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Capítulo 9: Poder judicial. El capítulo 9 de la Constitución de Fiji de 1997 se titula Poder judicial. Está dividido en veintidós secciones, que establecen la composición y funciones del poder judicial del gobierno de Fiji.

Los tres tribunales constitucionales

El artículo 117 establece tres tribunales: el Tribunal Superior , el Tribunal de Apelación y el Tribunal Supremo , y también prevé la creación de otros tribunales por ley. Se declara que la Corte Suprema es "la última corte de apelaciones del Estado" ; en otras palabras, no hay autoridad judicial más alta que la Corte Suprema. A este respecto, el Tribunal Supremo asume las funciones que antes desempeñaba el British Privy Council antes de que Fiji se convirtiera en república en 1987. El Tribunal de Apelación es una nueva institución establecida por esta constitución; los otros dos tribunales lo anteceden.

Jurisdicciones de los tribunales

El artículo 118 declara que los jueces de todos los tribunales del Estado son independientes de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno.

Las secciones 119 a 122 establecen la jurisdicción de los distintos tribunales. Se declara que el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior poseen la jurisdicción que tenían antes de la aprobación de la Constitución; ellos, junto con el Tribunal de Apelación, poseen también las facultades que les confieren la Constitución o la ley.

El Tribunal Superior tiene una " jurisdicción original " ilimitada sobre los casos civiles y penales, las disputas constitucionales y las apelaciones de los tribunales subordinados. También está investido de la autoridad para supervisar todos los procedimientos de los tribunales subordinados y emitir las directivas apropiadas a dichos tribunales.

El Tribunal de Apelación tiene el derecho de "escuchar y resolver las apelaciones" de todos los fallos del Tribunal Superior. De vez en cuando, la ley puede asignar otros poderes a este tribunal.

La Corte Suprema tiene jurisdicción exclusiva para escuchar y resolver apelaciones de todas las sentencias definitivas de la Corte de Apelaciones. Un caso puede ser llevado ante el Tribunal Supremo sólo si el Tribunal de Apelación ha decidido remitir el caso a él, o si el Tribunal Supremo, en su propio juicio, ha decidido escuchar una apelación; los procedimientos en este tribunal no pueden ser iniciados por individuos. La Corte Suprema tiene el poder de revisar, modificar, afirmar o descartar decisiones de la Corte de Apelaciones, puede ordenar nuevos juicios y puede adjudicar costos a los demandados y demandantes. Las decisiones del Tribunal Supremo son vinculantes para todos los tribunales subordinados. La Corte Suprema puede, a su propia discreción, revisar cualquier sentencia o decisión que haya dictado anteriormente.

El artículo 123 autoriza al Presidente de Fiji , con el asesoramiento del Gabinete , a solicitar al Tribunal Supremo que se pronuncie sobre los desacuerdos reales o potenciales relacionados con la Constitución. La Corte Suprema debe pronunciar su opinión en audiencia pública.

El artículo 124 faculta al Tribunal Supremo, al Tribunal de Apelación y al Tribunal Superior para castigar a las personas por desacato al tribunal . La naturaleza de este delito y de las penas correspondientes serán prescritas por la ley.

El artículo 125 faculta al presidente de la Corte Suprema (que también es el presidente del Tribunal Supremo ) para dictar reglas, con sujeción a la Constitución y a la legislación, sobre la práctica y los procedimientos a seguir en la Corte Suprema.

Composición de los tribunales y calificaciones de los jueces

Las secciones 126 a 128 establecen la composición del Tribunal Superior, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo.

