Resolución 1015 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas


La resolución 1015 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 15 de septiembre de 1995, después de reafirmar todas las resoluciones sobre la situación en la ex Yugoslavia , en particular las resoluciones 943 (1994), 970 (1995), 988 (1995) y 1003 (1995), la El Consejo tomó nota de las medidas de la República Federativa de Yugoslavia ( Serbia y Montenegro ) para continuar el cierre de la frontera con Bosnia y Herzegovina y, por lo tanto, prorrogó la suspensión parcial de las sanciones contra Serbia y Montenegro por 180 días más hasta el 18 de marzo de 1996. [1]

Se señaló que la frontera permaneció cerrada, excepto para la ayuda humanitaria y los esfuerzos de Serbia y Montenegro en este sentido. Hubo una mayor cooperación entre Serbia y Montenegro y la Misión de la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia .

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , las sanciones internacionales impuestas a Serbia y Montenegro se suspendieron hasta el 18 de marzo de 1996. Se seguirían aplicando las restricciones y disposiciones de las resoluciones 943 y 988. La situación seguiría siendo objeto de examen constante por parte del Consejo de Seguridad.