Referencia de radio


Quebec (AG) contra Canadá (AG) , también conocida como Radio Reference , es una decisión del Comité Judicial del Privy Council que determinó que la radiodifusión estaba dentro de la jurisdicción del Parlamento de Canadá en virtud de la Ley de América del Norte Británica de 1867 . [1]

Cuando se redactó originalmente la Ley Británica de América del Norte de 1867 , aún no se había inventado la radiodifusión. En la década de 1920, Canadá ya había celebrado acuerdos internacionales sobre el tema y había un intenso debate sobre qué nivel de gobierno en Canadá tenía jurisdicción para regular este campo. Quebec decidió plantear preguntas de referencia a su tribunal de apelaciones sobre el asunto, y el gobierno federal decidió adelantarse a esa audiencia planteando las siguientes preguntas a la Corte Suprema de Canadá :

En una decisión 3–2, [2] el SCC sostuvo que las comunicaciones por radio están sujetas a la jurisdicción legislativa del Parlamento del Dominio. En su opinión, Anglin CJC apoyó la declaración de Newcombe J. de que:

Interpreto la referencia en el sentido de someter las preguntas a consideración a la luz de la situación existente y del conocimiento y uso del arte, tal como se entiende y trabaja en la práctica, y, atendiendo a lo expresado en el caso, se asume como base. para la audiencia. Por lo tanto, procedo asumiendo que la comunicación por radio en Canadá es prácticamente de todo el Dominio; que la transmisión de un mensaje en una provincia, o en un territorio de Canadá, tiene el efecto de hacer que el mensaje sea recibible como tal, y también es eficaz a través de la interferencia, no solo dentro del área política local dentro de la cual se origina la transmisión, pero más allá, para distancias que exceden los límites de una provincia, y que, en consecuencia, si ha de haber armonía o una medida razonable de utilidad o éxito en el servicio, es deseable, si no esencial,que las operaciones deben estar sujetas a una regulación y control prudentes.

Por otro lado, si la Ley debe ser vista, como sugirieron recientemente sus Señorías del Consejo Privado en Edwards v. Fiscal General de Canadá, como un árbol vivo , capaz de crecer y expandirse dentro de sus límites naturales, y si debe ser interpretado en todas las ocasiones con un espíritu amplio, liberal y comprensivo, considerando la magnitud de los temas que pretende tratar en muy pocas palabras, y teniendo en cuenta que nos ocupa la interpretación de un Acto Imperial, pero un Ley Imperial que crea una constitución para un nuevo país, se debe hacer todo lo posible para encontrarla en la Ley BNAalgún jefe de jurisdicción legislativa capaz de incluir el objeto de esta referencia. Sin embargo, si resultara imposible asignar ese asunto a cualquier jefe de jurisdicción legislativa específicamente enumerado, ya sea en el artículo 91 o en el artículo 92 de la Ley BNA , parecería ser uno de los sujetos del poder residual en virtud de la jurisdicción general conferida al Dominio por el párrafo inicial del artículo 91.

Por lo tanto, la radiodifusión no puede considerarse un asunto de naturaleza local o privada, sino que más propiamente entra dentro de la definición de " telégrafos " de la Sección 92 (10) .