El Reglamento de compensación de vuelos (CE No 261/2004) es un reglamento de la legislación de la UE que establece reglas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque, cancelaciones de vuelos o retrasos prolongados de los vuelos. Requiere una compensación de 250 € a 600 € [1] dependiendo de la distancia del vuelo por retrasos de al menos 2 horas, [2] cancelaciones o la denegación de embarque por overbooking . Los retrasos de menos de dos horas significan que no tienen derecho a ninguna compensación de ningún tipo, incluso si el retraso se clasificó como no extraordinario. Las aerolíneas deben proporcionar refrigerios y alojamiento cuando corresponda. LaEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha interpretado estrictamente los derechos de los pasajeros, por lo que prácticamente no existen excepciones para que las aerolíneas eludan sus obligaciones por incumplimiento de contrato.
Regulación de la Unión Europea | |
Título | Reglamento por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque y cancelación o gran retraso de vuelos |
---|---|
Hecho por | Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea |
Hecho bajo | Arte. 79 (2) TEC |
Referencia de la revista | L46, págs. 1–8 |
Historia | |
Fecha de hecho | 11 de febrero de 2004 |
Vino a la fuerza | 17 de febrero de 2005 |
Textos preparativos | |
Informes | |
Otra legislación | |
Reemplaza | Reglamento (CEE) no 295/91 |
Modificado por | - |
Derogó el Reglamento (CEE) nº 295/91 y entró en vigor el 17 de febrero de 2005.
Aplicabilidad
La regulación se aplica a cualquier pasajero:
- con salida de un aeropuerto situado en el territorio de un Estado miembro al que se aplica el Tratado;
- La protección concedida a los pasajeros que parten desde o hacia un aeropuerto situado en un Estado miembro debe extenderse a los que salen de un aeropuerto situado en un tercer país por uno situado en un Estado miembro, cuando una aerolínea comunitaria opera el vuelo y cuando una aerolínea comunitaria está definido como cualquier operador con licencia para operar dentro de esa comunidad.
- saliendo de un estado miembro de la UE / EEE , o
- viajar a un estado miembro de la UE / EEE en una aerolínea con sede en un estado miembro de la UE / EEE
si esa persona:
- tiene una reserva confirmada en el vuelo, y
- llegó a tiempo para el check-in como se indica en el boleto o comunicación de la aerolínea, o, si no se indica la hora, no menos de 45 minutos antes de la hora de salida programada del vuelo
o
- ha sido transferido del vuelo para el que tenía una reserva a otro vuelo
a no ser que
- el pasajero viaja con un boleto gratis o con descuento que no está disponible para el público en general, que no sea un boleto obtenido de un programa de viajero frecuente .
No se aplica a los vuelos en helicóptero , a ningún vuelo no operado por un avión de ala fija , ni a los vuelos desde el aeropuerto de Gibraltar . [2] Si bien Suiza y Noruega no son miembros de la UE, la regulación se aplica a los vuelos hacia y desde estos países como si fueran estados miembros bajo acuerdos bilaterales. [3]
Denegación de embarque
Antes de negar a los pasajeros el embarque involuntario, la aerolínea debe buscar voluntarios para que renuncien a su reserva a cambio de cualquier beneficio que se negocie entre la aerolínea y los voluntarios. Independientemente de dicha negociación, dichos voluntarios también tienen derecho a reembolso o cambio de ruta.
Si no se obtienen suficientes voluntarios, la aerolínea puede proceder a negar involuntariamente a los pasajeros el derecho a abordar su vuelo. A todos los pasajeros a los que se les niegue la autorización se les deben ofrecer los tres tipos de compensación y asistencia. [4]
Cancelación
Si se cancela un vuelo, los pasajeros tienen derecho automáticamente a elegir
- redireccionamiento al mismo destino lo antes posible (en condiciones comparables);
- desvío posterior, a conveniencia del pasajero, al mismo destino en condiciones comparables (sujeto a disponibilidad de asientos); o
- un reembolso del billete, así como un vuelo de regreso al punto de primera salida, cuando corresponda.
Cualquier reembolso de boleto es el precio pagado por los vuelos no utilizados, más el costo de los vuelos ya volados en los casos en que la cancelación haya hecho que esos vuelos no tengan propósito. Cuando corresponda, los pasajeros también tienen derecho a refrigerios, comunicaciones y alojamiento como se describe a continuación. Cuando el cambio de ruta es a otro aeropuerto con el mismo destino, la aerolínea debe pagar el transporte de regreso al aeropuerto original oa un destino cercano acordado con el pasajero. Estas opciones, y el derecho a refrigerios, etc., se aplican a todas las cancelaciones, independientemente de si las circunstancias son extraordinarias o no.
