La Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado es un tratado de las Naciones Unidas cuyo objetivo es proteger al personal de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y a otro personal de las Naciones Unidas.
Tipo | privilegios e inmunidades; derecho penal internacional |
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Redactado | 9 de diciembre de 1994 |
Firmado | 15 de diciembre de 1994 [1] |
Localización | Nueva York, Estados Unidos |
Eficaz | 15 de enero de 1999 |
Condición | 22 ratificaciones |
Signatarios | 43 [2] |
Fiestas | 94 [2] |
Depositario | Secretario General de las Naciones Unidas |
Idiomas | Árabe, chino, español, francés, inglés y ruso |
Adopción
Nueva Zelanda y Ucrania propusieron tal convención en 1993, y la Comisión de Derecho Internacional redactó la convención en 1994. La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución adoptando la convención el 9 de diciembre de 1994.
Contenido
Las partes de la convención acuerdan tipificar como delito la comisión de asesinatos o secuestros de personal de la ONU o de la asociación, así como los ataques violentos contra el equipo, las instalaciones oficiales, el alojamiento privado o los medios de transporte de dichas personas. Las partes de la convención también acuerdan tipificar como delito el intento de comisión o la amenaza de comisión de tales actos. "Personal de la ONU" se refiere a las personas contratadas o desplegadas por el Secretario General de la ONU como miembros de los componentes militares, policiales o civiles de una operación de la ONU; también incluye a funcionarios de las agencias especializadas de la ONU y la Agencia Internacional de Energía Atómica . El "personal asociado" incluye a otro personal, como miembros de organizaciones no gubernamentales, asignado para actuar a título oficial por personal de las Naciones Unidas.
Una disposición central de la convención es el principio de aut dedere aut judicare: una parte en el tratado debe (1) enjuiciar a una persona que comete un delito contra la ONU o el personal asociado o (2) enviar a la persona a otro estado que lo solicite. su extradición para el enjuiciamiento del mismo delito.
La convención establece que los componentes militares y policiales de una operación de la ONU, incluidos vehículos, aeronaves y embarcaciones, deberán llevar una identificación distintiva de las Naciones Unidas y que todo el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado deberán llevar la identificación adecuada. El tratado también establece que la ONU y el personal asociado respetarán y acatarán las leyes nacionales del estado anfitrión.
Ratificaciones y partidos
A fines de 1995, la convención había sido firmada por 43 estados y entró en vigor el 15 de enero de 1999, después de haber sido ratificada por 22 estados. En junio de 2016, el tratado ha sido ratificado por 93 estados, que incluyen 92 estados miembros de la ONU más el Estado de Palestina . Los estados que firmaron la convención pero que aún no la han ratificado son Haití , Honduras , Malta , Pakistán , Sierra Leona y Estados Unidos .
Protocolo facultativo
El 8 de diciembre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado . El Protocolo Facultativo simplemente amplía el alcance de lo que constituye una "operación de la ONU" para incluir "la entrega de asistencia humanitaria, política o para el desarrollo en la consolidación de la paz" y "la entrega de asistencia humanitaria de emergencia". El Protocolo Facultativo fue firmado por 34 estados, entró en vigor el 19 de agosto de 2010 y hasta junio de 2016 ha sido ratificado por 30 estados.
Ver también
Notas
Referencias
- Ch. Bourloyannis-Vrailas, "Convención sobre la seguridad del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado", International and Comparative Law Quarterly , vol. 44 (1995) págs. 560–590.
- ET Bloom, "Protección del personal de mantenimiento de la paz: Convención sobre la seguridad del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado", American Journal of International Law , vol. 89 (1995) págs. 621–631.
- SJ Lepper, "La condición jurídica del personal militar en las operaciones de paz de las Naciones Unidas: análisis de un delegado", Houston Journal of International Law , vol. 18 (1995–1996) págs. 359–464.
- H. Llewellyn, "El Protocolo Facultativo de la Convención de 1994 sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado", International and Comparative Law Quarterly , vol. 55 (2006) págs. 718–728.