El Tribunal de Derechos Humanos de Quebec es un tribunal especializado de primera instancia de la provincia de Quebec , en Canadá , que tiene jurisdicción para conocer y juzgar litigios relacionados con discriminación y acoso basados en los motivos prohibidos estipulados en la Carta de Derechos Humanos y Libertades , como así como sobre la explotación de personas mayores o discapacitadas y programas de acción afirmativa.
Tribunal de derechos humanos | |
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Tribunal des droits de la personne | |
Establecido | 10 de diciembre de 1990 |
Jurisdicción | Quebec |
Autorizado por | Los miembros son designados por el Gobierno de Quebec de acuerdo con la Carta de Derechos Humanos y Libertades. |
Apela a | Tribunal de Apelación , con licencia |
Numero de posiciones | Actualmente hay 16 miembros (6 jueces y 10 asesores) |
Idioma | francés y Inglés |
Tipo de tribunal | Tribunal de primera instancia |
Sitio web | tribunaldesdroitsdelapersonne |
presidente | |
Actualmente | Ann-Marie Jones, JCQ |
Desde | 1 de septiembre de 2014 |
Fondo
El Tribunal de Derechos Humanos fue creado de conformidad con la Carta de Derechos Humanos y Libertades (Carta de Quebec).
En efecto, el Tribunal nació el 10 de diciembre de 1990, de conformidad con la Loi modifiant la Charte des droits et libertés de la personne concernnant la Commission et instituuant le Tribunal des droits de la personne , [1] presentada en la Asamblea Nacional por Gil Rémillard , entonces Ministro de Justicia de Quebec, y adoptada el 22 de junio de 1989. Esta ley modificó el mecanismo que aseguraba la protección de los derechos y libertades en la Provincia, integrado únicamente por la Commission des droits de la personne en ese momento (en 1995, la Commission des droits de la personne se convirtió en Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse ). El propósito de esta ley fue corregir las dificultades destacadas en un informe de 1988 presentado por la Comisión de Instituciones de la Asamblea Nacional [2], en particular la interpretación restrictiva de la Carta por parte de los tribunales ordinarios, las demoras en la comisión y la roles contradictorios asumidos por la comisión. [3]
En 1990, el Gobierno de Quebec nombró presidenta del Tribunal de Derechos Humanos a la Honorable Michèle Rivet, magistrada del Tribunal de Quebec. Presidió el Tribunal hasta 2010. Posteriormente, la Honorable Michèle Pauzé presidió el Tribunal de 2010 a 2014. A partir del 1 de septiembre de 2014, la Honorable Ann-Marie Jones asume la presidencia del Tribunal de Derechos Humanos. [4]
Desde su creación, el Tribunal ha dictado numerosos fallos sobre nuevas cuestiones de derecho, entre ellas:
- 10 de octubre de 1991: El Tribunal dictó su primera decisión sobre la integración de un niño discapacitado al sistema escolar; [5]
- 26 de marzo de 1992: El Tribunal emitió una importante decisión sobre acoso sexual; [6]
- 13 de mayo de 1994: El Tribunal dictó sentencia sobre explotación de personas mayores [7], la primera en su tipo en;
- 11 de septiembre de 2008: El Tribunal, en el caso Gaz Métropolitain [8], consideró que las mujeres fueron víctimas de discriminación sistémica;
- 9 de febrero de 2011: El Tribunal dictó sentencia sobre la obligación de neutralidad religiosa estatal en el caso de la recitación de la oración en la reunión del Concejo Municipal de la ciudad de Saguenay ; [9]
- 18 de abril de 2012: El Tribunal dictó su primera sentencia sobre la discriminación por perfil racial que involucra a la ciudad de Montreal y la SPVM ; [10]
- 31 de mayo de 2012: primer caso del Tribunal relativo a un programa de acción afirmativa de empleo ; [11]
- 20 de julio de 2016: El Tribunal dictó sentencia en un caso, contra el comediante Mike Ward y el cantante Jérémy Gabriel , que involucraba un conflicto entre dos derechos fundamentales: la prohibición de discriminar por motivos de discapacidad y la libertad de expresión , especialmente en el contexto de expresión artística. [12]
Con el fin de facilitar "el desarrollo y la elaboración de un pensamiento jurídico crítico en las áreas que están bajo su jurisdicción" y mejorar la protección de los Derechos Humanos en, el Tribunal ha organizado, a lo largo de los años, varios seminarios en asociación con la comunidad jurídica: [ 13]