No está claro si "la primera oportunidad" requiere que las aerolíneas respalden un boleto en otra aerolínea.
La aerolínea también debe pagar una compensación en efectivo como se describe a continuación, a menos que se aplique una de las siguientes condiciones:
- la aerolínea notifica a los pasajeros al menos dos semanas antes de la salida
- la aerolínea notifica a los pasajeros entre una y dos semanas antes de la salida, y redirige a los pasajeros para que puedan:
- salir no más de dos horas antes de lo programado, y
- llegar no más de cuatro horas después de lo programado
- la aerolínea notifica a los pasajeros menos de una semana antes de la salida y cambia la ruta de los pasajeros para que puedan:
- salir no más de una hora antes de lo programado, y
- llegar no más de dos horas después de lo programado
- la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no pudieron evitarse con ninguna medida razonable.
La aerolínea también debe proporcionar una explicación a los pasajeros sobre el transporte alternativo.
Tipos de vuelo
Los requisitos para tener derecho a compensación y la cantidad específica adeuda dependen de la duración del vuelo, mientras que la distancia relevante se determina según el método del gran círculo . El Reglamento de compensación de vuelos diferencia entre tres tipos de vuelos:
- Vuelos de menos de 1.500 km (930 millas) de distancia;
- Vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km (930 millas) de distancia, o cualquier otro vuelo de más de 1.500 km (930 millas) pero menos de 3.500 km (2.200 millas) de distancia;
- Vuelos fuera de la UE de más de 3500 km (2200 millas) de distancia.
Nota: En el resto de este artículo, los tipos 1, 2 y 3 se utilizan para hacer referencia a los umbrales anteriores.
Retrasos
Los pasajeros tienen derecho a refrigerios y comunicación si el retraso esperado de la llegada excede: [5] [6]
- dos horas, en el caso de un vuelo de tipo 1,
- tres horas, en el caso de un vuelo de tipo 2, o
- cuatro horas, en el caso de un vuelo tipo 3.
Además, si se espera que el vuelo salga el día después de la hora de salida programada original, los pasajeros tienen derecho a alojamiento.
Si un vuelo se retrasa cinco horas, los pasajeros también tienen derecho a abandonar su viaje y recibir un reembolso por todos los billetes no utilizados. También pueden solicitar un reembolso de los billetes ya utilizados si el vuelo ya no tiene ningún propósito en relación con su plan de viaje original y, si corresponde, un vuelo de regreso a su punto de partida original lo antes posible.
Finalmente, varias decisiones judiciales (ver más abajo) han establecido que un pasajero que experimente una pérdida de tiempo equivalente a tres horas o más en el destino final tiene derecho a una compensación como si su vuelo hubiera sido cancelado.
El retraso del vuelo se basa en la hora de llegada programada. Esto se define como cuando se abren las puertas del avión y no cuando aterriza (como pueden afirmar algunas aerolíneas). [7]
En caso de un retraso en la llegada de más de 3 horas, los pasajeros tienen derecho a una compensación en efectivo, a menos que el retraso sea causado por circunstancias extraordinarias. [8]
En octubre de 2017, un Tribunal de Apelación de la UE confirmó la interpretación de la CAA del Reino Unido de que el destino final debe incluirse en el retraso total. Esto significa que, si el pasajero pierde una conexión fuera de la UE y termina con un retraso superior a los tiempos indicados anteriormente, incluso si el retraso en el vuelo que sale de la UE fue inferior a los tiempos antes mencionados, se utilizará el retraso total y no solo el retraso en la salida de la UE. [9]
Compensación y asistencia
Hay tres categorías generales en las que se puede solicitar a las aerolíneas que realicen pagos o ayuden a los pasajeros en casos de retrasos, cambios / cancelaciones de vuelos o denegación de embarque.
Compensación en efectivo
Si se cumplen los requisitos de compensación, el artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004 obliga a la compañía operadora a ofrecer a cada pasajero un pago global de: [10] [11]
- 250 €, en el caso de un vuelo tipo 1;
- 400 €, en el caso de un vuelo tipo 2;
- 600 €, en el caso de un vuelo tipo 3.
