El Estatuto de Autonomía de Galicia de 1981 (en gallego : Estatuto de Autonomía de Galicia ) es la norma institucional básica actual de Galicia . La Xunta de Galicia , el Parlamento y el Tribunal Superior de Galicia están regulados por ella.
Estatuto de Autonomía de Galicia de 1981 | |
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Creado | 1978 |
Ratificado | 6 de abril de 1981 |
Signatarios | Juan Carlos I , Leopoldo Calvo-Sotelo |
Génesis del Estatuto de 1981
El Estatuto aprobado en 1981 tiene su precedente en el Estatuto que había sido redactado y votado en 1936. Este Estatuto anterior no pudo implementarse debido al golpe de Estado español de julio de 1936 y la Guerra Civil española , que comenzó en 1936. De ahí, con la Con el fin de la España franquista en 1977, se inició un proceso de devolución en el Estado español . Este proceso político y administrativo se concretó con la aprobación de los Estatutos de Autonomía, regulados por la Constitución española de 1978.
El 16 de marzo de 1979, Galicia alcanzó el rango de "pre-comunidad autónoma", y en junio de 1979 los diputados gallegos al Parlamento español presentaron un proyecto de Estatuto de Autonomía. Una vez que la Comisión Constitucional y la Asamblea Parlamentaria Española modificaron este primer borrador, fue finalmente ratificado por el pueblo gallego en un referéndum celebrado en diciembre de 1980. Entró en vigor el 6 de abril de 1981 tras ser firmado por el Rey Juan Carlos I de España y por Leopoldo Calvo Sotelo , presidente del gobierno español, en el Palacio Real de España. Galicia se convirtió entonces en comunidad autónoma .
Sin embargo, este nuevo Estatuto pronto fue objeto de intensas críticas, ya que se consideró que no era lo suficientemente ambicioso. El Estatuto de 1981 no fue apoyado inicialmente por los partidos nacionalistas gallegos por considerarlo "limitado" respecto al de 1936. [1] Por ejemplo, el estatuto de 1936 avaló a Galicia con el control de la economía y los impuestos, y también con el poder único de nacionalizar , derechos no contemplados en 1981, entre otros. Sin embargo, el estatuto de 1981 constituyó la piedra angular de la futura evolución política gallega, a pesar de ser un fin en sí mismo para unos y un punto de partida para otros.
Poderes avalados por el Estatuto
El Estatuto de Autonomía de 1981 reconoce a Galicia como una nacionalidad histórica , una unidad cultural y geográfica con derecho al autogobierno en democracia .
El Estatuto reconoce a Galicia las siguientes facultades, habilidades y competencias específicas (entre otras):
- La organización de las instituciones de autogobierno
- La regulación de los símbolos nacionales gallegos: bandera , himno y escudo
- La creación de nuevos municipios y ajustes territoriales en los existentes. El establecimiento de la comarca (región) y la parroquia (parroquia) como niveles territoriales administrativos oficiales
- El desarrollo de políticas de gestión territorial, gestión urbana y vivienda
- La planificación y desarrollo de obras públicas
- La gestión de ferrocarriles y carreteras cuyas infraestructuras pertenecen íntegramente a la comunidad autónoma
- La gestión de puertos, helipuertos y aeropuertos recreativos y, en general, los ajenos a actividades comerciales.
- La implementación de políticas en relación con la agricultura y la ganadería, de acuerdo con la ley general de economía del Estado.
- La gestión de la silvicultura y el desarrollo y explotación de tierras públicas
- Gestión del medio ambiente y protección de la naturaleza
- Proyectos relacionados con la construcción y gestión de actividades de riego que implican el mantenimiento de canales, funciones hidráulicas y aguas minerales y termales.
- Regulación legal de la pesca en aguas continentales, pesca, caza, pesca fluvial y explotación de mariscos
- La regulación, promoción y gestión de festivales, ferias y mercados
- La promoción del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos establecidos en la política económica nacional
- La protección, promoción y gestión de la artesanía y las bellas artes
- La gestión de museos, bibliotecas y escuelas de música.
- Gestión patrimonial
- Promoción de la cultura, la investigación y la investigación. La Xunta de Galicia tiene el derecho y la obligación de utilizar y promover la lengua gallega a todos los niveles.
- Promoción del deporte y gestión de actividades deportivas y de ocio
- Asistencia social (trabajo social)
- La gestión del sistema sanitario. Gestión de servicios e infraestructuras sanitarias e higiénicas
- Vigilancia y protección de edificios e instalaciones
- El derecho a crear una fuerza policial independiente
- El control y gestión de fundaciones y cooperativas, casinos y juegos de azar, centros de comercio de bienes y valores patrimoniales y asociaciones de pescadores.