- El Tribunal de Derechos Humanos y la Société québécoise de droit international, Acceso a un tribunal especializado en derechos humanos: ¿una necesidad urgente para actuar? (Acceso directo de las personas a los tribunales nacionales e internacionales de derechos humanos), Marriott Hotel Springhill Suites, Montreal, 24 de octubre de 2002;
- Tribunal de Derechos Humanos y Colegio de Abogados de Quebec , "La Charte des droits et libertés de la personne : Pour qui et jusqu'où?" (La Carta de Derechos Humanos y Libertades: ¿para quién y hasta dónde?), Hotel Intercontinental, 28 de abril - 29 de 2005; [14]
- Tribunal de Derechos Humanos y Colegio de Abogados de Quebec, Acceso a un tribunal especializado en derechos humanos: ¿una necesidad urgente para actuar? , Hotel Intercontinental, 22 al 23 de noviembre de 2007; [15]
- Tribunal de Derechos Humanos y Colegio de Abogados de Quebec, " Raza, mujer, niño, discapacidad: las convenciones internacionales y el derecho interno a la lumière des enjeux pratiques du droit à l'égalité " (Raza, mujer, niño, discapacidad: convenciones internacionales en Contexto de cuestiones prácticas relativas al derecho a la igualdad); Centre Mont-Royal , 25 al 26 de marzo de 2010; [dieciséis]
- Tribunal de Derechos Humanos y Colegio de Abogados de Quebec, " Le Tribunal des droits de la personne: 25 ans d'expérience en matière d'égalité " (El Tribunal de Derechos Humanos: 25 años de experiencia en cuestiones de igualdad), Hotel Intercontinental, Montreal, octubre 23, 2015. [17]
En 2015, el 25 aniversario del Tribunal de Derechos Humanos se destacó en la Asamblea Nacional de Quebec, así como en varias revistas y periódicos, incluido el Journal du Barreau . [18] También se organizaron diversas actividades en celebración de este aniversario, que coincidió con el 40 aniversario de la Carta de Quebec:
- 1 de abril de 2015: La Honorable Ann-Marie Jones pronunció un discurso durante el Conseil général du Barreau ;
- El 11 de junio de 2015, el Tribunal animó un taller en el Congreso Anual del Colegio de Abogados de Quebec; [19]
- 10 de septiembre de 2015: La Honorable Ann-Marie Jones pronunció un discurso durante la Ceremonia de la Journée du Barreau . La ceremonia destacó el nuevo año judicial 2015-2016; [20]
- 23 de octubre de 2015: El Tribunal, en colaboración con el Colegio de Abogados de Quebec, organizó un seminario titulado " Le Tribunal des droits de la personne: 25 ans d'expérience en matière d'égalité " (El Tribunal de Derechos Humanos: 25 años de experiencia en Materia de Igualdad).
Composición
De conformidad con la sección 101 de la Carta de Quebec , "el Tribunal está compuesto por no menos de 7 miembros, incluidos un presidente y asesores, designados por el Gobierno". [21] El artículo 103 de la Carta de Quebec estipula que el Gobierno puede designar jueces del Tribunal de Quebec para que actúen como miembros del Tribunal.
La composición del Tribunal es híbrida, ya que algunos de sus miembros (los jueces) son parte integral del sistema legal, mientras que otros (los asesores) no necesariamente tienen que ser miembros del Colegio de Abogados ni juristas . Cada miembro del Tribunal, sin embargo, debe tener "experiencia y pericia, sensibilidad e interés por las cuestiones de derechos humanos y libertades". [22]
El papel de los miembros
Los casos sometidos al Tribunal son examinados por una división compuesta por tres miembros (un juez y dos asesores). Las solicitudes preliminares o incidentales son atendidas solo por un juez, salvo ciertas excepciones.
La Carta de Quebec especifica las diferentes funciones y poderes atribuidos a los miembros del Tribunal, ya sean jueces o asesores.
El papel de los jueces
Si bien los casos sometidos al Tribunal son examinados por una división compuesta por tres miembros, es el juez quien preside la audiencia. El artículo 104 de la Carta de Quebec estipula que solo los jueces que tienen poderes de decisión: ellos son los únicos que deciden sobre la solicitud, toman decisiones sobre cuestiones planteadas durante el curso del proceso y firman la sentencia.