  • El Tribunal Superior está presidido por el Presidente del Tribunal Supremo e incluye un mínimo de diez jueces puisne . El Parlamento también puede prever el nombramiento de Maestros del Tribunal Superior , o jueces subalternos, con los poderes que pueda conferir el Parlamento.
  • El Tribunal de Apelación está presidido por el Presidente del Tribunal de Apelación . El presidente del Tribunal Supremo no puede ocupar este puesto; el Tribunal de Apelación es el único tribunal en el que el Presidente del Tribunal Supremo tiene prohibido constitucionalmente la membresía. Esto es para darle al Tribunal de Apelación un cierto grado de independencia de los demás tribunales. También son miembros del Tribunal de Apelación los jueces puisne del Tribunal Superior y las personas específicamente designadas como jueces de apelación .
  • La Corte Suprema está presidida por el Presidente del Tribunal Supremo e incluye a los jueces de apelación, junto con otros nombrados específicamente para servir como jueces de la Corte Suprema.

El artículo 129 declara que "un juez que se ha sentado en un juicio de un asunto que es objeto de apelación ante un tribunal superior no debe participar en la apelación". Dado que la composición de los tres tribunales establecidos por la Constitución se superpone en gran medida, esta cláusula se inserta para evitar un conflicto de intereses.

La sección 130 establece las calificaciones de los jueces. Un juez (de cualquier tribunal) debe ser un abogado calificado o un procurador con un mínimo de siete años de experiencia en Fiji u otro país prescrito por la ley, o alguien que ocupe o haya ocupado un alto cargo judicial en Fiji u otro país prescrito por Parlamento. El poder judicial es la única rama del gobierno del que no se excluye a los no ciudadanos . Esto es en reconocimiento de que, como país en desarrollo, el gobierno puede considerar que es de interés nacional buscar en el extranjero jueces con experiencia en varios aspectos de la ley. En consecuencia, los jueces del Reino Unido y Nueva Zelanda , entre otros países, a veces han servido en los tribunales de Fiji.

Comisión de Servicios Judiciales

El artículo 131 establece la Comisión del Servicio Judicial . Está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que preside la Comisión, el Presidente de la Comisión de Servicio Público y el Presidente de la Sociedad Jurídica de Fiji . La Comisión está facultada para investigar denuncias contra jueces y funcionarios de tribunales subordinados al Tribunal Superior, pudiendo tomar acciones disciplinarias en su contra. Los Comisarios tienen derecho a las asignaciones que determine el Parlamento.

Nombramiento de funcionarios judiciales

El artículo 132 trata de la forma en que se nombrará a los jueces.

  • El presidente del Tribunal Supremo nombra al presidente con el asesoramiento del primer ministro , que debe consultar con el líder de la oposición . Esto no le da al líder de la oposición un veto, solo el derecho a ser consultado.
  • Los jueces del Tribunal Supremo, el Presidente del Tribunal de Apelación, los Jueces de Apelación y los jueces puisne del Tribunal Superior son nombrados por el Presidente de Fiji, a propuesta de la Comisión del Servicio Judicial, previa consulta con el Gabinete. Ministro y el comité de la Cámara de Representantes responsable de la administración de justicia.
  • En el caso de una vacante en el cargo de Presidente del Tribunal Supremo, o en el caso de que el Presidente del Tribunal Supremo no pueda desempeñar sus funciones debido a ausencia, enfermedad o cualquier otra causa, el Presidente puede, con el asesoramiento de la Comisión del Servicio Judicial , tras consultarlo con el ministro de gabinete correspondiente, designar a otra persona (que debe estar calificada para ser nombrada juez) para que actúe en esa capacidad.
  • En caso de ausencia o incapacidad de un magistrado puisne del Tribunal Superior, o en caso de vacante en dicho cargo, el Presidente podrá designar a alguien para que actúe en esa capacidad. Ninguna persona que no esté calificada para ocupar el cargo podrá ser designada como juez interino.

El artículo 133 faculta a la Comisión del Servicio Judicial para nombrar magistrados , un tribunal agrícola central (para administrar la Ley de propietarios e inquilinos agrícolas ) y cualquier otra oficina judicial que pueda establecer el Parlamento. El Parlamento también puede facultar a la Comisión para nombrar cargos no judiciales. Al hacer sus nombramientos, la Comisión debe consultar con el Primer Ministro y el Líder de la Oposición, y debe obtener la aprobación del Primer Ministro si se va a nombrar a un no ciudadano para un cargo judicial (que no sea el de juez).