Cuando un pasajero ha sido desviado debido a la cancelación o el embarque denegado, los montos anteriores se pagan si la hora de llegada real del pasajero se retrasa más allá de la llegada programada de sus vuelos reservados originalmente, por dos / tres / cuatro horas para el tipo 1/2/3 vuelos respectivamente. Pero si el cambio de ruta solo retrasa al pasajero por menos de estos umbrales, la mitad de las cantidades especificadas se pagarán como compensación.
Dichos pagos en efectivo sirven únicamente para compensar las molestias del viajero y no sustituyen ni forman parte de posibles reembolsos por billetes no utilizados, viajes en vano, costes adicionales de transporte, alimentación y alojamiento.
Las aerolíneas no están obligadas a proporcionar una compensación en efectivo en el caso de circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si la aerolínea tomó todas las precauciones razonables, de acuerdo con el artículo 5, párrafo 3.
Cambio de ruta o reembolso
El cambio de ruta o el reembolso es, a elección del pasajero, uno de los siguientes tres reembolsos:
- Reembolso del costo de los boletos aéreos no utilizados y de los boletos usados en los que los vuelos tomados ya no tienen ningún propósito en relación con el plan de viaje original del pasajero y, cuando corresponda, un vuelo de regreso al punto de partida original. en la primera oportunidad
- Cambio de ruta en condiciones similares al destino final previsto en la primera oportunidad
- Cambio de ruta en condiciones similares al destino final previsto en el tiempo libre del pasajero, sujeto a la disponibilidad de asientos.
Si el destino de un pasajero es un aeropuerto en una ciudad con varios aeropuertos y el cambio de ruta da como resultado que el pasajero sea llevado a otro de esos aeropuertos, la aerolínea también debe pagar el transporte del pasajero al aeropuerto previsto originalmente oa un destino cercano acordado.
Refrigerios, comunicación y alojamiento.
Cuando los pasajeros tengan derecho a recibir asistencia, se les debe ofrecer, sin cargo,
- Comidas y refrescos en proporción al tiempo de espera.
- Dos llamadas telefónicas, mensajes de fax o télex o correos electrónicos
- Alojamiento en hotel y transporte entre el aeropuerto y el hotel, si se hace necesaria una estancia de una o más noches, o una estancia adicional a la prevista por el pasajero.
En caso de retraso, la aerolínea puede retirar o derogar estos derechos si ofrecerlos retrasaría aún más el vuelo.
Actualizaciones y degradaciones
Si se coloca a un pasajero en una clase superior a aquella para la que se compró un boleto, la aerolínea no podrá solicitar ningún pago adicional.
Si un pasajero es colocado en una clase más baja que aquella para la que se compró un boleto, la aerolínea debe reembolsar el 30/50/75% del costo del boleto para vuelos tipo 1/2/3. A los efectos de esta condición, los vuelos a los departamentos franceses de ultramar no se consideran dentro de la Unión Europea. No está claro si el reembolso se relaciona con el precio de todo el boleto o el segmento en el que se rebajó la calificación del pasajero.
Método de reembolso
Los reembolsos y compensaciones pagaderos en virtud de este reglamento pueden pagarse en efectivo , mediante transferencia bancaria electrónica , giro bancario o cheque . Con el acuerdo firmado de un pasajero, también se pueden abonar en vales de viaje u otros servicios.
Obligación de notificar a los pasajeros
Las aerolíneas están obligadas a mostrar un aviso en sus mostradores de facturación que indique:
- " Si se le niega el embarque o si su vuelo se cancela o se retrasa durante al menos dos horas, solicite en el mostrador de facturación o en la puerta de embarque el texto que indique sus derechos, en particular con respecto a la compensación y la asistencia " .
Además, cuando una aerolínea cancela un vuelo, niega el embarque de una persona o incurre en un retraso de más de dos horas en un vuelo, está obligada a proporcionar a cada pasajero afectado un aviso por escrito que establezca sus derechos en virtud del reglamento y los datos de contacto de el organismo nacional encargado de hacer cumplir el reglamento.
Casos judiciales relevantes
En el asunto Wallentin-Hermann / Alitalia — Linee Aeree Italiane SpA (asunto C-549/07) de 22 de diciembre de 2008 [12], el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en Luxemburgo se pronunció sobre la interpretación del artículo 5 del Reglamento relativo a las cancelaciones. específicamente el párrafo 3 que establece:
Una compañía aérea operadora no estará obligada a pagar una compensación de conformidad con el artículo 7, si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.