El presidente
La sección 101 de la Carta de Quebec estipula que el presidente del Tribunal es designado por el Gobierno, después de consultar con el juez principal del Tribunal de Quebec, por un período renovable de cinco mandatos. El Presidente es el único magistrado del Tribunal a tiempo completo.
Las secciones 106 y 110 de la Carta de Quebec definen algunos de los deberes y responsabilidades del presidente. El presidente debe:
- Fomentar un consenso entre los miembros sobre las orientaciones generales del Tribunal;
- Coordinar el trabajo del Tribunal y distribuirlo entre los miembros;
- Prescribir un Código deontológico [23] y asegurarse de que se cumpla;
- Adoptar, con la asistencia de la mayoría de los miembros, un reglamento [24] de procedimiento aplicable al Tribunal.
Los jueces designados
A diferencia del Presidente, la duración de los mandatos de los jueces nombrados para el Tribunal no está prescrita por la Carta de Quebec. Los jueces designados son designados, a solicitud del Presidente y previa consulta con el presidente del Tribunal Supremo de la Corte de Quebec, por un período determinado que puede renovarse. [25]
Los magistrados designados trabajan a tiempo parcial en el Tribunal. Entre asignaciones, continúan formando parte de la Corte de Quebec, en sus divisiones asignadas.
El papel de los evaluadores
Los asesores son nombrados para el Tribunal siguiendo un procedimiento [26] que está bajo la autoridad legislativa del Gobierno de Quebec y que es similar al procedimiento de nominación de jueces provinciales. [27] De acuerdo con la Sección 101 de la Carta, los asesores son nombrados por un período de cinco años, renovable y que puede ser prorrogado por un tiempo determinado más corto.
Como jueces, los asesores son independientes e imparciales. Sin embargo, no tienen poder de decisión. Por lo tanto, las funciones judiciales de los evaluadores en el Tribunal son indirectas, ya que brindan asistencia a los jueces.
Los asesores son miembros de pleno derecho del Tribunal; actúan sobre una base ad hoc, de acuerdo con el trabajo asignado por el Presidente del Tribunal. Los evaluadores no están sujetos a exclusividad y pueden seguir sus carreras mientras trabajan en el Tribunal.
La composición actual del Tribunal
Actualmente, el Tribunal está compuesto por 16 miembros: 6 jueces del Tribunal de Quebec, incluido el Presidente, y 10 asesores. Todos los asesores son juristas y miembros del Colegio de Abogados, aunque no es un requisito. [28]
Las biografías de los miembros están disponibles en el sitio de Internet del Tribunal.
Jurisdicción
El Tribunal es un tribunal especializado. Su acto constitutivo, la Carta de Quebec , prescribe los poderes, la jurisdicción y la forma en que se ejerce el Tribunal.
Jurisdicción especializada
El Tribunal conoce litigios en asuntos de: [29]
- Discriminación (artículo 10 de la Carta de Quebec): discriminación directa, discriminación indirecta, discriminación sistémica y elaboración de perfiles discriminatorios;
- Acoso discriminatorio (sección 10.1 de la Carta de Quebec);
- Explotación de personas mayores y / o discapacitadas (artículo 48 de la Carta de Quebec); y
- Programas de acción afirmativa (artículo 86 de la Carta de Quebec y la Ley de igualdad de acceso al empleo en los organismos públicos [30] ).
En 2015, en el juicio Movimiento laïque québécois v. (Ciudad) , [31] el Tribunal Supremo de Canadá reconoció la jurisdicción especializada del Tribunal.
El Tribunal, sin embargo, no tiene jurisdicción exclusiva: los tribunales ordinarios (el Tribunal de Quebec , el Tribunal Superior de Quebec ) y los tribunales administrativos pueden, de conformidad con sus respectivas competencias jurisdiccionales, conocer de casos que caen bajo la jurisdicción del Tribunal. Tribunal. Además, ciertos tribunales especializados, como el Tribunal administratif du Québec (TAQ) [32] y los árbitros laborales [33] tienen una jurisdicción exclusiva que les permite examinar, de manera accesoria, una controversia basada en la Carta de Quebec. En tal caso, el Tribunal de Derechos Humanos no puede hacerse cargo del litigio. [34]
Cómo acceder al Tribunal
El mecanismo que garantiza la protección de los derechos humanos, tal como se especifica en la Carta de Quebec, consta de dos etapas:
- El proceso de denuncia ante la Commission des droits de la personnes et des droits de la jeunesse ;
- El proceso judicial ante el Tribunal de Derechos Humanos.
