El poder de aceptación es un concepto de derecho contractual . Se refiere al poder conferido al oferente por el oferente a través de la oferta que se hace. Se utiliza para determinar si la aceptación de una oferta es válida.
Formación de contrato
Generalmente, un contrato se crea mediante una oferta y la correspondiente aceptación. [1] Un destinatario de la oferta ejerce el poder de aceptación para activar la obligación de cumplimiento del oferente con referencia a los términos de la oferta. Pueden surgir controversias sobre si el poder de aceptación es válido en el momento en que se realiza la aceptación, cuestionando así la existencia misma del contrato. [2]
En el caso inglés Gibson v Manchester City Council , [3] Lord Diplock reconoció que el análisis convencional de oferta y aceptación puede no ser adecuado para todos los tipos de contrato, ya que puede no haber ninguna oferta y aceptación expresas. En otro asunto inglés, RTS Flexible Systems Ltd contra Molkerei Alois Müller GmbH & Co KG , [4] Lord Clarke volvió a confirmar que la formación del contrato debía examinarse objetivamente, es decir, sin tener en cuenta el estado de ánimo subjetivo de las partes.
En el derecho contractual, existen reglas y principios establecidos para diversas cuestiones relativas a la formación del contrato, como ofertas cruzadas, [5] conocimiento de la oferta, [6] notificación de aceptación, [7] momento de aceptación, [8] y regla postal . [9] El poder de aceptación es parte del análisis de la formación del contrato y se refiere a la validez de la aceptación. Tales reglas y principios pueden utilizarse para examinar objetivamente aquellos contratos que no manifiestan un intercambio de oferta y aceptación articuladas.
Ejercicio del poder de aceptación
El tipo de oferta determina cómo se ejercerá el poder de aceptación para crear un contrato vinculante.
Oferta bilateral
Una oferta bilateral es una promesa que invita a una promesa. [10] El destinatario de la oferta ejerce el poder de aceptación mediante una segunda promesa al oferente de que se cumplirán las obligaciones derivadas de la primera. Un contrato bilateral se crea cuando hay un intercambio de promesas entre al menos dos partes. [11] Según la regla de la imagen reflejada , los términos del contrato final son los que se establecen en la oferta, es decir, la primera promesa. El destinatario de la oferta debe aceptar la oferta en su totalidad sin ninguna variación; de lo contrario, la aceptación dejará de ser válida. [12]
En el caso inglés Hyde v Wrench , [13] el demandado ofreció vender una propiedad al demandante por £ 1.200. El demandante rechazó la oferta. El demandado hizo una segunda oferta para vender la propiedad al demandante por £ 1,000. Luego, el demandante respondió y se ofreció a comprar la propiedad por £ 950. El acusado rechazó la oferta. Luego, el demandante intentó aceptar la segunda oferta. Sin embargo, el acusado se negó a vender. Se sostuvo que la segunda oferta de £ 1,000 se rescindió cuando se realizó la contraoferta de £ 950, y que la segunda oferta no se pudo reactivar solo porque la contraoferta fue rechazada. Por lo tanto, una oferta debe aceptarse incondicionalmente para crear un contrato vinculante válido.
Oferta unilateral
Una oferta unilateral es una promesa que invita a actuar. [10] El prometido ejerce el poder de aceptación mediante la acción sin necesidad de comunicar la aceptación al promitente. [14] El promitente asume la obligación bajo la promesa en el momento en que el prometido ha realizado el acto que satisface plenamente las condiciones establecidas en la promesa. [15]
En el caso inglés Carlill contra Carbolic Smoke Ball Co , [16] la empresa demandada hizo un anuncio en el que prometía pagar 100 libras esterlinas a cualquier persona infectada con influenza incluso después de usar su bola de humo. El anuncio indicaba el período de tiempo especificado y la forma en que se utilizaría la bola de humo. El acusado también dijo que había depositado £ 1,000 en un banco para cualquier reclamo. El consumidor demandante usó la bola de humo basándose en el anuncio, pero aun así contrajo la influenza. Luego demandó al acusado por las £ 100 prometidas. Se sostuvo que la promesa era una oferta unilateral que estaba sujeta a cualquier persona que cumpliera las condiciones estipuladas en la fe del anuncio.
Terminación del poder de aceptación
El poder de aceptación se puede rescindir de varias formas, ya sea por el oferente, el destinatario de la oferta o la aplicación de la ley.