- Competencias en materia de gestión ambiental, protección del paisaje y la naturaleza.
- Competencias en materia de manejo y aprovechamiento forestal y forestal, así como la gestión de aguas continentales
- Control y protección del litoral gallego (salvo asuntos internacionales)
- Galicia tiene su propio instituto de estadística y varios otros institutos científicos oficiales, regulados por ley.
- La Xunta de Galicia tiene competencias casi exclusivas en educación a todos los niveles (colegios y universidades), y cuestiones culturales en general.
- La regulación de la publicidad y la publicidad
- Galicia cuenta con su propia empresa pública de radiodifusión y televisión ( CRTVG ), regulada por ley
- La Xunta de Galicia regula los servicios farmacéuticos
- La Xunta de Galicia ha ampliado las competencias en la gestión de puertos pesqueros, sector pesquero, salvamento marítimo, explotación minera y energética
- La propiedad industrial e intelectual es responsabilidad de la Xunta de Galicia
- La Xunta de Galicia tiene competencias adicionales en finanzas públicas, impuestos y gestión de la economía y mercado interior, de acuerdo con la normativa general del Estado español. [2]
- La Xunta de Galicia tiene derecho a crear, modificar e implementar su propio ordenamiento jurídico, de acuerdo con la normativa general del Estado español. Se conoce oficialmente como Código Civil Gallego (constatado en el Art. 27, punto cuarto, del estatuto de autonomía)
- La Xunta de Galicia tiene plenos poderes en la gestión y promoción del turismo.
Algunos de estos derechos y facultades no se han ejercido o no se han ejercido plenamente. Algunos otros lo han hecho. Aún así, el gobierno gallego tiene derecho a solicitar la transferencia de competencias adicionales al Parlamento español mediante una ley orgánica . De esta forma, Galicia gana más poderes de forma lenta pero gradual. Sin embargo, ciertas cuestiones están reservadas para el gobierno español solo según lo especificado por la Constitución española (1978). Estos incluyen el ejército y las relaciones internacionales. Asimismo, tampoco se reconoce el derecho a la autodeterminación (reivindicado por grupos nacionalistas ).
Reforma del Estatuto
Con la constitución del nuevo gobierno gallego tras las elecciones de 2005, se iniciaron debates en el Parlamento sobre una posible reforma del Estatuto. De hecho, la reforma del Estatuto y una mayor descentralización habían estado en la agenda de los nuevos partidos en el gobierno: el Partido Socialista Gallego y, a saber, el Bloque Nacionalista Gallego . Se buscó un consenso con el tercero en la cámara, el PPdeG .
Sin embargo, se mencionó que el nuevo Estatuto debería reconocer a Galicia no solo como una nacionalidad histórica , sino como una nación . Este tema fue rechazado frontalmente por el PPdeG y, por lo tanto, las conversaciones se suspendieron. Aunque todavía hay una comisión parlamentaria que trabaja en la elaboración de un proyecto de nuevo Estatuto, [3] se espera que las discusiones políticas sobre la cuestión de la "nacionalidad" no se resuelvan fácilmente. [4]
Ver también
Notas
- ^ Hooper (1986)
- ^ El gasto público gallego está controlado por el Consello de Contas (en gallego y español)
- ^ Sitio parlamentario en el formulario de estatuto Archivado el 24 de septiembre de 2008 en Wayback Machine . Fecha de acceso 26 de septiembre de 2008
- ^ Artículo , comentando las luchas políticas en torno al nuevo Estatuto, del diario Galicia Hoxe . Fecha de acceso 26 de septiembre de 2008
Referencias
- Fossas, E. y Requejo, F. [eds.] (1999): Asimetría y plurinacionalidad en el Estado Autonómico . Trotta, Madrid
- Hooper, J. (1986): Los españoles. Un nuevo retrato de España . Viking Press, Nueva York
- Mar-Molinero, C. y Smith, A. [eds.] (1996): Nacionalismo y Nación en la Península Ibérica. Identidades en competencia y en conflicto . Berg, Oxford - Washington DC
- Núñez Seixas, XM (1999): “El regionalismo autonomista en el Estado español de las comunidades autónomas: una interpretación”, en Nacionalismo y política étnica , vol. 5, no. 3-4, págs. 121-141
enlaces externos
- Reforma do Estatuto de Autonomia de Galiza - sitio alojado por el Parlamento de Galicia dedicado a la reforma del Estatuto (en gallego)
- Texto íntegro del Estatuto (en gallego)