Pro se la representación legal ( / ˌ p r oʊ s i / o / ˌ p r oʊ s eɪ / ) viene del latín pro se , que significa "por sí mismo" o "en nombre propio", que significa en derecho moderno a argumentar en su propio nombre en un procedimiento legal como demandado o demandante encasos civiles o como demandado en casos penales.
Este estado a veces se conoce como propria persona (abreviado como "pro per"). En Inglaterra y Gales, el estatus comparable es el de " litigante en persona ".
De acuerdo con el Centro Nacional para Tribunales Estatales en el Estados Unidos , a partir de 2006 pro se litigantes habían vuelto más común en ambas cortes estatales y tribunales federales . [1] Las estimaciones de la tasa pro se del derecho de familia en general promediaron el 67% en California, el 73% en los grandes condados de Florida y el 70% en algunos condados de Wisconsin. [1] En San Diego, por ejemplo, el número de solicitudes de divorcio que involucran al menos a un litigante pro se aumentó del 46% en 1992 al 77% en 2000, en Florida del 66% en 1999 al 73% en 2001. [1]California informa en 2001 que más del 50% de las presentaciones de asuntos familiares bajo custodia y visitas son por litigantes pro se . [2] En el sistema de la Corte Federal de EE. UU. Para el año 2013, aproximadamente el 27% de las acciones civiles, el 92% de las peticiones de los prisioneros y el 11% de las peticiones de los no prisioneros fueron presentadas por litigantes pro se . [3] Los acusados en juicios políticos tienden a participar en los procedimientos más que los acusados en casos no políticos, ya que pueden tener una mayor capacidad para apartarse de las normas de la sala de audiencias para hablar sobre cuestiones políticas y morales. [4]
La Corte Suprema señaló que "[e] n los tribunales federales , el derecho de autorrepresentación ha sido protegido por ley desde los inicios de nuestra Nación. Sección 35 de la Ley Judicial de 1789 , 1 Stat. 73, 92, promulgada por el Primer Congreso y firmado por el presidente Washington un día antes de que se propusiera la Sexta Enmienda , siempre que 'en todos los tribunales de los Estados Unidos, las partes pueden defender y gestionar sus propias causas personalmente o con la asistencia de un abogado' ". [5 ]
En Faretta v. California , [6] la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que los acusados penales tienen el derecho constitucional de rechazar un abogado y representarse a sí mismos en los procesos penales estatales. Dicho esto, el derecho a representarse a uno mismo no es absoluto. Es el derecho y el deber de la Corte determinar si un individuo en particular es capaz de representarse a sí mismo y puede indagar sobre la lucidez y el estado mental del individuo para tomar esa determinación. [7]
La Ley del Poder Judicial de los Estados Unidos, el Código de Conducta para los Jueces de los Estados Unidos, aborda los derechos del litigante que se representa a sí mismo en varios lugares. [8]