Vencimiento o caducidad de la oferta
Regla general
Si hay una fecha o evento especificado en la oferta antes del cual la oferta debe ser aceptada, entonces el poder de aceptación sigue siendo válido hasta esa fecha en particular o la ocurrencia de ese evento en particular. [17]
Tiempo razonable
Si no se especifica nada en la oferta, el poder de aceptación caducará al final de un tiempo razonable. Lo que constituye un "tiempo razonable" depende de las circunstancias del caso, como la naturaleza del tema en cuestión. En el caso inglés Ramsgate Victoria Hotel Co v Montefiore , [18] el demandado solicitó acciones en junio, pero no escuchó el resultado hasta noviembre. Durante esos cinco meses, el demandado no retiró la solicitud. Cuando finalmente se hizo la asignación, el acusado se negó a pagar. El demandante interpuso una acción para la ejecución específica del contrato. Se sostuvo que la adjudicación debe realizarse dentro de un período de tiempo razonable. Teniendo en cuenta la naturaleza de las acciones (fluctuación del precio), un período de cinco meses era demasiado largo para que la oferta de compra de acciones del demandado hubiera caducado. Por tanto, el acusado no estaba obligado a aceptar la adjudicación.
Aceptación retrasada
En el caso de que haya transcurrido un tiempo razonable, pero el destinatario de la oferta crea de buena fe que el tiempo transcurrido es razonable, aún puede existir la posibilidad de que se cree un contrato, a pesar de la demora en la aceptación. [19] En el caso estadounidense Phillips v. Moor , [20] se sostuvo que si había transcurrido un tiempo razonable y el oferente decidía retractarse de la oferta, tenía el deber de informar al destinatario de la oferta que la aceptación era demasiado tarde. Si el oferente no lo hiciera, estaría sujeto a una aceptación tan tardía como cuestión de justicia.
Regla de conversación
En los EE. UU., El comentario a la sección 41 de la Reafirmación (Segunda) de los Contratos estipula la regla de conversación de que si las partes negocian cara a cara o por teléfono, la oferta debe ser aceptada al final de esa conversación, o la oferta caducará. automáticamente, a menos que la intención demuestre lo contrario. [21] En el caso estadounidense Textron, Inc. v. Froelich , [22] el fabricante de acero demandante hizo una oferta verbal al corredor de acero demandado para vender acero a un precio específico. El corredor no aceptó la oferta al final de la conservación y dijo que necesitaba consultar con sus clientes. Cinco semanas después, el corredor llamó al fabricante para confirmar el pedido. Sin embargo, se negó a aceptar la entrega de acero al final y argumentó que, según la regla de conservación, su poder de aceptación ya no era válido. Se sostuvo que el jurado tenía derecho a encontrar que la oferta verbal se extendía más allá del final de la conservación, ya que era normal que un corredor de acero confirmara con sus clientes antes de aceptar una oferta.
Revocación de oferta
Regla general
Si una oferta no es irrevocable, el oferente puede revocar la oferta en cualquier momento antes de la aceptación, siempre que dicha revocación se comunique efectivamente al destinatario de la oferta. [23]
Revocación indirecta
La intención de revocar la oferta debe ser comunicada al destinatario de la oferta, y eso puede hacerlo el oferente o mediante una fuente externa confiable. En el caso inglés Dickinson v Dodds , [24] el demandado ofreció vender una propiedad al demandante. El demandante se enteró más tarde por una tercera persona de que el acusado había cambiado de opinión, pero sin embargo trató de aceptar la oferta. El acusado se negó a realizar la transacción, ya que ya había vendido la propiedad a otra persona. El demandante interpuso una acción judicial contra el demandado por incumplimiento de contrato. Se sostuvo que bastaría con la adquisición de conocimientos sobre la revocación de la oferta por parte de un tercero confiable. Una comunicación eficaz no tiene por qué provenir necesariamente del oferente.
Regla de oferta firme
El oferente puede revocar una oferta bilateral en cualquier momento antes de su aceptación. Según la regla de la oferta en firme , el hecho de que el oferente haya prometido al destinatario de la oferta mantener la oferta abierta para su aceptación durante un cierto período de tiempo no hace que dicha oferta sea irrevocable. Es porque una promesa sin contraprestación no se puede hacer cumplir en el derecho contractual. [25] Sin embargo, si el destinatario de la oferta considera al oferente con el fin de mantener abierta la oferta, la oferta se vuelve irrevocable. A esto se le llama opción. Si la oferta es irrevocable y el oferente revoca la oferta, entonces el oferente es responsable de los daños de expectativa por revocar la oferta antes de la aceptación. [25]
En los EE. UU., La sección 87 (1) (a) de la Reexpresión (Segunda) de los Contratos proporciona una excepción a la regla de oferta en firme. Si una oferta incluye los detalles de la contraprestación y está firmada por el oferente con el fin de intercambiar promesas dentro de un plazo razonable, la oferta es ejecutable, siempre que exista una contraprestación nominal. [26] Aquí, la contraprestación nominal puede ser tan pequeña como un dólar.