El Tribunal estuvo de acuerdo con Wallentin-Hermann en que cualquier problema técnico durante el mantenimiento de la aeronave no constituye "circunstancias extraordinarias" que permitirían a las aerolíneas evitar pagar una compensación a los pasajeros por vuelos cancelados. Por lo tanto, este caso cerró la laguna que había permitido a las aerolíneas abusar de los pasajeros mediante una interpretación frívola de "circunstancias técnicas o extraordinarias"; definió aún más la frase y limitó su explotación. La definición de "circunstancias técnicas y / o extraordinarias" de la Corte ahora se mantiene firme y sólida: cualquier transportista debe probar que el supuesto problema mecánico que llevó a la cancelación estaba "fuera de su control real", afirmó la corte en un comunicado. En su sentencia, la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia declaró:
Circunstancias extraordinarias ”no se definió en el Reglamento de 2004, pero la frase debía interpretarse de manera restrictiva, ya que el artículo 5 (3) constituía una derogación del principio, indicado en los considerandos 1 y 2 del preámbulo, de protección de los consumidores, en tanto ya que la cancelación de vuelos ocasionó graves inconvenientes a los pasajeros.
Sin embargo, lo que realmente se encuentra dentro del concepto de definir lo que está dentro o fuera del "control real de la compañía aérea" no está claro y está sujeto a litigios en muchos estados de la UE.
Además, en los asuntos acumulados Sturgeon / Condor y Bock / Air France (C-402/07 y C-432/07), [13] la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas declaró el 19 de noviembre de 2009 que, a pesar de que no disposición expresa en el Reglamento para compensar a los pasajeros por retrasos, los pasajeros ahora tienen derecho a la compensación establecida en el artículo 7 por cualquier retraso superior a tres horas, siempre que la compañía aérea no pueda presentar una defensa de "circunstancias extraordinarias".
"Los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento CE 261/2004 deben interpretarse en el sentido de que los pasajeros cuyos vuelos se retrasen pueden ser tratados, a los efectos de la aplicación del derecho a indemnización, como pasajeros cuyos vuelos se cancelan y, por tanto, pueden invocar el derecho a la indemnización previsto en el artículo 7 del Reglamento cuando sufran, a causa de un retraso de vuelo, una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas, es decir, cuando llegan a su destino final tres horas o más después de la hora de llegada programada originalmente por la compañía aérea ". [14]
La cuarta Sala también dictaminó que, bajo la definición de "circunstancias extraordinarias", las fallas técnicas dentro de una aeronave no deben incluirse y, por lo tanto, una compañía aérea no puede basarse en una falla técnica dentro de una aeronave como defensa de una reclamación válida en virtud del Reglamento " salvo que el problema se derive de hechos que, por su naturaleza u origen, no sean inherentes al ejercicio normal de la actividad de la compañía aérea de que se trate y escapen a su control real ". [15] Varios grupos de derechos de los pasajeros informaron del caso y alentaron a los pasajeros a presentar demandas contra las aerolíneas en caso de un retraso de más de tres horas. [dieciséis]
La sentencia Sturgeon fue reconfirmada en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 23 de octubre de 2012 en Nelson contra Deutsche Lufthansa AG y R (TUI Travel, British Airways, easyjet e IATA) contra la Autoridad de Aviación Civil . [17]
En el caso Denise McDonagh v Ryanair Ltd (C-12/11), la Tercera Sala del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó que desastres naturales como la erupción del volcán islandés Eyjafjallajökull y la posterior nube de ceniza volcánica en 2010 , que cerrar la mayor parte del tráfico aéreo europeo, constituyen "circunstancias extraordinarias" que liberan a las compañías aéreas de la obligación de pagar una indemnización, pero que no existe una categoría como "circunstancias súper extraordinarias" que las liberen de la obligación de brindar atención. Según el fallo del tribunal, las compañías aéreas seguían teniendo la obligación de cuidar a los pasajeros en virtud del art. 5 y 8 del reglamento durante el cierre semanal del espacio aéreo europeo, y esta obligación no tiene límite temporal ni monetario. [18]
En el caso Jet2 vs. Huzar , el Tribunal de Apelación inglés dictaminó el 11 de junio de 2014 que "los problemas técnicos ordinarios que causan la interrupción del vuelo, como fallas de componentes y desgaste general, no deben considerarse" circunstancias extraordinarias "". [19] Por lo tanto, las fallas técnicas generales encontradas durante las comprobaciones de mantenimiento de rutina antes de la salida generalmente no se considerarán "circunstancias extraordinarias".