El artículo 134 establece los criterios para el nombramiento a cargos judiciales. El primer principio es que todos los funcionarios judiciales deben basarse en el mérito, ocupados por personas de "la más alta calidad". El segundo principio es que, en la medida de lo posible, la composición del poder judicial debe reflejar el equilibrio étnico de Fiji y debe aspirar a una representación sustancialmente igual de hombres y mujeres.

El artículo 135 exige que todos los jueces, antes de asumir el cargo, presten juramento (prescrito en la Parte D del Programa) ante el Presidente de Fiji.

El artículo 136 prohíbe cualquier reducción del salario de los jueces durante su mandato. Esto tiene la intención de protegerse contra el chantaje.

Términos de mandato

El artículo 137 prescribe los mandatos y las edades de jubilación de los jueces.

  • El presidente del Tribunal Supremo, los jueces de la Corte Suprema y los jueces de apelación (incluido el presidente del Tribunal de Apelación) deben jubilarse al cumplir los 70 años. Sin embargo, la jubilación de los jueces de apelación puede eximirse por un período de años o por la duración de una o más sesiones del tribunal en cuestión.
  • Los jueces de Puisne son nombrados por períodos de no menos de cuatro años, ni más de siete años, y deben jubilarse al expirar su mandato o a la edad de 65 años, lo que ocurra antes.
  • Al alcanzar la edad de jubilación aplicable, se puede renunciar a la jubilación del Presidente del Tribunal Supremo, cualquier juez de la Corte Suprema o un Juez de Apelaciones (incluido el Presidente de la Corte de Apelaciones) para permitir que esa persona continúe en el cargo o se transfiera a otro cargo judicial, por un período no mayor de tres años. Esto puede renovarse, pero no después de que el juez haya cumplido 75 años. Por lo tanto, ninguna persona puede actuar como juez después de los 78 años.
  • La jubilación de los jueces puisne a la edad de 65 años es obligatoria y no se puede renunciar. Sin embargo, son elegibles para ser nombrados jueces de apelación (incluida la presidencia del Tribunal de Apelación), jueces del Tribunal Supremo o para el cargo de presidente del Tribunal Supremo.
  • La edad de jubilación de los jueces no se aplica a las personas que actúan en esa capacidad con carácter temporal. Por lo tanto, los jueces que hayan superado la edad de jubilación pueden ser llamados a su retiro, de vez en cuando, para cubrir temporalmente vacantes o para actuar en lugar de un juez ausente o incapaz de cumplir con sus funciones.

Destitución de la oficina

El artículo 138 establece los motivos y la forma en que se puede destituir a un juez. Un juez puede ser destituido solo por mala conducta o por incapacidad para desempeñar sus funciones, debido a enfermedad o incapacidad de metal, o por cualquier otra causa.

En el caso de presunta mala conducta, el Presidente nombra un tribunal integrado por no menos de tres personas, que deben ser jueces pasados ​​o presentes, ya sea en Fiji o en otro país prescrito por el Parlamento. En caso de supuesta incapacidad para desempeñar las funciones del cargo, el presidente nombra una junta médica, integrada por tres médicos calificados. El presidente, actuando a su propia discreción, puede destituir a un juez por recomendación escrita del tribunal o junta médica. El Presidente podrá, a su discreción, suspender de su cargo a cualquier juez que esté siendo investigado por un tribunal o junta médica. La suspensión cesa automáticamente si el tribunal o la junta médica recomiendan que el juez no sea destituido de su cargo.

El artículo 139 declara que todos los jueces en funciones antes del comienzo de la Constitución permanecen en el cargo en virtud de ella.

Referencias