Oferta unilateral
Una vez que el destinatario de la oferta ha comenzado la ejecución basándose en la oferta unilateral, puede aplicarse al oferente la obligación implícita de que la promesa no puede ser revocada. [27] En el caso inglés Errington v Wood , [28] un padre compró una casa para que vivieran su hijo y su nuera. Pagó un tercio del precio y dijo a su hijo y a su nuera - ley de que si pagaban las cuotas regulares de la hipoteca por los dos tercios restantes del precio hasta que se cancelara la hipoteca, entonces les transferiría el título de la casa. Posteriormente falleció el padre y la madre reclamó la posesión de la casa. Se sostuvo que la promesa del padre de traspasar el título al hijo y la nuera era irrevocable una vez que hubieran comenzado a pagar las cuotas regulares de la hipoteca. Por tanto, no se concedió orden de posesión.
Sin embargo, hay situaciones en las que el tribunal considera que la obligación implícita es injustificada. En el caso inglés Luxor (Eastbourne) Ltd c. Cooper , [29] el agente inmobiliario demandante presentó un posible comprador al propietario demandado. Pero el acusado luego cambió de opinión y decidió no completar la transacción. Se sostuvo que el demandado era libre de cancelar la transacción sin estar obligado a pagar una comisión al demandante. El demandante corrió su propio riesgo de no completar el trato.
En los EE. UU., La sección 45 de la Reexpresión (Primera) de los Contratos reconoce la ejecución del acto invitado indicado en la oferta por el destinatario de la oferta como parte de la contraprestación, y la obligación del oferente de cumplir su promesa en la oferta está condicionada a la finalización de ese acto invitado. Por tanto, el inicio de la ejecución por parte del destinatario de la oferta se considera una opción. [30]
Rechazo, contraoferta y aceptación condicional
Regla de rechazo
Si el destinatario rechaza una oferta, la oferta, así como el poder de aceptación que la acompaña, se rescinden de inmediato. [31]
Regla de contraoferta
Una contraoferta es una oferta que se refiere al mismo tema pero con términos diferentes a los de la oferta original. Si el destinatario de la oferta hace una contraoferta al oferente, la oferta original se considera rechazada y el poder de aceptación incluido en la oferta original termina. [32]
Regla de aceptación condicional
Una aceptación condicional o parcial es esencialmente una modificación de los términos de la oferta original y se considera una contraoferta. [33]
Solicitando más información
Durante la formación del contrato, las partes pueden intercambiar comunicaciones con respecto a la oferta, y dichas comunicaciones no constituyen necesariamente un rechazo o contraoferta. En el caso inglés Stevenson, Jacques & Co v Mclean , [34] el demandado ofreció vender hierro al demandante, y el demandante telegrafió al demandado si el pago podía realizarse en dos meses. El acusado ignoró el telégrafo y vendió la plancha a un tercero. Al final, el demandante aceptó la oferta antes de la fecha límite, pero el demandado se negó a asumir la obligación bajo la oferta. Se sostuvo que la consulta del demandante sobre las condiciones de pago no anuló la oferta, y el demandado estaba obligado a cumplir con la oferta.
En los EE. UU., La sección 38 (2) de la Reformulación (Segunda) de los Contratos proporciona una excepción a la regla de la contraoferta. Si el destinatario de la oferta hace una contraoferta al oferente, junto con una declaración de que la oferta original está siendo aceptada bajo más asesoramiento, la contraoferta no terminará la oferta original.
Además, el comentario a la sección 59 de la Reformulación (Segunda) de los Contratos estipula que si el destinatario de la oferta incluye algunas condiciones en la aceptación, y tales condiciones están implícitas en la oferta, la aceptación no se considera condicional. En el caso estadounidense Panhandle Eastern Pipe Line Co. v. Smith , [35] la empresa demandante despidió al empleado demandado, pero el demandante hizo una oferta mediante una carta para retirar el despido si el demandado aceptaba cumplir con ciertos términos. Y condiciones. El acusado firmó la carta y agregó una condición de que podría ver su registro personal.
Muerte
Regla general
Si una oferta es revocable, y la muerte del oferente ocurre antes de la aceptación, entonces el poder de aceptación del oferente puede o no rescindirse, dependiendo de si el oferente tiene notificación de la muerte del oferente en el momento de la aceptación. [36]
En el caso inglés Coulthart v Clemenston , [37] se sostuvo que el destinatario de la oferta no podía aceptar la oferta después de haber sido notificado de la muerte del oferente. Y en otro caso inglés Bradbury v Morgan , [38] se sugirió que la oferta podría ser aceptada, siempre que el destinatario no tuviera notificación de la muerte del oferente en el momento de los hechos.