El 4 de septiembre de 2014, en el caso Germanwings GmbH contra Ronny Henning (C-452/13) [20], la Sala Novena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió que
El concepto de `` hora de llegada '', que se utiliza para determinar la duración del retraso al que han estado sujetos los pasajeros de un vuelo, se refiere al momento en que se abre al menos una de las puertas de la aeronave, asumiendo que , en ese momento, se permite a los pasajeros abandonar la aeronave.
Germanwings inicialmente se negó a pagar la compensación del pasajero, argumentando que el retraso fue de 2 horas y 58 minutos cuando el avión tocó el suelo. [21]
En septiembre de 2015, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló, en relación con el asunto C-257/14 : [22]
- Incluso en caso de cancelación de un vuelo debido a problemas técnicos imprevistos, las compañías aéreas deben compensar a los pasajeros.
- Sin embargo, ciertos problemas técnicos resultantes, en particular, de defectos de fabricación ocultos
que afecten a la seguridad de los vuelos o los actos de sabotaje o terrorismo pueden eximir a las compañías aéreas de su obligación de pagar una indemnización.
Intermediarios
Las dificultades generales que plantean las aerolíneas directamente han provocado el aumento de intermediarios en línea que operan con una tarifa de contingencia basada en "no ganar, no cobrar" . Todos ayudan a presentar reclamaciones contra las aerolíneas, incluso acudir a los tribunales si es necesario. [23]
En respuesta, las aerolíneas han criticado repetidamente a estos intermediarios por imponer más costos a la industria de las aerolíneas, que luego transfiere costos adicionales a los pasajeros en forma de aumento de los precios de los boletos. Por ejemplo, en respuesta a la presión adicional causada por el aumento de las reclamaciones EU 261 en los últimos años, en 2011 Ryanair estableció un recargo de 2,00 € por billete para compensar sus costes adicionales. [24] En 2013, aumentó esta tasa a 2,50 euros. [25]
Brexit y consumidores británicos
Al prepararse para el Brexit , el gobierno del Reino Unido anunció que convertiría las leyes de la UE directamente aplicables en leyes del Reino Unido en su Libro Blanco sobre el Gran Proyecto de Ley de derogación a partir de 2018. [26] [27] En consecuencia, la Ley de (Retirada) de la Unión Europea de 2018 , que entró en vigor el 30 de diciembre de 2020, conservó los estatutos europeos como el Reglamento (CE) n. ° 261/2004 que se aplicaba en el Reino Unido antes de su salida. Esto significa que el Reglamento de compensación de vuelos se ha transferido a la legislación nacional del Reino Unido al final del período de transición. Por lo tanto, aunque el Reglamento (CE) nº 261/2004 en sí ya no se aplica a los vuelos que parten del Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021, [28] su nuevo equivalente en la legislación británica ("UK261") somete a las compañías aéreas británicas y a otras aerolíneas que no tienen su sede en Europa a disposiciones similares en esas rutas. [29]
Sin embargo, el proyecto de ley de derogación establece que el reglamento seguirá aplicándose "hasta que los legisladores del Reino Unido decidan lo contrario". Efectivamente, esto permite al parlamento británico enmendar el reglamento o eliminarlo por completo de la ley del Reino Unido en una fecha posterior. Asimismo, si bien la Ley de (Retirada) de la Unión Europea de 2018 ha convertido la jurisdicción del TJCE hasta finales de 2020 en jurisprudencia británica, los tribunales británicos pueden desviarse de estas sentencias anteriores bajo los mismos principios que guían su tratamiento de decisiones anteriores de los jueces nacionales. [29]
Futuros desarrollos
En 2013, la Comisión Europea propuso una serie de revisiones del reglamento, [30] que aún no se han adoptado a partir de 2021:
- Las aerolíneas estarán obligadas a informar a los pasajeros sobre retrasos en los vuelos dentro de los 30 minutos posteriores a la hora de salida programada.
- La definición de "circunstancias extraordinarias" se aclarará más para incluir desastres naturales o huelgas de control de tráfico aéreo, y para excluir los problemas técnicos identificados durante el mantenimiento de rutina.