El proceso de denuncia ante la Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse
Según la Carta de Quebec, cualquier persona que crea que es víctima de discriminación (en violación de la sección 10 de la Carta de Quebec), de acoso discriminatorio (en violación de la sección 10.1 de la Carta de Quebec) o explotación (en violación de la del artículo 48 de la Carta de Quebec) puede presentar una denuncia ante la Commission des droits de la personnes et des droits de la jeunesse . La denuncia también puede ser presentada por una organización dedicada a la defensa de los derechos humanos y las libertades o al bienestar de un grupo de personas, con el consentimiento de la presunta víctima o víctimas. [25]
Si, tras la investigación de la comisión [35], los Comisionados adoptan una resolución mediante la cual concluyen que existen pruebas suficientes para sustentar la denuncia, se podrán sugerir medidas correctivas. [36] De no respetarse estas medidas, la Comisión podrá representar a la presunta víctima ante el Tribunal de Derechos Humanos. [36] De no respetarse estas medidas, la Comisión podrá representar a la presunta víctima ante el Tribunal de Derechos Humanos. [37]
Si la Comisión rechaza la denuncia por considerarla infundada, la presunta víctima no puede acceder al Tribunal de Derechos Humanos. [38] Sin embargo, él / ella puede, por su cuenta, presentar una acción ante un tribunal ordinario (el Tribunal de Quebec o el Tribunal Superior de Quebec ), de conformidad con la competencia jurisdiccional respectiva del tribunal.
Procedimientos ante el Tribunal de Derechos Humanos
Los procedimientos ante el Tribunal de Derechos Humanos generalmente son iniciados por la Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse . Las costas procesales son asumidas por la comisión, y sin costas para la presunta víctima.
De acuerdo con el artículo 84 de la Carta de Quebec, la presunta víctima y / o la organización que presentó la denuncia ante la comisión en su nombre, posiblemente pueden iniciar un procedimiento ante el Tribunal de Derechos Humanos por su propia cuenta. Sin embargo, solo pueden iniciar un procedimiento ante el Tribunal por propia iniciativa si la comisión, al concluir su investigación, considera que aunque existen pruebas suficientes para sustentar la denuncia, la comisión no representará al demandante ante el Tribunal. [39] La presunta víctima y / o la organización querellante debe iniciar el trámite ante el Tribunal dentro de los 90 días siguientes a haber recibido notificación de la Comisión de su decisión de archivar el expediente. [40]
Poderes correctivos
El legislador de Quebec otorgó importantes poderes de reparación al Tribunal, como se especifica en las secciones 49 y 80 de la Carta de Quebec. De conformidad con la sección 49 de la Carta de Quebec, el Tribunal puede condenar a la parte culpable a pagar daños y perjuicios a las víctimas por los perjuicios materiales y / o morales sufridos. Cabe señalar que, contrariamente a otras leyes vigentes en materia de derechos humanos, [41] la Carta de Quebec no establece un límite máximo a la cantidad que puede conceder el Tribunal de Derechos Humanos por daños y perjuicios.
La sección 49 de la Carta de Quebec también estipula que el Tribunal puede condenar a la parte culpable a daños punitivos si la injerencia en los derechos o libertades de la víctima es intencional.
Además, según los artículos 49 y 80 de la Carta de Quebec, el Tribunal puede emitir órdenes que pongan fin a la violación de los derechos de la víctima. [42] La orden puede implicar la obligación de realizar una actividad o, por el contrario, la prohibición de realizar una actividad.
Sin embargo, la facultad de emitir órdenes no se limita a poner fin a la violación de los derechos de la víctima. En la sentencia Bombardier , [43] la Corte Suprema de Canadá reconoció la facultad del Tribunal para emitir órdenes en interés público.
Nótese que cuando una ley, un reglamento, una directiva o la norma de una organización pública es la fuente de la discriminación, el Tribunal puede declarar inaplicable dicha disposición respecto de las partes interesadas, es decir, declarar la disposición inaplicable únicamente en relación con el víctima. [31] Sin embargo, el Tribunal no puede declarar la disposición inválida o inconstitucional, ya que la facultad de hacerlo se encuentra dentro de la jurisdicción de los tribunales superiores .
Prueba y procedimiento
El Tribunal fue creado con el objetivo de garantizar una mayor accesibilidad a la justicia y una mayor eficiencia en el proceso de adjudicación. [44] Por tanto, las reglas de prueba y procedimiento aplicables al Tribunal se caracterizan por su flexibilidad.