Dependencia
La confianza razonable en una oferta del oferente, incluso sin el aviso de la muerte del oferente, no hará responsable al patrimonio del oferente. [39] En el caso estadounidense Browne v. McDonald , [40] un hombre envió a su sobrina a la escuela de demandantes. Antes de morir, le prometió al demandante que pagaría los gastos incurridos. La sobrina permaneció en la escuela durante dos años durante los cuales el demandante se enteró de que el hombre había fallecido. El acusado, que era la herencia del hombre, se negó a pagar. El demandante luego demandó al demandado por el pago. Se sostuvo que la responsabilidad finalizaba con la muerte del oferente. Era irrelevante considerar si el demandante no tenía noticia de la muerte del oferente y tenía una confianza sustancial y razonable.
Capacidad individual
Si el tema de la oferta es de naturaleza personal, la oferta caducará tras la muerte del oferente. Es porque la oferta se refiere a la capacidad individual del oferente cuyo desempeño de funciones es único. Por lo tanto, es poco probable que el patrimonio del fallecido pueda encontrar un desempeño sustituto en el mercado abierto. [41]
Supervivencia
Una oferta no sobrevivirá a la muerte del oferente, a pesar de que el oferente tiene la intención expresa de que eso suceda. [42] En el caso estadounidense In re Estate of Severtson , [43] una mujer puso por escrito que sus vecinos podrían comprar su propiedad por $ 100,000 después de su muerte. Tras la muerte de la mujer, los vecinos ejercieron la opción. Pero el patrimonio del fallecido se negó a realizar la transacción. Se sostuvo que la oferta no sobreviviría a la muerte del oferente, ya que se requería el consentimiento del oferente para la formación del contrato.
Confianza eficiente
Maximización de valor
La teoría económica de la confianza eficiente puede utilizarse para comprender el razonamiento de la jurisprudencia sobre la duración del poder de aceptación. [44] Se sugiere que cuando un tribunal decide una disputa sobre la formación de un contrato, tiene dos opciones. La primera opción se centra en el valor de transacción que el tribunal elegirá el conjunto de reglas que probablemente maximizarán dicho valor para la mayoría de las partes. La segunda opción hace hincapié en la eficiencia general de que el tribunal adoptará el conjunto de reglas que pueden reunirse en una fórmula para facilitar la administración. [45] Sin embargo, en lo que respecta a las partes contractuales, el concepto de dependencia se refiere a cualquier acción de una de las partes debido a la expectativa de que la otra parte cumplirá el contrato. [46]
Por ejemplo, la parte A es un proveedor de bebidas y la parte B es un proveedor de botellas. Para hacer frente a la creciente demanda del mercado, la parte A contrata comprar dos veces más botellas a la parte B, y estas botellas son únicas en el mercado. Con el mismo propósito, la parte A también contrata la compra de una máquina embotelladora más hecha a medida que solo se adapta a esas botellas únicas de otra parte al mismo tiempo. Si la parte B cumple el contrato, la parte A disfrutará de un valor más alto, ya que podrá utilizar la máquina embotelladora adicional. Pero si la parte B no actúa, la parte A sufrirá un daño mayor, ya que no podrá hacer uso de la máquina. En este escenario, es probable que la inversión en la máquina califique como confianza. [46] El nivel de eficiencia de la confianza es el cálculo de las ganancias y pérdidas potenciales de las partes, y el valor neto de las cuales es el valor máximo de transacción. [47]
Una de las situaciones en las que se termina el poder de aceptación es que la oferta en cuestión no se acepta dentro de un "tiempo razonable", y lo que constituye un "tiempo razonable" depende de las circunstancias del caso. Si la oferta no especifica la fecha límite, el tribunal solucionará el problema estipulando el período de tiempo por su cuenta o averiguando la intención del oferente en cuanto al período de tiempo durante el cual la oferta podría aceptarse de manera objetiva. [48] Este último enfoque requiere un análisis de pérdidas y ganancias. Se observa que para los casos que involucran condiciones de mercado volátiles, como fluctuaciones de precios, la atención se centra en las dificultades del oferente. [49] Sin embargo, hay casos en los que se sostuvo que se podría haber tenido la intención de que una oferta permaneciera abierta durante más tiempo, ya que ese era un medio contemplado por el oferente para inducir la confianza del destinatario, lo cual era una ganancia sustancial para el oferente. . [50]
Medidas de salvaguardia
Hay una serie de medidas de autoayuda sugeridas para proteger la dependencia y mantener la flexibilidad al mismo tiempo en la formación del contrato. Tales medidas incluyen la opción de abandono, acuerdos preliminares y tarifas de ruptura. [51] Sin embargo, si no se acuerda nada sobre la confianza en detrimento, la parte que sufre puede demandar por daños consecuentes . [52]
Ver también
- Contrato
- Frustración
- Daños por dependencia
Referencias
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