes solo para las partes que los ratifican o se adhieren a ellos,

Si la legislación es la elaboración de leyes por una persona o una asamblea vinculante para toda la comunidad, no existe el derecho internacional. Porque los tratados obligan solo a quienes los firman. [ cita requerida ]

Sobre el tema del derecho de los tratados, Charles de Gaulle afirmó que "los tratados son como muchachas bonitas o rosas; duran sólo lo que duran". [58]

Dado que los Estados son pocos en número, diversos y de carácter atípico, indecibles, carentes de un poder soberano centralizado y sus acuerdos no controlados y descentralizados, [59] entonces, dice Wight, “la sociedad internacional no es una sociedad en absoluto. La situación de las relaciones internacionales se describe mejor como anarquía internacional »;

Mientras que en la política interna la lucha por el poder está regida y circunscrita por la ley, en la política internacional la ley está gobernada y circunscrita por la lucha por el poder. (Es por eso que) la política internacional se llama política de poder ... La guerra es el único medio por el cual los estados pueden, en última instancia, defender intereses vitales ... las causas de la guerra son inherentes a la política de poder. [ cita requerida ]

Hans Morgenthau creía que el derecho internacional era el sistema de aplicación de la ley más débil y primitivo; comparó su naturaleza descentralizada con la ley que prevalece en las sociedades tribales prealfabetizadas. El monopolio de la violencia es lo que hace que la ley nacional sea aplicable; pero entre naciones, hay múltiples fuentes de fuerza en competencia. La confusión creada por las leyes de los tratados, que se asemejan a los contratos privados entre personas, es mitigada solo por un número relativamente pequeño de estados. [60] Por ejemplo, no está claro si los juicios de Nuremberg crearon una nueva ley o aplicaron la ley existente del pacto Kellogg-Briand .

Morgenthau afirma que ningún estado puede ser obligado a someter una disputa a un tribunal internacional, lo que hace que las leyes sean inaplicables y voluntarias. El derecho internacional también carece de vigilancia y carece de organismos para su aplicación. Cita una encuesta de opinión estadounidense de 1947 en la que el 75% de los encuestados querían "una policía internacional para mantener la paz mundial", pero sólo el 13% quería que esa fuerza superara a las fuerzas armadas estadounidenses. Estudios posteriores han producido resultados contradictorios similares. [61]

Ver también

  • La Ley natural
  • Lista de casos de la Corte Internacional de Justicia
  • Lista de temas de derecho internacional público
  • Lista de tratados
  • Derecho consular
  • Arbitraje
  • Anarquía (relaciones internacionales)
  • Derecho aeronáutico y derecho espacial
  • Centro de Derecho Internacional (CIL)
  • Comisiones del río Danubio
  • Ley comparativa
  • Conferencia de las partes
  • Conflicto de leyes
  • Derecho diplomático y reconocimiento diplomático
  • Acuerdos ambientales
  • Derecho administrativo global
  • Policía global
  • Instituto de Posgrado de Estudios Internacionales y de Desarrollo
  • Comisión de Derecho Internacional
  • Litigio internacional
  • Comunidad internacional
  • Derecho constitucional internacional
  • Comisión de Derecho Internacional
  • Regulación internacional
  • Internacionalización del río Danubio
  • INTERPOL
  • Cláusula de Martens
  • Ley
  • Ley de premios
  • Ley de refugiados
  • Decir la verdad al poder
  • Ley espacial
  • Enfoques del Derecho Internacional del Tercer Mundo (TWAIL)
  • UNIDROIT
  • Sexta Comisión (Jurídica) de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Universidad por la Paz
  • El Instituto Europeo de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales
  • Pacta sunt servanda (los acuerdos deben mantenerse)
  • Pacto de Roerich
  • Proyecto Estado de derecho en conflictos armados (RULAC)

Notas

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  3. El término fue utilizado por primera vez por Jeremy Bentham en su "Introducción a los principios de la moral y la legislación" en 1780. Véase Bentham, Jeremy (1789), Introducción a los principios de la moral y la legislación , Londres: T. Payne, p. 6, archivado desde el original el 11 de diciembre de 2012 , consultado el 5 de diciembre de 2012
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  5. ^ Slomanson, William (2011). Perspectivas fundamentales del derecho internacional . Boston, Estados Unidos: Wadsworth. pag. 4.
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Referencias

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enlaces externos

  • Estado de derecho de las Naciones Unidas , el sitio web centralizado de las Naciones Unidas sobre el estado de derecho
  • Guía de investigación jurídica de la biblioteca de la UNOG
  • Centro de Derecho Internacional (CIL), Singapur
  • Visión general del derecho internacional
  • Departamento de Derecho Internacional, Instituto de Graduados de Estudios Internacionales y del Desarrollo, Ginebra
  • Documentos legales primarios críticos para comprender el desarrollo del derecho internacional público
  • El derecho internacional público como forma de ordenamiento privado
  • El Instituto Europeo de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales
  • Derecho internacional público - Recursos
  • Breve introducción al derecho internacional con casos y comentarios. Nathaniel Burney, 2007.
  • Sociedad Estadounidense de Derecho Internacional: 100 formas en que el derecho internacional da forma a nuestras vidas
  • Departamento de Derecho Internacional Público, Instituto de Graduados de Estudios Internacionales y del Desarrollo, Ginebra
  • Sociedad Estadounidense de Derecho Internacional - Guía de recursos (Introducción)
  • Detalles de derecho internacional
  • International Law Observer - Blog dedicado a informes y comentarios sobre derecho internacional
  • Sitio web oficial de las Naciones Unidas
  • Sitio web oficial de la ONU sobre derecho internacional
  • Sitio web oficial de la Corte Internacional de Justicia
  • Opinio Juris - Blog sobre derecho internacional y relaciones internacionales
  • Colección de tratados de las Naciones Unidas
  • ONU - Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional
  • El Instituto Europeo de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales
  • El derecho internacional público como forma de ordenamiento privado
  • Derecho internacional público, Guía de investigación , Biblioteca del Palacio de la Paz
  • Biblioteca de la UNOG - Guía de investigación jurídica
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