Prueba
La preponderancia de la prueba es el estándar probatorio aplicable ante el Tribunal de Derechos Humanos; es decir, el Tribunal debe estar convencido de que es más probable que una versión particular de los hechos sea cierta que falsa. [45]
El Tribunal generalmente aplica las reglas de prueba previstas en el Código Civil de Quebec . [46] Sin embargo, el artículo 123 de la Carta de Quebec estipula que "[e] l Tribunal, aunque sujeto a los principios generales de justicia, puede admitir cualquier prueba útil y relevante para la solicitud que se le presente y permitir cualquier medio de prueba".
Procedimiento
La Carta de Quebec y el Reglamento del Tribunal de Derechos Humanos estipulan el procedimiento aplicable al Tribunal de Derechos Humanos. [47] Además, el artículo 113 de la Carta de Quebec estipula que el Código de Procedimiento Civil [48] se aplica, adaptado según sea necesario, en ausencia de un procedimiento específico en la Carta o en el Reglamento.
Procedimientos ante el Tribunal de Derechos Humanos
Los procedimientos ante el Tribunal se inician con la presentación de una solicitud para iniciar un procedimiento, seguida de la presentación del factum del demandante, que debe presentarse dentro de los 15 días posteriores a la presentación de la solicitud para iniciar el procedimiento. La parte acusada puede presentar su factum dentro de los 30 días posteriores a la recepción del factum del demandante. Sin embargo, como se estipula en la Carta de Quebec, la parte acusada no está obligada a presentar un factum. [49] Recibidos los trámites o vencimiento de la presentación del factum del imputado, se fija una fecha para el juicio.
Con el fin de promover el acceso a la justicia en materia de Derechos Humanos, el Tribunal ha puesto a disposición, en su sitio web, plantillas y formularios de procedimiento (para la solicitud y para los factums), así como guías y explicaciones para quienes se representen ante el Tribunal. [50]
¿Dónde presentar los documentos procesales y dónde se llevará a cabo la audiencia?
El Tribunal de Derechos Humanos conoce casos en todos los distritos judiciales, aunque sus oficinas están ubicadas en el Palacio de Justicia de Montreal .
La solicitud se presenta en la oficina (mostrador) del Tribunal de Quebec en el distrito judicial donde el acusado vive o tiene su lugar principal de negocios. [51] Todos los documentos procesales deben ser depositados en ese mismo distrito judicial. Salvo ciertas excepciones, la audiencia se llevará a cabo en el Palacio de Justicia de ese distrito.
Cómo impugnar una sentencia dictada por el tribunal
Después del juicio o la audiencia de una demanda preliminar o interlocutoria, el Tribunal emitirá una decisión por escrito. [52]
Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin al litigio, pueden apelarse con sujeción a la autorización para apelar del Tribunal de Apelación . [53]
Sujeto a una condición establecida en la sección 128 del Estatuto, es posible solicitar al Tribunal que revise o revoque una decisión que haya emitido, siempre que la decisión no haya sido ejecutada ni apelada. El Tribunal Superior también puede revisar las decisiones del Tribunal relacionadas únicamente con cuestiones de jurisdicción. [54]
Ver también
Artículos relacionados
- Carta de derechos humanos y libertades
- Asamblea Nacional
- Gil Rémillard
- Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse
- Gobierno de Quebec
- Tribunal de Quebec
- Saguenay
- Perfiles raciales
- Montreal
- SPVM
- Programa de acción afirmativa
- Mike Ward
- Jérémy Gabriel
- Discapacidad
- Libertad de expresión
- Derechos humanos
- Colegio de Abogados de Quebec
- Centre Mont-Royal
- Carta de Quebec
- Gobierno
- Bar
- Juristas
- Discriminación
- Acoso
- Programas de acción afirmativa
- Tribunal Supremo de Canadá
- Tribunal Superior de Quebec
- Tribunales administrativos
- Daños punitivos
- Organización pública
- Tribunales superiores
- Preponderancia de evidencia
- Código Civil de Quebec
- Palacio de Justicia de Montreal
- Tribunal de Apelación
enlaces externos
- Sitio oficial del Tribunal de Derechos Humanos
- Sitio oficial de la Commission des droits de la personne et des droits de la jeunesse
- Las decisiones del Tribunal de Derechos Humanos sobre CanLII
- Educaloi: El Tribunal de Derechos Humanos - Introducción
notas y referencias
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