Marca comercial de color


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Una marca comercial de color (o marca comercial de color , consulte las diferencias de ortografía ) es una marca comercial no convencional en la que se utiliza al menos un color para realizar la función de marca comercial de identificar de forma única el origen comercial de productos o servicios.

En los últimos tiempos, los colores se han utilizado cada vez más como marcas comerciales en el mercado . Sin embargo, tradicionalmente ha sido difícil proteger los colores como marcas comerciales mediante el registro, ya que un color como tal no se consideraba una "marca comercial" distintiva. Esta cuestión fue abordada por el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio , [1] que amplió la definición legal de marca para abarcar "cualquier signo ... capaz de distinguir los bienes o servicios de una empresa de aquellos de otras empresas "(artículo 15, apartado 1).

A pesar del reconocimiento que debe otorgarse a las marcas de color en la mayoría de los países, la representación gráfica de tales marcas a veces constituye un problema para los titulares de marcas que buscan proteger sus marcas, y los diferentes países tienen diferentes métodos para abordar esta cuestión.

Esta categoría de marcas comerciales se distingue de las marcas comerciales convencionales (palabra o logotipo) que presentan un color específico o una combinación de colores; la última categoría de marcas presenta diferentes cuestiones jurídicas.

Por jurisdicción

India

En la India, se puede registrar una marca de color siempre que los consumidores vinculen directamente el color con la marca. La solicitud puede ser rechazada si se reivindica un solo color, ya que es difícil probar el carácter distintivo con un solo color.

Australia

Los requisitos se establecen en el Manual de prácticas y procedimientos de la Oficina de Marcas Comerciales publicado por IP Australia. [1]

Unión Europea

En la Unión Europea , el artículo 4 del Reglamento (CE) Nº 40-94 del Consejo de 20 de diciembre de 1993 ( "signos de los cuales una marca comunitaria puede consistir") establece que cualquier forma relevante CTM puede consistir en "signos susceptibles de representación gráficamente ... siempre que dichos signos puedan distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otras empresas ". En Libertel Groep contra Benelux Merkenbureau (caso C-104/01) [2] de 6 de mayo de 2003, el TJCE repite los criterios de Sieckmann contra la Oficina Alemana de Patentes (caso C-273/00) [3] que la representación gráfica se entienda preferentemente mediante imágenes, líneas o caracteres, y que la representación debe ser clara, precisa, autónoma, de fácil acceso, inteligible, duradera y objetiva.

Esta definición generalmente abarca las marcas de color y, por lo tanto, un solicitante de una marca comunitaria o una marca comercial nacional en la CE puede definir su marca de color utilizando un código de color internacional como RAL o Pantone . En la mayoría de los casos, una marca de color se registrará solo después de que se haya demostrado un mayor carácter distintivo mediante el uso en la CE.

Reino Unido

En el Reino Unido , se pueden registrar marcas comerciales que consisten en colores o combinaciones de colores. Sin embargo, la capacidad de un solicitante para registrar marcas de color está limitada por varias consideraciones, en consonancia con la jurisprudencia de la Unión Europea. Así, por ejemplo, mientras que una marca que se describe simplemente como un color es registrable, una marca que se describe como que consiste "predominantemente" en un color particular no lo es. En un caso reciente, la High Court of Justice, Court of Chancery sostuvo que una solicitud para registrar dicha marca estaba permitida en Société des Produits Nestlé SA c. Cadbury UK Limited (2012), pero en apelación el Tribunal de Apelación revocó la decisión en octubre de 2014. [4]

Estados Unidos

En los Estados Unidos , la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos dictaminó en 1985 que Owens Corning tenía el derecho de evitar que los competidores usaran el color rosa en sus productos de aislamiento, lo que convirtió a Owens Corning en la primera compañía en los Estados Unidos en registrar un color como marca registrada. [5] En 1995, la Corte Suprema de los Estados Unidos reconoció además que un color podría usarse como marca comercial en el caso de Qualitex Co. v. Jacobson Products Co., Inc. , 514 US 159 (1995) . El propietario de la marca debe demostrar que el color de la marca ha adquirido un carácter distintivo sustancial y que el color indica el origen de los productos a los que se aplica.