- Con respecto a la compensación por retrasos prolongados, que nunca se estableció explícitamente en el reglamento original pero que agregó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, un umbral de cinco horas para vuelos de tipo 1 y 2, 9 horas para vuelos de tipo 3 hasta 6.000 km (3.700 mi), y se establecerán 12 horas para vuelos más largos.
- El derecho a refrigerios y comunicación será aplicable después de dos horas independientemente de la duración del vuelo.
- Se agregará un derecho explícito a refrigerios, comunicación, alojamiento y asistencia para las circunstancias en las que los pasajeros experimenten un retraso en sus destinos finales debido a la llegada tardía de los vuelos de conexión.
- Se requerirá que las aerolíneas desvíen a los pasajeros en otra aerolínea si no pueden acomodarlos dentro de las 12 horas posteriores a la hora de salida programada.
- Las aerolíneas estarán obligadas a brindar a los pasajeros acceso a baños, agua potable, aire acondicionado y asistencia médica después de un retraso en la pista de una hora o más y refrigerios después de dos horas, y permitir que los pasajeros desembarquen después de un retraso en la pista de cinco horas o más. .
- La reprogramación de un vuelo dentro de las dos semanas anteriores a su hora de salida dará lugar a los mismos derechos que una cancelación.
- Los pasajeros tendrán derecho a que se corrijan los nombres mal escritos sin cargo, excepto dentro de las 48 horas previas a la salida.
- Se prohibirá a las aerolíneas cancelar el tramo de regreso de un boleto solo por el motivo de que un pasajero no haya utilizado el tramo de salida.
- Se requerirá que las aerolíneas otorguen a los pasajeros una compensación total por el equipo de movilidad perdido o dañado durante un vuelo, siempre que su valor haya sido declarado al momento del check-in. No se puede aplicar ningún cargo por esto.
- Los formularios deben ser entregados en el aeropuerto a los clientes que deseen presentar quejas, y estos deben ser aceptados como reclamos válidos bajo el reglamento.
- Las aerolíneas deberán aceptar instrumentos musicales pequeños como equipaje de mano y publicar las condiciones bajo las cuales aceptarán instrumentos más grandes.
- Las aerolíneas estarán obligadas a informar claramente a los pasajeros de las limitaciones de equipaje de mano y facturado en el momento de la reserva y en los aeropuertos.
- Las aerolíneas no estarán obligadas a pagar el alojamiento de los pasajeros durante más de tres noches en caso de interrupciones importantes fuera de su control que causen retrasos o cancelaciones, excepto para pasajeros con movilidad reducida, pasajeros que los acompañen, menores no acompañados, mujeres embarazadas y pasajeros. con necesidades médicas específicas. Aparte de este tipo de pasajeros, los retrasos y cancelaciones en vuelos de menos de 250 km (160 millas) y en aviones con menos de 80 asientos ya no darán lugar a un derecho de alojamiento.
- Se requerirá que las aerolíneas y los aeropuertos preparen planes de contingencia para hacer frente a los pasajeros atrapados en interrupciones a gran escala.
Ver también
- Convenio de Montreal para la unificación de ciertas reglas para el transporte internacional
- Regla 240 , el equivalente en los Estados Unidos
Referencias
- ^ "Derechos del pasajero de compensación por retraso de vuelo" . Derechos de compensación por retraso de vuelo para los pasajeros .
- ^ a b Reglamento (CE) n. ° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, artículos 3 y 4 ( http://eur-lex.europa.eu/legal-content/en/ALL/?uri=CELEX: 32004R0261 )
- ^ Artículo 7 de la Decisión n. ° 1/2015 del Comité Conjunto de Transporte Aéreo Unión Europea / Suiza creado en virtud del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre transporte aéreo de 20 de agosto de 2015 ( http: //eur-lex.europa. eu / legal-content / EN / TXT /? uri = uriserv: OJ.L_.2015.226.01.0012.01.ENG )
- ^ "Reglamento de la UE de embarque denegado (Reglamento 261/2004 CE)" . ¿Cual? Derechos del consumidor . Consultado el 22 de febrero de 2019 .
- ^ "Compensación por retraso de vuelo - Reglamento 261 de la UE" . Reclamaciones aéreas . Consultado el 14 de diciembre de 2017 .
- ^ "Compensación por retraso de vuelo: todo lo que necesita saber | SkyRefund" . skyrefund.com . Consultado el 21 de febrero de 2019 .
