La Directiva 98/71 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de octubre de 1998 sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos es una directiva de la Unión Europea en el ámbito de los derechos de los dibujos y modelos industriales , elaborada en virtud de las disposiciones del mercado interior del Tratado de Roma . Establece normas armonizadas para la elegibilidad y protección de la mayoría de los tipos de diseños registrados .
Directiva de la Unión Europea | |
Hecho por | Parlamento Europeo y Consejo |
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Hecho bajo | Arte. 100a |
Referencia de la revista | L289, 28 de octubre de 1998, págs. 28–35 |
Historia | |
Fecha de hecho | 1998-10-13 |
Vino a la fuerza | 1998-11-17 |
Fecha de implementación | 2001-10-28 |
Textos preparativos | |
Propuesta de la comisión | C345, 1993-12-23, pág. 14. C142, 14 de mayo de 1996, pág. 7. |
Dictamen del CESE | C388, 31 de diciembre de 1994, pág. 9. C110, 2 de mayo de 1995, pág. 12. |
Opinión del PE | C339, 30 de octubre de 1995, pág. 157. C339, 10/11/1997, pág. 52. |
Informes | |
Otra legislación | |
Reemplaza | - |
Compensación | - |
Modificado por | - |
Reemplazado por | - |
Legislación actual |
Diseños elegibles
Un diseño se define como "la apariencia de la totalidad o parte de un producto resultante de las características de, en particular, las líneas, contornos, colores, forma, textura y / o materiales del producto en sí y / o su ornamentación". (Art. 2). Los diseños pueden protegerse si:
- son novedosos , es decir, si no se ha puesto a disposición del público un diseño idéntico;
- tienen carácter individual , es decir, el "usuario informado" lo encontraría diferente de otros diseños que están disponibles para el público.
Cuando un diseño forma parte de un producto más complejo, la novedad y el carácter individual del diseño se juzgan por la parte del diseño que es visible durante el uso normal.
Los diseños no están protegidos en la medida en que su apariencia esté totalmente determinada por su función técnica, o por la necesidad de interconectarse con otros productos para realizar una función técnica (la excepción "must-fit"). Sin embargo, los sistemas modulares como Lego o Mechano pueden protegerse [Art. 8 (3)].
Diseño de protección adecuada
El titular de un derecho de diseño registrado tiene el derecho exclusivo de autorizar o prohibir a otros el uso del diseño de cualquier forma, en particular produciendo, importando, vendiendo o utilizando productos basados en el diseño. Sin embargo, los titulares de derechos no pueden impedir el uso privado y no comercial, el uso para la investigación o el uso para la enseñanza. También existe una excepción para los barcos y aviones con matrícula extranjera, basada en los principios de soberanía marítima.
La protección en virtud de un derecho de diseño registrado tiene una duración inicial de uno o más períodos de cinco años, y puede renovarse hasta un total máximo de veinticinco años. Con respecto a un producto dado, se agotan cuando se vende con el consentimiento del titular del derecho (la doctrina de la primera venta ).
La protección mediante un derecho de diseño registrado no afecta a ningún otro derecho de propiedad intelectual sobre el producto, especialmente los derechos de diseño no registrados , las patentes y las marcas comerciales . La cuestión de la protección por derecho de autor se deja a las leyes de los Estados miembros, que aplican diversos criterios de originalidad a la protección por derecho de autor de las "artes aplicadas"; Sin embargo, la cuestión es que la existencia del derecho sobre el diseño registrado no impide que el diseño también sea elegible para la protección de los derechos de autor.
Implementación
Revisar
La Directiva deja la cuestión de los componentes en su mayoría sin armonización, dadas las prácticas muy diferentes entre los Estados miembros.