Barra de funcionalidad

La Ley Lanham establece específicamente que "no se denegará el registro en el registro principal de ninguna marca por la cual los productos del solicitante puedan distinguirse de los productos de terceros debido a su naturaleza, a menos que (e) Consista en una marca que (5) comprende cualquier materia que, en su conjunto, sea funcional ". 15 USC  § 1052 (e) (5) . Si un color se considera funcional para cualquier producto, entonces no se puede registrar ni proteger como marca comercial. Varios tribunales de EE. UU. Se han ocupado del asunto y los colores se han mantenido funcionales para diversos fines. En Saint-Gobain Corp. contra 3M Co., 90 USPQ2d 1425 (TTAB 2007), el color púrpura se consideró funcional para los abrasivos recubiertos, porque “[e] n el campo de los abrasivos recubiertos, el color cumple una miríada de funciones, incluida la codificación de colores, y la necesidad de un código de colores brinda apoyo para el hallazgo básico de que el color, incluido el violeta, es funcional en el campo de los abrasivos revestidos con soporte de papel o tela ". Saint-Gobain Corp. contra 3M Co. , 90 USPQ2d 1425, 1447 (TTAB 2007). La Trademark Trial and Appeal Board , en In re Ferris Corp. , 59 USPQ2d 1587 (TTAB 2000), sostuvo que el color rosa para apósitos para heridas era funcional y no registrable, ya que su color se asemeja a la piel humana y fue seleccionado para este propósito específico. En In re Orange Communications, Inc., 41 USPQ2d 1036 (TTAB 1996), la Trademark Trial and Appeal Board denegó el registro de los colores naranja y amarillo para teléfonos públicos y cabinas telefónicas, porque confiere a los productos una mejor visibilidad bajo cualquier condición de iluminación. Además, el color coral se consideró funcional para los tapones para los oídos, ya que los hace más fáciles de ver en los controles de seguridad. En referencia a Howard S. Leight & Associates Inc. , 39 USPQ2d 1058 (TTAB 1996).

Barra de funcionalidad estética

Además de la barra de funcionalidad, el color no puede tener un propósito estéticamente funcional para ser registrable o protegido. En Brunswick Corp. v. British Seagull , por ejemplo, las patentes de Estados Unidos y la Oficina de Marcas 's Marcas de prueba y Junta de Apelaciónsostuvo que el color negro no se podía registrar para los motores fuera de borda: "[A] unque el color negro no es funcional en el sentido de que hace que estos motores funcionen mejor, o que los hace más fáciles o menos costosos de fabricar, el negro es más deseable desde la perspectiva de los posibles compradores porque es compatible con el color de una variedad más amplia de colores de embarcaciones y porque los objetos de color negro parecen más pequeños que cuando están pintados con otros colores más claros o más brillantes. La evidencia muestra que las personas que compran motores fuera de borda para embarcaciones como que los colores de los motores estén en armonía con los colores de sus embarcaciones, y que también encuentren deseable en algunas circunstancias reducir la percepción del tamaño de los motores en proporción a las embarcaciones ". British Seagull Ltd. contra Brunswick Corp., 28 USPQ 2d 1197, 1199 (1993). Aunque no existe una función directa para el color negro en este caso, la protección fue denegada bajo el argumento de que los consumidores lo prefieren por motivos estéticos.

Se dictó una sentencia similar en Deere & Co. v. Farmhand . Deere & Co. intentó establecer el uso exclusivo de su color verde John Deere como marca comercial, con el fin de impedir que Farmhand lo aplicara a sus productos. Aunque el color verde de John Deere no proporciona ninguna función específica a la mercancía a la que se aplica, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para SD Iowa "encontró que los agricultores prefieren hacer coincidir sus cargadores con su tractor". Deere & Co. contra Farmhand, Inc., 560 F. Supp. 85, 98 (Tribunal de Distrito de EE.UU. SD Iowa, 1982). Por lo tanto, si se concediera a Deere & Co. el uso exclusivo del verde John Deere, sus competidores estarían en desventaja por razones no relacionadas con la calidad funcional o el precio de sus productos.

Ejemplos de

  • T-Mobile 's magenta

  • Lila de Milka -chocolate

  • Azul de Tiffany & Co. , Pantone 1837

  • Tijeras Naranja de Fiskars

  • Nuevamente, el color naranja en Reese's.

  • Brown of United Parcel Service

  • La combinación amarilla y negra de las herramientas eléctricas DeWalt

Notas

  1. ^ ADPIC es untratadointernacionalque establece estándares mínimos de protección y regulación para la mayoría de las formas depropiedad intelectualen todoslos países miembros de la OMC.

Referencias

  1. ^ "- IP Australia" . Xeno.ipaustralia.gov.au . Consultado el 29 de noviembre de 2014 .
  2. ^ "(Marcas - Aproximación de leyes - Directiva 89/104 / CEE - Signos que pueden constituir una marca - Carácter distintivo - Color per se - Naranja)" (PDF) . Copat.de . Consultado el 29 de noviembre de 2014 .
  3. ^ "(Marcas - Aproximación de leyes - Directiva 89/104 / CEE - Signos que pueden constituir una marca - Carácter distintivo y representabilidad gráfica - Inadecuación de los signos olfativos como marcas)" (PDF) . Copat.de . Consultado el 29 de noviembre de 2014 .
  4. ^ "Intento de Cadbury de marca registrada Dairy Milk púrpura bloqueado" . el guardián . 4 de octubre de 2013.
  5. ^ "Color de marca y derechos de marca" . El color importa . Consultado el 25 de enero de 2016 .

enlaces externos

  • Bienvenido a los archivos de marcas comerciales no tradicionales: los archivos de marcas comerciales no tradicionales de Ralf Sieckmann incluyen, por ejemplo, una base de datos de marcas comerciales en el campo del color, el sonido, el olor, el movimiento, el holograma, el aroma y la textura.
  • La nueva versión de los archivos de marcas comerciales no tradicionales en publicaciones
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