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El Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados es un tratado clave en el derecho internacional de los refugiados . Entró en vigor el 4 de octubre de 1967 y 146 países son partes.

Donde la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 había restringido la condición de refugiado a aquellos cuyas circunstancias se habían producido "como resultado de hechos ocurridos antes del 1 de enero de 1951", además de dar a los Estados partes en la Convención la opción de interpretar esto como "eventos que ocurren en Europa " o "eventos que ocurren en Europa o en cualquier otro lugar", el Protocolo de 1967 eliminó tanto las restricciones temporales como geográficas. Esto era necesario en el contexto histórico de los flujos de refugiados resultantes de la descolonización . Madagascar y Saint Kitts y Nevis son partes únicamente en la Convención, mientras que Cabo Verde ,los Estados Unidos de América yVenezuela solo es parte del Protocolo.

El Protocolo dio a los estados que habían ratificado previamente la Convención de 1951 y optaron por utilizar la definición restringida a Europa la opción de mantener esa restricción. Solo cuatro estados realmente eligieron esa restricción: la República del Congo , Madagascar , Mónaco y Turquía . Congo y Mónaco retiraron la restricción al ratificar el Protocolo de 1967; Turquía lo retuvo y Madagascar no ha ratificado el Protocolo. [2]

Referencias [ editar ]

  1. ^ a b "Capítulo V - Refugiados y apátridas" . Serie de Tratados de las Naciones Unidas . 22 de julio de 2013. Archivado desde el original el 14 de noviembre de 2012 . Consultado el 22 de julio de 2013 .
  2. ^ "Estados Partes de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y el Protocolo de 1967" (PDF) . Abril de 2015 . Consultado el 7 de enero de 2019 .

Enlaces externos [ editar ]