Resolución 1014 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


La resolución 1014 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 15 de septiembre de 1995, después de recordar todas las resoluciones sobre la situación en Liberia , en particular la 1001 (1995), el consejo discutió varios aspectos de la guerra civil y prorrogó el mandato de la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en Liberia (UNOMIL) hasta el 31 de enero de 1996. [1]

El Consejo de Seguridad acogió con beneplácito el Acuerdo de Abuja firmado el 19 de agosto de 1995, que complementó los acuerdos anteriores de Cotonou y Akosombo y sentó las bases para futuras acciones del consejo. [2] También hubo un nuevo Consejo de Estado, un alto el fuego en vigor, el inicio de la retirada de fuerzas y un calendario para la implementación de varios aspectos del acuerdo. Se señaló que, con la firma del Acuerdo de Abuja, también se necesitarían tropas adicionales del Grupo de Supervisión de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (ECOMOG) y más equipo y apoyo logístico para asegurar su despliegue en todo el país.

El mandato de la UNOMIL se amplió hasta el 31 de enero de 1996 y se acogió con beneplácito la intención del Secretario General Boutros Boutros-Ghali de desplegar 42 observadores militares adicionales, y se subrayó que todo aumento adicional dependería de los progresos sobre el terreno. [3] Al mismo tiempo, se acogió con beneplácito la intención de Boutros-Ghali de presentar recomendaciones para mejorar la cooperación entre la UNOMIL y el ECOMOG y la implementación de su mandato. Se pidió a los estados miembros que proporcionaran fondos adicionales para el proceso de paz y brindaran apoyo adicional al ECOMOG.

Luego se solicitó al secretario general, junto con el presidente de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental , que convocara una conferencia que recaudaría los recursos necesarios para el ECOMOG y para el proceso de paz general en Liberia. Se instó a todos los grupos del país a respetar el estatus de la UNOMIL, el ECOMOG y las agencias de ayuda humanitaria , mientras que se instó a todos los países a observar el embargo de armas contra Liberia impuesto en la Resolución 788 (1992) y señalar las violaciones del mismo al comité establecido en la Resolución 985 (1995). Además, se pidió a las partes liberianas que respetaran el derecho internacional humanitario y la Organización de la Unidad Africanainstó a continuar sus esfuerzos en el país.