Este artículo trata sobre los estándares para las instituciones de derechos humanos. Para "Los Principios de París: Principios y directrices sobre los niños asociados con fuerzas armadas o grupos armados" (2007), consulte la conferencia Free Children from War .
Los Principios de París se definieron en el primer Taller internacional sobre instituciones nacionales para la promoción y protección de los derechos humanos celebrado en París del 7 al 9 de octubre de 1991. Fueron adoptados por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas mediante la Resolución 1992/54 de 1992, y por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 48/134 de 1993. Los Principios de París se refieren al estado y funcionamiento de las instituciones nacionales para la protección y promoción de los derechos humanos .
Además de intercambiar opiniones sobre los arreglos existentes, los participantes del taller redactaron una serie completa de recomendaciones sobre el papel, la composición, el estado y también las funciones de las instituciones nacionales de derechos humanos (INDH). [1]
Los Principios de París enumeran una serie de responsabilidades de las instituciones nacionales, que se dividen en cinco títulos.
En primer lugar, la institución deberá monitorear cualquier situación de violación de los derechos humanos que decida atender.
En segundo lugar, la institución podrá asesorar al gobierno, al parlamento y a cualquier otro organismo competente sobre violaciones específicas, sobre cuestiones relacionadas con la legislación y el cumplimiento general y la implementación de los instrumentos internacionales de derechos humanos .
Cuarto, la institución tendrá el mandato de educar e informar en el campo de los derechos humanos.
En quinto lugar, a algunas instituciones se les otorga una competencia cuasijudicial. [2]
"Los elementos clave de la composición de una institución nacional son su independencia y pluralismo. En relación con la independencia, la única orientación de los Principios de París es que el nombramiento de los comisionados u otro tipo de personal clave se hará efectivo mediante una ley oficial, estableciendo la duración concreta del mandato, que podrá ser renovable ". [3]
^ Instituciones nacionales de derechos humanos - Implementación de derechos humanos ", Instituto danés de derechos humanos, 2003. ISBN 87-90744-72-1 , página 6
^ Instituciones nacionales de derechos humanos: implementación de derechos humanos . Instituto Danés de Derechos Humanos. 2003. p. 7. ISBN87-90744-72-1.
Otras lecturas
Manual de las Naciones Unidas sobre instituciones nacionales de derechos humanos