En el derecho canónico de la Iglesia Católica , una vetitum ( latín para "una cosa prohibida") es una prohibición, en forma de precepto , impuesta por un juez eclesiástico a un individuo en particular, en relación con la declaración de nulidad del matrimonio que le impida contraer otro matrimonio, al menos hasta que haya cesado la causa de nulidad del primer matrimonio. [1] Una vetitum prohíbe el matrimonio en la Iglesia Católica hasta que se elimine la prohibición. [1]
El término describe una prohibición contra un comportamiento o acción particular que se aplica a una parte cuyo matrimonio fue declarado nulo en una declaración de nulidad de un tribunal matrimonial de la Iglesia Católica . Esta prohibición o directiva puede involucrar a una o ambas partes. Se impone una vetitum para retrasar la celebración de un futuro matrimonio hasta que se haya cumplido o abordado una condición determinada. Por lo tanto, el propósito pastoral de una vetitum es ayudar a un individuo y / o una pareja a abordar los problemas subyacentes que llevaron a la ruptura de una unión matrimonial anterior. A veces, una recomendación o una advertencia (un monitum) también puede ser formulada por el tribunal que tramita una petición formal de nulidad . [1]
Referencias
- ^ a b c Dr. Edward N. Peters , JCD , ¿ Anulación concedida? Espere más que un simple 'Sí' o 'No' , consultado el 9 de mayo de 2019.