En la ley de la venta de propiedad (tanto bienes raíces como bienes muebles o muebles ), un defecto latente es una falla en la propiedad que no podría haber sido descubierta mediante una inspección razonablemente exhaustiva antes de la venta.
La ley general de venta de propiedad es caveat emptor (tenga cuidado con el comprador) y los compradores tienen el deber general de inspeccionar su compra antes de tomar posesión . Sin embargo, se entiende por ley que la inspección a menudo no es suficiente para detectar ciertas deficiencias en el producto que solo pueden descubrirse mediante pruebas destructivas u otros medios que un vendedor no podría razonablemente permitir en condiciones normales. Por ejemplo, las vigas de madera y los ladrillos interiores a menudo no se pueden evaluar por completo sin pruebas destructivas, y no sería razonable que el vendedor permitiera que el comprador destruyera parte de la propiedad para descubrir tales defectos.
Como tal, la ley espera que los compradores se protejan en el contrato de venta contra defectos que posiblemente no puedan evaluar antes de la compra. Como tal, el término "defecto latente" se utiliza a menudo como parte de las cláusulas de garantía en un contrato de venta para que el comprador pueda recuperar los daños del vendedor si aparecen defectos en la propiedad después de la venta. Por ejemplo, es posible que se le solicite al vendedor que pague las reparaciones de dichos daños.
En el derecho común, no existe un derecho automático para que un comprador reclame contra un vendedor por tales defectos latentes cuando se descubren, sin un acuerdo en el contrato. El derecho civil en algunas jurisdicciones (Quebec, Canadá) prevé tal derecho automático a menos que una propiedad se venda "sin garantía" en cuanto a su calidad. Sin embargo, si se descubre un defecto latente, a menudo existe una presunción contra el vendedor cuando se hace un reclamo en la tergiversación de que el vendedor conocía el defecto latente. Como tal, se requiere que el vendedor demuestre que él o ella posiblemente no pudo haber sabido del defecto, en lugar de que el comprador tenga que demostrar que el vendedor sí conocía el defecto. Sin embargo, si se puede demostrar que el vendedor no pudo haber sabido sobre el defecto (y no fue ciego intencionalmente a la posibilidad), entonces la reclamación del comprador no tendrá éxito.
Sin embargo, cuando el comprador pudo haber descubierto el defecto mediante una inspección exhaustiva (un " defecto patente "), el comprador no podrá tener éxito en una reclamación contra el vendedor a menos que el vendedor haya tomado medidas para ocultar el defecto de una inspección normal.
En todos los casos, cuando un vendedor tergiversa activamente la condición de la propiedad, como al tomar medidas para hacer imposible una inspección o al mentir sobre los problemas cuando se le pregunta directamente, el comprador casi siempre tendrá éxito a menos que se pueda demostrar que el comprador fue independiente. consciente del defecto y completó la transacción no obstante.
En la contratación de la construcción, un defecto latente se define como un defecto que existe en el momento de la aceptación pero que no puede ser descubierto mediante una inspección razonable. [1]
Referencias
- ^ "Parte 46 del Reglamento Federal de Adquisiciones (FAR): GARANTÍA DE CALIDAD" (PDF) . pag. 2. Archivado desde el original (PDF) el 7 de abril de 2014.