- ^ "Rendimiento a tiempo" . transtats.bts.gov . Oficina del Subsecretario de Investigación y Tecnología (OST-R) • Departamento de Transporte de EE . UU. (DOT de EE . UU . ) . Consultado el 29 de mayo de 2016 .
- ^ "Derechos de los pasajeros aéreos" . europa.eu . Sitio web oficial de la Unión Europea . Consultado el 3 de abril de 2017 .
- ^ "Acción de ejecución de CAA reafirmada por la sentencia del Tribunal de Apelación en la última victoria para los consumidores" . CAA.co.uk . Autoridad de Aviación Civil del Reino Unido. 12 de octubre de 2017 . Consultado el 17 de octubre de 2017 .
- ^ "Preguntas frecuentes sobre los derechos de los pasajeros aéreos" . Comisión de Regulación de la Aviación .
- ^ "Derechos del pasajero de compensación por retraso de vuelo" . Compensación por retraso de vuelo para la UE .
- ^ Sentencia del caso Wallentin-Hermann contra Alitalia — Linee Aeree Italiane SpA (Caso C-549/07), 22 de diciembre de 2008.
- ^ "El documento solicitado no existe. - EUR-Lex" . eur-lex.europa.eu .
- ^ Sentencia del Tribunal C-402/07 y C-432/07
- ^ Párr. 70, Sentencia de la Corte, C-402/07 y C-432/07
- ^ Sitio web anterior de pasajero-rights.net, 15 de abril de 2010
- ^ (2012) C-581/10 y C-629/10
- ^ "Sentencia en el caso Denise McDonagh contra Ryanair Ltd. (C-12/11)" . Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas . Consultado el 3 de febrero de 2013 .
- ^ "CAA aclara el consejo a los pasajeros aéreos tras el fallo del Tribunal de Apelación de Jet2 v Huzar" . Autoridad de Aviación Civil. 13 de junio de 2014. Archivado desde el original el 21 de septiembre de 2014 . Consultado el 21 de agosto de 2014 .
- ^ Sentencia en el caso German Wings vs.Ronny Henning (C-452/13)
- ^ "Las principales reglas de la corte de la UE sobre retrasos de vuelos en el caso de Germanwings" . BBC . 4 de septiembre de 2014 . Consultado el 11 de septiembre de 2014 .
- ^ Corina van der Lans contra Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV [2015] TJUE 618 .
- ^ "Sacada de un vuelo, la aplicación ayuda a los viajeros a cobrar las tarifas de las aerolíneas" . CNBC . 5 de marzo de 2014 . Consultado el 22 de agosto de 2014 .
- ^ Milmo, Dan (30 de marzo de 2011). "Ryanair añade una tasa de 2 euros para cubrir las normas de la UE sobre compensación" . The Guardian . Consultado el 7 de julio de 2014 .
- ^ "Ryanair aumentará la tasa de compensación de EU261 a 2,50 € tras la sentencia del Tribunal de la UE" . Aviator.aero . 2013-02-11 . Consultado el 7 de julio de 2014 .
- ^ "La futura relación entre el Reino Unido y la Unión Europea" . GOV.UK . Consultado el 23 de enero de 2021 .
- ^ "Legislación para la salida del Reino Unido de la Unión Europea" (PDF) . Gobierno del Reino Unido . 8 de agosto de 2019 . Consultado el 8 de agosto de 2019 .
- ^ "¿Cómo afecta el Brexit a mi reclamación de indemnización por vuelo? | Bott and Co" . www.bottonline.co.uk . Consultado el 8 de agosto de 2019 .
- ^ a b Ward, Kathryn (17 de diciembre de 2020). "Brexit: ¿el fin del 261?" . DLA Piper Insights . Consultado el 23 de enero de 2021 .
- ^ "Presione la esquina" . Comisión Europea - Comisión Europea .
enlaces externos
- Reglamento 261/2004 formato pdf.
- Texto completo del Reglamento CE 261/2004 (en varios idiomas de la UE)
- Sitio web explicativo publicado por la Comisión Europea
- Orientación elaborada por los organismos nacionales de ejecución sobre lo que los reguladores europeos consideran que significa 'circunstancias extraordinarias' (publicado el 22 de julio de 2013)
- Directrices interpretativas del Reglamento (CE) no 261/2004
- "Sin ganancia, sin tarifa de compensación de vuelo: cómo funciona"
- "SI SE RETRASA. RECIBIR PAGO"